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#5156 De: Angel Romero <ramiro_rrp2000@...>
Fecha: Mié, 8 de Ago, 2007 4:22 am
Asunto: XXX TINKUY - CEAC (Invitación)
ramiro_rrp2000
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Estimados amigos de las listas, luego de saludarles de manera muy cordial me permito realizar una invitación a participar del "XXX TINKUY - ENCUENTRO ANUAL DEL CENTRO DE ESTUDIOS ANDINOS CUZCO" (Sic.) 
Como muchos sabemos, pues desde hace 30 años continuos y permanentes, el CEAC, conformado por los doctores Jorge Flores Ochoa, Abraham Valencia Espinoza y Luis Barreda Murillo, organiza este significativo encuentro de cultura andina donde, tanto estudianes, alumnos, como catedráticos y doctores vinculados a la investigación social y humanidades, comparten este espacio de encuentro y difusión de trabajos de investigación finales y/o parciales con el propósito de debatir y dialogar para justamente, contribuir al crecimiento de estos mismos trabajos.
Este año, desde el jueves 16 al sábado 18, en las mañanas y tardes, en el local del Museo Inka de la Cuesta del Almirante, se realizará dicho encuentro sobre cultura andina.
Las inscripciones para los ponentes es hasta el día 11 del presente mes, los interesados en participar pueden llamar al (084) 224882 -teléfono del Dr. Flores- y coordinar directamente con él la participación en el evento.
Sólo queda reconocer la labor y la permanente trayectoria de los miembos que conforman el CEAC, su dedicación y amor hacia nuestra cultura, y el sentimiento y la fuerza, los ánimos que le ponen en la realización de cada encuentro anual, siempre con el afán de difundir y contribuir con el desarrollo de nuestra cultura e historia
atentamente
 
angel romero


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#5155 De: oscar guerra salas <h_ozkar@...>
Fecha: Mar, 7 de Ago, 2007 11:24 pm
Asunto: Carta comunidad juan paillalef
h_ozkar
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07 de agosto de 2007
 
DE: Comunidad Juan Paillalef
 
PARA: según distribución
 
Señor: Christian Dulansky Araya
(Seremi de justicia de la IX región)
 
Por medio de la presente dirijo a usted para informar lo siguiente:
 
 La comunidad mapuche Juan paillalef se dirige a usted y las autoridades que se señalan para poner en su conocimiento que hoy martes 7 de agosto nuestra lonko Juana calfunao y su hermana luisa calfunao paillalef se han sumado a la huelga de hambre seca que emprendió su hijo y sobrino respectivamente, en el día de ayer  en demanda de el  cese de la persecución y hostigamiento  de parte de gendarmería del centro penitenciario de hombres de Temuco.
 
Señalamos además que la lonko  les ha comunicado esta decisión por medio del conducto regular solicitando además sea llevada de inmediato hasta el centro penitenciario en el cual se encuentran encarcelados su esposo e hijo para cerciorarse personalmente de el estado de salud de ellos , a lo cual solicito que se le de curso en el transcurso del día .
 
Nuestra lonko Juana Calfunao y comunera Luisa Calfunao no  cesaran de esta huelga Hasta que exista un trato digno y acorde a su condición de presos políticos mapuche y  autoridad ancestral de nuestro pueblo.
 
 También le recordamos lo acordado en el día de ayer en la reunión sostenida entre la comunidad y su persona  asumió usted el compromiso de pedir un informe del estado de salud  de el comunero Jorge Landero Calfunao y todos los comuneros encarcelados en las diversas cárceles de Temuco y   la cárcel de máxima seguridad “santiago” y verificar personalmente el estado de salud y condiciones carcelarias en que se encuentra el comunero Jorge Landero Calfunao actualmente aislado e incomunicado  en celda de castigo.
 
Esperamos tenga a bien acoger nuestra petición, y se nos responda a la brevedad posible de todo y cada uno de los puntos expuesto
 
Se despide atte.
    Comunera Carolina Landero Calfunao
    Comunidad Juan paillallef 
CLC/clc
CC – Seremi de Justicia Christian Dulansky Araya.
       - Ministro de Justicia.
       - Director regional de gendarmería de chile.
       - Director nacional de gendarmería de chile.
  - Alcaide centro penitenciario femenino de Temuco.



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#5154 De: Angel Romero <ramiro_rrp2000@...>
Fecha: Mié, 8 de Ago, 2007 4:49 am
Asunto: Post Data
ramiro_rrp2000
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Para los interesados en la invitación al XXX TINKUY, el día sábado 18 del presente, en el Museo Inka de la ciudad del Cusco, es la fecha indicada para la presentación de materiales de ANTROPOLOGÍA VISUAL, entonces, siguen abiertas las inscripciones para los que deseen participar
nuevamente
 
angel romero
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Estimados amigos de las listas, luego de saludarles de manera muy cordial me permito realizar una invitación a participar del "XXX TINKUY - ENCUENTRO ANUAL DEL CENTRO DE ESTUDIOS ANDINOS CUZCO" (Sic.) 
Como muchos sabemos, pues desde hace 30 años continuos y permanentes, el CEAC, conformado por los doctores Jorge Flores Ochoa, Abraham Valencia Espinoza y Luis Barreda Murillo, organiza este significativo encuentro de cultura andina donde, tanto estudianes, alumnos, como catedráticos y doctores vinculados a la investigación social y humanidades, comparten este espacio de encuentro y difusión de trabajos de investigación finales y/o parciales con el propósito de debatir y dialogar para justamente, contribuir al crecimiento de estos mismos trabajos.
Este año, desde el jueves 16 al sábado 18, en las mañanas y tardes, en el local del Museo Inka de la Cuesta del Almirante, se realizará dicho encuentro sobre cultura andina.
Las inscripciones para los ponentes es hasta el día 11 del presente mes, los interesados en participar pueden llamar al (084) 224882 -teléfono del Dr. Flores- y coordinar directamente con él la participación en el evento.
Sólo queda reconocer la labor y la permanente trayectoria de los miembos que conforman el CEAC, su dedicación y amor hacia nuestra cultura, y el sentimiento y la fuerza, los ánimos que le ponen en la realización de cada encuentro anual, siempre con el afán de difundir y contribuir con el desarrollo de nuestra cultura e historia
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angel romero



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#5153 De: Alejandra Flores <alejandra_f@...>
Fecha: Jue, 9 de Ago, 2007 2:52 am
Asunto: Los indígenas colombianos y el TLC
alejandra_f
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Campaña Continental contra el ALCA
-----------------------------------

Los indígenas colombianos y el TLC

RECALCA

Los indígenas colombianos han organizado esta semana una serie de
manifestaciones, muestras culturales y audiencias con motivo de la
celebración el 9 de agosto del día Internacional de los Pueblos
Indígenas.

Estos pueblos han librado importantes luchas por sus derechos, pos su
autonomía y han presentado propuestas no solamente para sus territorios

sino para transformaciones estructurales del país.

Como es de público conocimiento el gobierno colombiano no realizó
ninguna clase de consulta a las comunidades de indígenas y
afrodescendientes para suscribir el TLC con Estados Unidos, siendo que
este tratado afecta gravemente los recursos naturales, la
biodiversidad,
el agua y en general la tierra y  el territorio que son tan preciados
para ellas.

Los indígenas cuestionan los nexos de muchos congresistas con la
parapolítica y tampoco están de acuerdo con la aprobación del TLC y del

Estatuto de Desarrollo Rural, señalando que todas estas leyes que
tienen
una amplia incidencia en sus poblaciones, no han sido sometidas a
ninguna clase de concertación o consulta con ellos. Nuevamente son los
convidados de piedra.

Una muy importante líder indígena señaló: “La aprobación del TLC en
Colombia es imperiosa para el gobierno y las multinacionales porque en
el territorio de los pueblos indígenas están grandes riquezas de los
recursos naturales. Todas estas leyes: la Ley Forestal, Ley de Aguas,
Ordenamiento y Cuencas… legitiman también la presencia  de las
multinacionales y esta presencia tiene que ver con el desarrollo
económico de algunos sectores y del gobierno, pero sin utilidad alguna
para los pueblos indígenas o campesinos”.

Desde muy diversos sectores del territorio, incluyendo algunos muy
remotos, se harán presentes en la capital centenares de indígenas que
están llamando al movimiento popular a la unidad y que consideran que
el
9 de agosto más que una celebración hay que denunciar las políticas
lesivas para los derechos y autonomía de sus pueblos.

Los 82 pueblos indígenas que viven en el país, constituyen una valiosa
reserva moral y cultural del país y poseen una inmensa autoridad moral
sobre el resto de los desposeídos por su sólida resistencia a las
políticas oficiales, sus movilizaciones en los tres últimos años contra

el TLC fueron memorables.

Con el apoyo a estas movilizaciones, las organizaciones populares
avanzarán en la consolidación de una agenda común que permita unir
fuerzas y avanzar en la derrota del TLC, la ley de transferencias y el
Estatuto Rural.

Bogotá, agosto 8 de 2007

Red Colombiana de Acción frente al Libre Comercio y el Alca, Recalca
Página web: www.recalca.org.co
Correo electrónico: recalca@...


Promoción de la Campaña Continental contra el ALCA:
http://movimientos.org/noalca/
________________________________________
"Sí a la vida, No al ALCA.
Otra América es posible."

Secretaría Operativa: Campaña Continental contra ALCA / ASC
Rua Formosa, 367 - 4to andar, cj 402
Centro - São Paulo/SP
CEP 01049-000
Brasil
Tels. +55 11 21040767/8
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#5152 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Jue, 9 de Ago, 2007 2:48 am
Asunto: Curso ICONOGRAFÍAS ANDINAS:
ukhamawa
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Curso
ICONOGRAFÍAS ANDINAS:

Entender el desarrollo del pensamiento en los Andes Precolombinos
Jürgen GOLTE
 
27 de agosto al 26 de setiembre de 2007
 
   Durante 4000 años, las culturas andinas han producido millones de imágenes. La iconografía permite leerlas y comprender las cosmologías y los mitos de las culturas precoloniales. El inmenso legado de imágenes puede ser concatenado y descifrado por medio de una iconología metódica. Los avances logrados en la comprensión del pensamiento en las culturas andinas abren las puertas de mundos que parecían estar enterrados y ocultos.
   El curso ofrece una introducción a los métodos de lectura de la información presentada en imágenes y de cómo descifrar las formas de construcción de significados en ellas.
 
PROGRAMACIÓN
   IEP:
27.08        
Planteamiento de la problemática: ¿Cómo entender la construcción de significados en los iconos prehispánicos andinos?
 
  CASONA:
29.08     
Historia de la investigación de los íconos en el mundo y especialmente en los Andes
03.09     
Un modelo de interpretació n de la iconografía moche y su aplicación a casos concretos
05.09     
Tipos de ceramios moche y su relación con la cosmovisión
10.09     
Las botellas de asa estribo y sus significados
12.09     
Las botellas de boca ancha y sus significados
17.09     
Las botellas de boca ancha clausuradas con asa estribo lateral
19.09     
Los "cancheros"
24.09     
Cosmovisión y narración con los ejemplos de la "rebelión de los objetos" y el llamado "tema de la presentación"
   IEP
26.09      Conclusiones finales: entender el desarrollo del pensamiento en los Andes Precolombinos. Pistas en la interpretació n de imágenes en diversas culturas andinas.
 
HORARIO:
       TODOS LOS LUNES Y MIÉRCOLES DE 5:30 A 8 PM
 
ORGANIZAN:
       INSTITUTO DE ESTUDIOS PERUANOS (IEP)

       
www.iep.org. pe/
       postmaster@iep. org.pe
       Horacio Urteaga 694, Jesús María, Lima, Perú
       Teléfonos: (51-1) 3326194 / 4244856 - Fax: (01) 3326173
       MUSEO DE ARQUEOLOGÍA Y ANTROPOLOGIA DE SAN MARCOS (MAA)
       
www.ccsm-unmsm. edu.pe/arqueolog ia/
       museoarql.ccsm@ unmsm.edu. pe
       Av. Nicolas de Pierola 1222 – Parque Universitario – Centro Histórico de Lima
       Tel. 6197000 anexo 5216
 
COSTOS:
       PROFESIONALES y PÚBLICO EN GENERAL: S/. 100.00
       ESTUDIANTES: S/. 50.00
 
INSCRIPCIONES:
       IEP

       Horacio Urteaga 694, Jesús María, Lima, Perú
       Teléfonos: (51-1) 3326194 / 4244856
 
* Se entregarán materiales.


 
[Ukhamawa: Red de Noticias Indigenas] 
 

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#5151 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mié, 8 de Ago, 2007 1:59 am
Asunto: Perú: Presentan programas educativos radiales en quechua y aymara
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Perú: Presentan programas educativos radiales en quechua y aymara

.
Aymara Jakawisa, programas educativosServindi.- 4 Agosto 2007
Dos producciones radiales, tanto en disco compacto (Cd) como en cinta de audio (casete) se presentaron el jueves 02 de agosto en la ciudad altiplánica de Puno.
Se trata de Aymara Jakawisa (Nuestras Vivencias) e Historia, Cultura e Identidad, el primero de ellos producido por la Red de Comunicadores Indígenas (REDCIP Puno) y la Asociación Pacha Aru, con el apoyo de Servicios en Comunicación Intercultural Servindi.
Aymara Jakawisa presenta cuatro programas educativos: Cultura e Identidad, Matrimonio y Cultura, La Agonía del Lago y A Orillas del Titicaca, y han sido editado tanto en versión aymara como en runasimi (quechua).
Historia, Cultura e Identidad reúne 12 microprogramas radiales elaborados en 1992, con ocasión del quinto centenario de resistencia a la conquista española. Sus amenas historias dramatizadas ponen de relieve el impacto de este hecho histórico para los pueblos indígenas de América.
La selección presenta algunos episodios de la serie: Noticias de última ira, censuradas desde hace 500 años, producida por José Ignacio y María López Vigil de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) y el Centro de Educación Popular (CEDEP). También presenta secuencias de: El Mundo al revés, crónicas de Huaman Poma de Ayala, serie coproducida por la Asociación Latinoamericana de Educación Radiofónica (ALER) y el Centro de Producción y Documentación Radiofónica “El Día del Pueblo”.
La presentación de los materiales se realizó en el Centro de Arte y Folklore, ubicado en la Plaza de Armas de Puno y contó con la presencia de Rosa Palomino Chahuares, Jorge Agurto y una regidora de la Municipalidad Provincial de Puno.
Redcip Puno, presentacion Aymara JakawisaRosa Palomino es una comunicadora aymara con más de 20 años de actividad que integra la junta directiva de la Red de Comunicadores Indígenas del Perú (REDCIP) y preside la asociación Pacha Aru.
Contra la adversidad -y muchas veces incomprensión- de las entidades auspiciadoras ella conduce desde hace muchos años Wiñay Panqara (Siempre floreciendo), uno de los escasos programas desarrollados íntegramente en lengua aymara, que se emitía antes desde la emisora Onda Azul y actualmente por Radio Pachamama.
Jorge Agurto, representante de Servindi, aprovechó la oportunidad para presentar el anuario El Mundo Indígena 2007 que edita el Grupo Internacional de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (IWGIA).
La novedad fue la distribución del manual en discos compactos (CD) que contienen el voluminoso libro de más 600 páginas y que también puede ser descargado desde el sitio web de IWGIA.
Rosa Palomino agradeció el apoyo brindado por Servindi e IWGIA para la producción de este material educativo que tiene el objetivo de contribuir a revalorar y fortalecer la identidad cultural originaria de los pueblos indígenas del altiplano.
“Se trata de una herramienta para informar, concientizar y educar -en especial a las nuevas generaciones- acerca de nuestros principios y valores culturales hoy amenazados”, afirmó Rosa.
Finalmente, Jorge Agurto dio lectura a un acta de compromiso mediante el cual los receptores del material didáctico deben difundirlo ampliamente en las mismas condiciones en que lo reciben, es decir de manera gratuita.
El acta asimismo autoriza a la libre reproducción o copia del material pues su finalidad es netamente cultural y sin fines de lucro.
Las instituciones educativas, culturales u organizaciones de comunidades de la región Puno que no hayan asistido a la presentación y deseen obtener el material deben dirigirse al teléfono: 051-3... o a los siguientes correos electrónicos:


 
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#5150 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mié, 8 de Ago, 2007 1:38 am
Asunto: Guatemala: Postura política frente a las proximas elecciones
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POSTURA POLÍTICA FRENTE A LAS PRÓXIMAS ELECCIONES
Y DIA NACIONAL E INTERNACIONAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
 
 
La Coordinación y Convergencia Nacional Maya WAQIB' KEJ, ante la opinión pública Nacional e Internacional
 
MANIFESTAMOS
 
Que no apoyamos a ningún partido político que está en la contienda electoral , porque estamos convencidos que las demandas históricas de nuestros Pueblos Indígenas trasciende la coyuntura electoral. Esta iniciativa de coordinación de diferentes organizaciones mayas nace con la misión de aportar y continuar con las diferentes luchas que se han desarrollado en la historia de nuestros Pueblos en contra de la explotación y del racismo.
Nuestra preocupación ante las propuestas de programas de los diferentes partidos políticos presentados hasta el momento, porque ninguno ha tomado con seriedad las demandas históricas de los pueblos indígenas, las cuales han sido  presentadas en los diferentes espacios por las organizaciones. Por tanto consideramos que estas elecciones  vienen a legitimar por cuatro años más para que  el Estado siga al servicio de los grupos de poder que han saqueado las riquezas de nuestro País,  entregándolo a las transnacionales.  Además, este Estado ha mantenido una política internacional acorde a los intereses geoestratégicas del imperialismo norteamericano.
Que las demandas históricas y actuales de los  Pueblos Indígenas son: a) El legítimo derecho de convivir con la madre tierra, es decir el derecho al territorio, espacio donde se produce y se recrea nuestra cultura milenaria; b) el derecho de ser sujetos en impulsar el programa de desarrollo basado en una reforma agraria integral; c) el derecho a ser consultados sobre cualquier proyecto que atenta contra nuestras comunidades como la explotación o concesiones mineras; d) el derecho de que se respeten los resultados de las consulta populares desarrollados en diferentes Municipios y que de manera unánime se oponen a la explotación minera que constituye una violación a la autonomía Comunitaria , Municipal y de nuestro País.
Que este nueve de agosto, fecha en que se conmemora otro año más del Día Nacional e Internacional  de Pueblos Indígenas declarado por la ONU, como reconocimiento  del aporte de nuestros pueblos a la historia de la humanidad; porque poseemos  elementos y valores que permiten la convivencia con la madre naturaleza, irónicamente  el Estado guatemalteco en contexto realizará actividades y declaraciones ocultando su política racista y represiva a las demandas de Comunidades Indígenas del Área rural.
Que con el gobierno actual se han  realizado varios desalojos,  endeudamientos  como se expresó en la toma de FONTIERRA realizado por CNOC;  así mismo las denuncias hechas por CONIC sobre los desalojos de hermanas y hermanos mayas de comunidades de los municipios de Panzós, Alta Verapaz y de El Estor, Izabal, programados  por el Estado, en este día Nacional e Internacional de los Pueblos Indígenas. Con esta política, el Estado demuestra una vez más, lo mínimo que ha cambiado la situación de nuestro pueblo desde los años de contrainsurgencia que alcanzó el nivel de genocidio en contra del Pueblo Maya.
La Coordinación y Convergencia Nacional Maya Waqib' Kej,   llamamos a todas las organizaciones de la sociedad a que nos organicemos por la construcción de una sociedad  justa, que construyamos una unidad de organizaciones y de pueblos para enfrentar los embates del TLC, el PPP y a rechazar los compromisos que promueve el Estado guatemalteco en detrimento a toda nuestra sociedad. El futuro de Guatemala no depende de las elecciones, el bien vivir será el resultado del nivel organizativo de nuestros pueblos y de las luchas que se desarrollan en diferentes espacios.
 
Finalmente  invitamos a participar en la marcha convocada por los hermanos y hermanas de Huehuetenango el día 9 de agosto, para que juntos expresemos  nuestro  rechazo a la explotación minera en ese departamento.
 
 
DE LA RESISTENCIA AL PODER
CORDINACIÓN Y CONVERGENCIA NACIONAL
MAYA WAQIB' KEJ.
 
Iximulew, Guatemala Kaji´ No´j.



SALUDOS FRATERNALES HERMANAS Y HERMANOS
 
Compartimos con ustedes nuestro sentir y pensar sobre el proceso electoral en Guatemala, así mismo nuestro manifiesto ante el DIA INTERNACIONAL DE LOS PUEBLOS Y NACIONALIDADES INDIGENAS,
 
Les agradecemos circularlo
Gracias


 
[Ukhamawa: Red de Noticias Indigenas] 
 

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#5149 De: Angel Romero <ramiro_rrp2000@...>
Fecha: Mar, 7 de Ago, 2007 5:43 am
Asunto: Pinkuyllus Caneños -video-
ramiro_rrp2000
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Hola, nuevamente comparto un nuevo registro de folklore cusqueño: Danzas costumbristas propias de carnaval interprtadas en un festival folklórico en la provincia de Canas.
 
 
 
Un aspecto que llamó mucho mi atención, es que en la danza está bailada e interpretada con un instrumento musical llamado "Pinkuyllu", un aerófono de gran tamaño, construido en madera, muy representativo de Canas y algunos sectores de Espinar. Siempre quise grabar el sonido y las danzas vinculadas al Pinkuyllu, ya que es un instrumento musical que está muy vinculado a las celebraciones de carnaval, a todas las ceremonias y rituales propias de esta fiesta, y por ende, estos mismos vínculos también se enlazan con los aspectos económicos de estas poblaciones las cuales, en su mayoría se dedican al pastoreo de llamas y alpacas.
El instrumento y la danza, justamente, se relacionan con estas actividades propias del calendario ritual y económico de estas poblaciones de pastores de puna, sus costumbres y cosmovisión:
El implorar por la fertilidad, la salud y la procreación de los rebaños y la subsistencia tanto de los animales, y obviamente, de los humanos.
 
Estas son algunas de las  razones  por las  que pongo este registro -sin editar- a vuestra consideración.
 
Esperando sea de vuestro agrado y utilidad este registro, en la perspectiva de la difusión de nuestras tradiciones e historia, me despido
 
angel romero

#5148 De: oscar guerra salas <h_ozkar@...>
Fecha: Mar, 7 de Ago, 2007 1:48 am
Asunto: Comunidad Juan Paillalef
h_ozkar
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LA COMUNIDAD JUAN PAILLALEF DA A CONOCER LOS SIGUIENTES ECHOS:
 
 
 
EN EL DIA DE HOY A LA 13:00 HRS DE LA TARDE NUESTRO COMUNERO JORGE IGNACIO LANDERO CALFUNAO SE ENCUENTRA, EN UNA CELDA DE CASTIGO EN LA CARCEL DE TEMUCO, POR HABER DEFENDIDO A SU PADRE ANTONIO CADIN, UN GENDARME LE DIO A CONOCER A LOS DEMAS PRESOS QUE ANTONIO HABIA MANDADO UNA CARTA PERO ESTE GESTO DESONESTO POR PARTE DEL GENDARME PARA PONER EN CONTRA A LA POBLACION PENAL
 
EL COMUNERO JORGE SOLAMENTE RESPONDIO A ESTE
SI LE PASA ALGO A MI PADRE TU TENDARAS LA CULPA,ES POR ESO QUE HOY NUESTRO COMUNERO Y HERMANO JORGE SE ENCUENTRA EN LA CELDA DE CASTIGO HASTA 5 DIAS....
 
QUE PASA CON ESTA ARVITRARIEDAD DE PARTE DEGENDARMERIA SE SEGUIRAN COMETIENDO ESTOS DELITOS CON NUESTRO PUEBLO.....
 
 
UN LLAMADO URGENTE A MANIFESTARSE Y A REPUDIAR A ESTE GOBIERNO DE TURNO QUE NO HACE CUMPLIR CON LAS LEYES NI ORDENES
 
MARRICHIWUEUUUUU¡¡¡¡¡¡¡
 
 
La comunidad Juan paillalef  Comunica a la opinión pública nacional E internacional lo siguiente:
 
NUESTRO WERKEN ANTONIO CADIN HUENTELAO ENCARCELADO INJUSTAMENTE EN LA CARCEL DE TEMUCO, POR DEFENDER UN DERECHO LEGITIMO ANCESTRAL QUE NO HACISTE PRESENTE HOY COMO PUEBLO NACIÓN MAPUCHE.
 
 ES POR ESTO QUE HOY DIA EN LA ACTUALIDAD NUESTRO WERKEN  PRESENTA UN MAL ESTADO DE SALUD CON PROBLEMAS GRAVES A LA VESICULA  DEBIDO A LA NEGATIVA  NEGLIGENCIA, POR PARTE DE  GENDARMERIA DESDE LA FECHA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO PASADO, PASANDO YA  7 MESES Y NO TENIENDO NINGUN  TIPO DE TRATAMIENTO, EL CUAL DEBIERA  TENER UNA PERSONA QUE PRESENTE  ESTOS GRAVES SINTOMAS  SE DEBERIA TRATAR CON UNA DIETA ESPECIAL (BALANCEADA).
 
CUAL ES EL TIPO DE PREOCUPACION Y SERIEDAD
 POR  PARTE DE GENDARMERIA ¿CUAL ES  EL TRATO?, QUE SE DEBIERA DAR A UN PRESO POLITICO, QUIEN PAGA ESTE DAÑO IREMEDIABLE A NUESTRO WERKEN.
 
ES ASI LO QUE DÍA A DÍA OFRECE EL GOBIERNO DE TURNO, APARTE DE LA INSALUBRIDAD DE LA CARCEL Y  LAS CONDICIONES INHUMANAS
QUE PUEDAN DARLE  A NUESTRO WERKEN, Y DEMAS PRESOS, CON QUE MORAL PUEDEN LLEVAR  A UNA PERSONA  DESPUES DE 7 MESES PASADO AL HOSPITAL
 
HOY QUEDA CLARO EL RACISMO Y LA POCA ÉTICA, CON QUE TRABAJA GENDARMERIA DE CHILE,  POR LA CUAL NUETRO WERKEN QUEDARA  CON SECUELAS INRREPARABLE.
 
 
 
 
NO DEJEMOS QUE ESTO SIGA SUCEDIENDO EN LAS CARCELES DE CHILE,
HOY ES NUESTRO WERKEN MAÑANA PUEDE SER EL TUYO,
 
UN LLAMADO URGENTE A DENUNCIAR ESTE RACISMO RESIPROCRO, QUE HOY NO NOS DA GARANTIA Y ENCARCELA A NUESTRA GENTE
 
POR UNA LUCHA DIGNA Y VALIENTE, GOBIERNO USURPADOR  MAS DE 500 AÑOS LUCHANDO ENFERMEDAD DEL PRESENTE CUANDO DEJARAS  MI TIERRA CUANDO HARAS LIBRE A MI GENTE
 
WEWAIN,  MARRICHIWUEUUU¡¡
COMUNIDAD JUAN PAILLALEF.
 
 



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#5147 De: "kimelü kellun" <arauko.italia@...>
Fecha: Dom, 5 de Ago, 2007 9:31 am
Asunto: LEER URGENTE....DESDE CHILE
arauko.italia
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31 July, 2007

CONVENIO 169 DE LA OIT Y LAS INCONSISTENCIAS DEL GOBIERNO EN LA AGENDA LEGISLATIVA

Fuente: http://www.mapuexpress.net

El lunes 30 de julio de 2007, la Presidenta Bachelet acordó con los Presidentes del Senado y Cámara una agenda de 18 proyectos de Ley a tramitar prioritarios para el 2007. En materia indígena sólo se incluye el manido "reconocimiento constitucional". Se omiten el Convenio 169 de la OIT, ley lafkenche y reformas de leyes sectoriales. Todo un retroceso.

La prensa informa que la Mandataria concordó con los presidentes del Senado y de la Cámara de Diputados, "un listado priorizado de 18 proyectos de ley que se encuentran actualmente en el Congreso." (Ver listado al final)

A la tramitación de esos proyectos se le dará urgencia en el segundo semestre del 2007. La asignación de urgencias legislativas es una facultad exclusiva del Ejecutivo.

Y, en una saludable medida, las partes establecieron que "mensualmente se realizarán reuniones de evaluación para analizar el avance y cumplimiento de los mismos. Las mesas del Senado y de la Cámara se comprometieron a aumentar el número de sesiones de sala y comisiones si tal medida es necesaria para agilizar la tramitación y despacho de proyectos."

En suma, estamos en presencia de la agenda definitiva del 2007.

LA POSTERGACION DE LOS DERECHOS INDIGENAS EN LA AGENDA

Visto desde la perspectiva de política indígena, el listado de proyectos es elocuente: se han omitido los proyectos de ley que permiten avanzar en derechos indígenas, y se insiste en un inviable y manido "reconocimiento constitucional". Todo un retroceso.

Quedaron fuera de la agenda la ratificación del Convenio 169 de la OIT, la ley de borde marino (ley lafkenche), y las reformas de leyes sectoriales. Inclusive quedan fuera algunos de los proyectos anunciados en los "cinco ejes de política indígena" del propio Gobierno.

LAS DESCOORDINACIONES DEL EJECUTIVO EN POLITICA INDIGENA

La prensa destaca que en la reunión de ayer se revisaron descoordinaciones y falencias entre el Ejecutivo y el Congreso. Lo que no señala son las descoordinaciones e inconsistencias de la agenda legislativa del Ejecutivo respecto a los compromisos asumidos con los pueblos indígenas.

Cabe recordar que la Presidenta de la República se comprometió a culminar la ratificación del Convenio 169 "al más breve plazo", como señaló en su discurso del 23 de junio de 2006. Y de aquel "breve plazo" ya ha transcurrido más de un año. Luego, en su Mensaje Presidencial del 21 de Mayo de 2007, la Presidenta anunció, solemne, que su Gobierno "se la jugará" por la ratificación del Convenio 169 de la OIT. Compromiso que reiteró luego en Ginebra, nada menos que ante la Asamblea de la OIT.

Tales anuncios de la Primera Mandataria sin duda, son valiosos, y en un gobierno ordenado constituirían directrices presidenciales. No obstante, el hecho cierto es que en lo que va de gestión del Gobierno de Bachelet no se ha hecho ninguna gestión seria y responsable para promover la ratificación del Convenio 169 de la OIT.

Se le ha repetido innumerables veces al Gobierno, y desde diversos sectores indígenas y de la sociedad civil chilena, que la ratificación del Convenio 169 de la OIT es una prioridad. Además, la ratificación del Convenio es una recomendación expresa de organismos de Derechos Humanos, como el Comité de Derechos Económicos y Sociales, en su informe de Diciembre de 2004; y del Comité de Derechos del Niño, en su Informe de Abril de 2007.

¿QUE FALTA PARA RATIFICAR EL CONVENIO 169 DE LA OIT? FALTAN DOS VOTOS EN EL SENADO Y FALTA VOLUNTAD Y SERIEDAD DEL GOBIERNO

Repitámoslo. Para la ratificación del Convenio 169 de la OIT solo falta un trámite: la aprobación del Senado, donde se requiere un quórum de 4/ 7 de los votos. Desde marzo de 2006, tras la eliminación de los senadores designados, la obtención de ese quórum es una posibilidad cierta. Se requieren 22 votos y el oficialismo cuenta con 20. Es necesario sumar a lo menos otros 2 votos.

Y nos consta que existe la disposición de senadores de derecha para aprobar el Convenio, si se plantea la ratificación del Convenio como un asunto serio, de interés transversal, un asunto de país.

¿Qué falta entonces? Falta la voluntad y seriedad del Ejecutivo. Falta voluntad para promover y construir los consensos sociales y políticos, y asignar efectiva prioridad legislativa a la ratificación. Y falta seriedad del Ejecutivo para no "politizar" vanamente la votación del Convenio y convertir la votación en una gratuita medición de fuerzas entre Gobierno y oposición.

Los derechos de los pueblos indígenas, y la gobernabilidad en un país pluriétnico es un asunto serio. Es necesario socializar el Convenio, sus contenidos y valor, y no puede pretender el Ejecutivo y MIDEPLAN que esa tarea sea solo responsabilidad de las organizaciones indígenas.

No es serio que MIDEPLAN Y CONADI hayan gastado cuantiosos recursos en promover un peculiar debate indígena en el 2006, y que a la materialización de los ya insuficientes anuncios de política indígena de "5 ejes", no se destine presupuesto.

No es serio que el Programa BID Origenes sigue gastando cuantiosos recursos en una publicidad anodina, -que informa a la población del país que el matico sirve para curar enfermedades-, y que al mismo tiempo no se invierta un peso en informar que en el Congreso hay una iniciativa legal que garantiza derechos básicos para que los pueblos indígenas miren el futuro desde sus orígenes y desde sus derechos.

EL LEGADO DE BACHELET

En el mundo indígena existe una extendida desconfianza respecto a la voluntad del Gobierno de Bachelet para cumplir sus anuncios y sus obligaciones respecto a los derechos de los pueblos indígenas. La Agenda Legislativa acordada el 30 de julio del 2007 les da la razón: los derechos de los pueblos indígenas están fuera de la agenda del último año efectivo de Gobierno. Esa es la situación al 1 de agosto de 2007.

Es tiempo de que el Gobierno de Bachelet se pregunte seriamente cual será su aporte sustantivo en política indígena, cuál será su legado, que marque un antes y un después en materia de derechos de los pueblos indígenas. Y después de revisar todas las posibilidades y sucedáneos ( "origenes II", "política urbana", etc.) tendrá que concluir que, si algún avance es posible, ese es la ratificación del Convenio 169 de la OIT. A condición de jugárselas.

Aun es tiempo de enmendar rumbo. Ojalá el Gobierno pueda hacer gala, una vez más, de su capacidad de enmendar sus sucesivos errores. Y que las autoridades anuncien que, ahora si, se las jugaran por la ratificación, y hagan gestos concretos al respecto. Al más breve plazo.

**********

AGENDA LEGISLATIVA 30 DE JULIO 2007

-Ley de Presupuesto 2008.

-Regulación del Lobby.

-Reforma Electoral.

-Ley de discriminación.

-Transparencia y Probidad

- Reconocimiento constitucional de pueblos indígenas

- Readecuación de tribunales de familia.

-Seguridad ciudadana.

- Ajustes a justicia laboral.

- Ratificación a Corte Penal Internacional

-Ley general de Educación

-Subvención preferencial de educación.

- Reforma previsional.

- Derechos y Deberes de los pacientes

- Certificación de competencias laborales

- Readecuación del Fondo común municipal.

- Elección de gobiernos regionales.

- Estímulo a energías renovables no convencionales

 



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#5146 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mar, 7 de Ago, 2007 6:57 pm
Asunto: Convocatoria de Becas Juveniles
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Convocatoria de Becas Juveniles
 
El proyecto Colectivo Latinoamericano de Jóvenes Promotores en Juventud  de la Facultad  Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) tiene como objetivo generar un espacio donde los jóvenes de América Latina y el Caribe interactúen y participen en la producción de conocimiento sobre juventud desde su propia perspectiva.  Con este propósito, el Proyecto invita cordialmente a los  jóvenes de América Latina y el Caribe a participar en el concurso de becas con sus propuestas de proyectos. Las bases del Concurso se encuentran en la página Web del Proyecto  www.colectivojuventud.org  y en todas las sedes de FLACSO de América Latina.
 
 


 
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#5145 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mar, 7 de Ago, 2007 6:49 pm
Asunto: Ciclo de Conferencias: Usos y costumbres de los pueblos indios
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Coordinación de Humanidades
Dirección de Divulgación de las Humanidades y de las Ciencias Sociales
Instituto de Investigaciones Sociales
Casa de las Humanidades
 
Ciclo de conferencias
 
Temas actuales de la sociedad mexicana

Usos y costumbres de los pueblos indios
 
Por Sergio Sarmiento
 
(Al final de este documento aparece una parte de la ponencia del Dr Sarmiento.)

El próximo 9 de agosto, a las 18:00 horas, para inaugurar la segunda parte del ciclo de conferencias Temas Actuales de la Sociedad Mexicana , Sergio Sarmiento , investigador del Instituto de Investigaciones Sociales, se adentrará en las comunidades indígenas del país y dictará la conferencia Usos y costumbres de los Pueblos Indios.
 
Sergio Sarmiento es maestro en Sociología por la Facultad de ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México. Actualmente se desempeña como investigador definitivo de tiempo completo en el Instituto de Investigaciones Sociales, donde sus principales líneas de investigación son los Procesos sociales y la identidad; los movimientos indígenas y las organizaciones sociales. Actualmente trabaja en un proyecto sobre la violencia y resistencia en la montaña de Guerrero: lucha y vida cotidiana de los mixtecos de Alcozauca en la transición política.
En el ámbito de la docencia ha impartido diversas materias en el área de investigación social, como los talleres Sociedades Rurales y Procesos Sociales en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM. Ha dirigido múltiples tesis en esa misma institución, así como en la Universidad Iberoamericana y el Instituto de Investigaciones “Doctor José María Luis Mora”.
Entre sus principales publicaciones destacan las siguientes:
• Sarmiento Silva, Sergio, y María Consuelo Mejía. La lucha indígena: un reto a la ortodoxia. Varias ediciones. México: Siglo XXI Editores.
• Sarmiento Silva, Sergio; Luisa Paré; y Graciela Flores. Las voces del campo: política agraria y movimiento campesino, 1970-1983. México: Siglo XXI Editores, 1987.
• Sarmiento Silva, Sergio; Natividad Gutiérrez Chong; y Marcela Romero, coords. Indigenismos: reflexiones crítica. México: Instituto Nacional Indigenista, 2000.
• Sarmiento Silva, Sergio, y Abel Barrera Hernández. “De la Montaña Roja a la policía comunitaria: violencia y militarizació n de la Montaña de Guerrero”. En Movimientos armados en México, siglo xx, compilado por Verónica Oikón Solano y Marta Eugenia García Ugarte. Tres tomos. Michoacán, México: El Colegio de Michoacán/Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social, 2006.
• “Procesos sociales y movimientos indios en la Montaña de Guerrero”. En Las sociedades rurales en la Cuenca Alta del río Balsas en el estado de Guerrero: espacialidad social, procesos y alternativas económicas, coordinado por Beatriz Canabal. México: Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social. En prensa.
LA SEGUNDA PARTE DEL CICLO DE CONFERENCIAS: TEMAS ACTUALES DE LA SOCIEDAD MEXICANA, organizado por el Instituto de Investigaciones Sociales y la Casa de las Humanidades de la UNAM, será todos los jueves, a partir del 9 de agosto y hasta el 6 de diciembre de 2007.
A partir de agosto el ciclo de conferencias se llevará a cabo de 18:00 a 20:00, en la Sala de Usos Múltiples, ubicada en el primer piso. Coordinadora: Verónica Montes de Oca. Informes 56 58 11 21, 55 54 55 79 y 55 54 85 13, difhum@servidor. unam.mx, www.cashum.unam. mx   Entrada libre
9 de agosto
Usos y costumbres de los pueblos indios
Sergio Sarmiento
 23 de agosto
Los jóvenes en México. Una mirada sociodemográfica
Rosa María Camarena
13 de septiembre
Nacionalismo mexicano
Fernando Vizcaíno
 
27 de septiembre
La ciudad de México y sus habitantes
Patricia Ramírez Kuri y Guillermo Boils
4 de octubre
Envejecimiento y familia
Verónica Montes de Oca y Carlos Welti
 
18 de octubre
Pobreza y exclusión
Sara Gordon y Víctor Manuel Durand
8 de noviembre
Cultura y representaciones sociales
Gilberto Jiménez
 22 de noviembre
Rumbo al centenario de la Revolución mexicana
Georgette José Valenzuela
6 de diciembre
Rendición de cuentas y transparencia
Irma Eréndira Sandoval
 
PUEBLOS INDIGENAS Y USOS Y COSTUMBRES EN MÉXICO.
 
 
El tema de los usos y costumbres es un asunto sumamente complejo y genera muchas controversias. De entrada, en el movimiento indígena mexicano existen posiciones que sostienen que es mejor considerarlos como sistemas normativos ya que el concepto de usos y costumbres no refleja bien sus alcances.
El asunto de los usos y costumbres genera una gran polémica ya que existen posiciones que los consideran símbolo de atraso en los pueblos indígenas y hay otras que los reivindican de manera plena.
Solo a manera de ejemplo les platicaré una anécdota que me comentó el profesor Othón Salazar Ramírez, ex líder del Movimiento Revolucionario del Magisterio, y presidente municipal de Alcozauca de Guerrero, Guerrero. Me dijo que en una ocasión, Julia Carabias le platico a José Woldenberg que en Alcozauca se vendían a las mujeres y que a ella la querían comprar. Y entonces José Woldenberg le preguntó que cuanto pedían por ella, para ver si le convenía.
Bueno esto que parece un chiste es una gran realidad ya que en varios municipios mixtecos de la Montaña de Guerrero, entre ellos, el de Alcozauca todavía existe la tradición de pedir un dinero a cambio de una niña de doce o trece años para que se convierta en la esposa de un señor, generalmente, mucho mayor edad que ella.
Más allá de si esto es bueno o es malo, lo que me interesa destacar con respecto a los llamados usos y costumbres es que en el momento actual ya forman parte de los derechos de los pueblos indígenas reconocidos por el Estado mexicano de acuerdo a la Ley sobre Derechos y Cultura Indígena aprobada en el año 2001 por el Congreso Mexicano, después de una fuerte polémica.
Como seguramente muchos de ustedes recordarán, la aprobación de la Ley de Derechos y Cultura Indígena se da después de la movilización que realizó el Ejército Zapatista de Liberación Nacional por varios estados de la República  a la llamó La Marcha del Color de la Tierra así como de exigir su presencia en la Cámara de Diputados para exponer sus puntos de vista sobre los derechos indígenas.
El presidente Vicente Fox envió a  la Cámara de Diputados la iniciativa de Ley que elaboró en 1996 la Comisión de Concordia y Pacificación, la COCOPA. Dicha Ley es más conocida como la Ley COCOPA que recoge los acuerdos a los que llegaron el EZLN y el gobierno del Presidente Zedillo, conocidos como los Acuerdos de San Andrés.
 
Las expectativas que despertó la discusión de la Ley COCOPA no solamente en los pueblos indígenas sino en otros sectores de la población fue muy grande ya que muchas de las demandas de los pueblos originarios las recogía dicha iniciativa. No obstante que una gran parte de la opinión pública nacional se pronunció por la aprobación de Ley COCOPA, los diputados y senadores la hicieron a un lado y terminaron por aprobar una Ley de Derechos y Cultura Indígena que hacía a un lado temas fundamentales para los pueblos indígenas. La Ley que aprobaron los congresistas fue una reforma legal que desdibujó, acotó y minimizó los derechos establecidos en la iniciativa de la COCOPA.
Muchos temas quedaron relegados en la Ley aprobada por el Congreso de la Unión como por ejemplo el asunto de la autonomía y la libre determinación, el tema de los pueblos indígenas como sujetos de derechos publico, el uso colectivo de los recursos naturales, el tema de la tierra y el territorio, y el asunto de los usos y costumbres. 
En la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos realizadas en el año de 2001, el Congreso reconoció no solamente la existencia de los pueblos y comunidades indígenas en el país sino también su derecho a tener sus sistemas normativos para regular sus conflictos internos y ejercitar sus procedimientos y prácticas tradicionales para elegir a sus autoridades.
Aunque un sector importante de las organizaciones indígenas del país y destacados intelectuales y académicos sostuvieron  que la Ley de Derechos y Cultura Indígena aprobada por el legislativo en ese año de 2001estaba muy lejos de los legítimos reclamos de los pueblos indígenas. En particular, sostenían que la nueva ley no recogía los planteamientos básicos que había elaborado la Comisión de Concordia y Pacificación, la llamada ley COCOPA en 1996.
 Pero que contenía la propuesta de Ley de la COCOPA? En síntesis se establecía el reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos colectivos de derecho y su derecho a la libre determinación  expresado en un régimen de autonomía. Como consecuencia de ello se les reconoce una serie de derechos políticos, económicos, de acceso e impartición de justicia, culturales y de protección a indígenas migrantes.
En materia política se reconoce su derecho a elegir a sus autoridades y sus formas de gobierno interno de acuerdo a sus propias normas, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad, el derecho a fortalecer su participación política en los distintos órganos del Estado, de acuerdo a sus especificidades culturales. Esto derecho podrá hacerse valer en los ámbitos y niveles necesarios para la existencia de los interesados, pudiendo abarcar uno o más pueblos indígenas, de acuerdo a las circunstancias particulares y específicas de cada entidad federativa.
En este mismo sentido se planteaba el reconocimiento a las comunidades como sujetos de derecho público y ellas, igual que los municipios con población indígena, tendrían la facultad de asociarse libremente, a fin de coordinar sus acciones. Se establecía también el compromiso de las autoridades estatales que tuvieran competencia en materia indígena a realizar la transferencia ordenada y paulatina de los recursos económicos a las comunidades y pueblos, para que fueran administrados por ellos mismos y se facultaba a los congresos de los estados para determinar las facultades y funciones a transferirles. En la misma línea se establecía el derecho de remunicipalizació n a fin de volver acordes estos órganos de gobierno con la ubicación geográfica y composición cultural de los propios pueblos.
En materia económica se establecía el derecho de los pueblos indígenas a acceder de manera colectiva al uso y disfrute de los recursos naturales de sus tierras y territorios, estableciéndose como garantía su acceso equitativo a la distribución de la riqueza nacional.
En materia de justicia se establecían nuevas normas tanto para la impartición como para el acceso a ella ante los órganos estatales. En el primer caso, por primera vez se reconocía el derecho de los pueblos indígenas a aplicar sus sistemas normativos en la regulación y solución de conflictos al interior de sus comunidades, respetando las garantías individuales, los derechos humanos y, en particular, la dignidad e integridad de las mujeres. Los conflictos así resueltos no necesitarían para ser considerados cosa juzgada, más requisito que su convalidación por las autoridades jurisdiccionales del Estado. Por otro lado, para que la justicia ante los órganos estatales pueda ser una realidad, se establecía que en todos los juicios y procedimientos que involucren individual o colectivamente a los indígenas, se tomarían en cuenta sus prácticas jurídicas y especificidades culturales, respetando los preceptos de la Constitución, incorporando además, el derecho de los procesados a contar en todo tiempo con interpretes  o traductores que entiendan su lengua y su cultura.
Como recordarán, la reforma a la Constitución para la creación de la Ley de Derechos y Cultura Indígena en el 2001 no sólo fue cuestionada por la mayoría de las organizaciones sociales indígenas sino también por algunos funcionarios del gobierno de Vicente Fox. El entonces director del Instituto Nacional Indigenista, Marcos Matías Alonso, indígena nahua del estado de Guerrero, señaló las limitaciones de la nueva Ley. La misma Xóchitl Gálvez, titular de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, mantuvo la postura de llevar a cabo “la reforma de la reforma” para incorporar lo que los legisladores no habían considerado de la llamada Ley COCOPA.
La  aprobación de la Ley representó un duro revés para los pueblos indígenas que esperaban que el presidente Fox defendiera la iniciativa de la COCOPA. En le ámbito institucional, Francisco López Bárcenas, quien era director de Procuración de Justicia del INI, renunció a su cargo. Meses después, el mismo Marcos Matías presentaba su renuncia como director general del INI al presidente de la República. Entre otras cosas argumentaba que lo hacía por que había perdido la esperanza de que el gobierno mexicano saldara su deuda con los pueblos indígenas.
Los artículos que se modificaron en el 2001 fueron el 1°, 2°, 4°, 18 y 115. Las reformas a la constitución en el 2001 reconocen los siguientes derechos a los pueblos indígenas.
Derecho al reconocimiento como pueblo o comunidades indígenas.
Derecho a la autoadscripció n.
Derecho a la autonomía.
Derecho a la libre determinación.
Derecho a aplicar sus propios sistemas normativos.
Derecho a la preservación de la identidad cultural.
Derecho a la tierra y al territorio.
Derecho de consulta y participación.
Derecho a acceder plenamente a la jurisdicción del Estado.
Derecho al desarrollo social.
Concretamente en el artículo 2°, apartado A, incisos II y III se establece:
II. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta Constitución, respetando las garantías individuales, los derechos humanos y, de manera relevante, la dignidad e integridad de las mujeres. La ley establecerá los casos y procedimientos de validación por los jueces o tribunales correspondientes.
III. Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones, en un marco que respete el pacto federal y la soberanía de los estados.
En un trabajo de la CDI sobre la vigencia de los derechos de los pueblos indígenas de México se reconoce las limitaciones de la Ley de Derechos y Cultura Indígena y se hacen algunos comentarios sobre varios de los temas que se refieren a dicha ley. Con respecto a los usos y costumbres, dice lo siguiente: La Carta Magna reconoce la aplicación de sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de conflictos internos. El mecanismo de validación será establecido en la ley para su aplicación por los jueces y tribunales correspondientes. Además pueden elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales a sus autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones.
El sistema normativo de una comunidad se constituye por un conjunto de instituciones procedimientos y normas que contribuyen a la integración social.
Está representado por la práctica de la costumbre jurídica* que integra a las normas consuetudinarias, los usos** y tradiciones; permite la organización social, económica, cultural y la resolución de conflictos internos entre sus miembros.
Se deben definir e identificar los ámbitos de competencia en donde puedan actuar las autoridades tradicionales dentro de su sistema de justicia, para evitar conflictos con las instituciones competentes de procuración, administració n e impartición de justicia.
-Ámbito personal: los indígenas de la comunidad (pueden hacer acuerdos intercomunitarios o puede darse entre indígenas y no indígenas cuando la parte no indígena acepta someterse a la jurisdicción indígena)
-Ámbito material: organización interna, social, política, económica y cultural, resolución de conflictos internos (delimitación de la cuantía y gravedad)
-Ámbito espacial: el territorio que abarca la comunidad.
-Ámbito temporal: los sistemas normativos internos son permanente pero dinámicos.
El ejercicio de este derecho implica la condición de respetar:
Los principios generales de la Constitución.
Las garantías individuales.
Los derechos humanos.
La dignidad e integridad de las mujeres.
El pacto federal.
La soberanía de los estados.
Como se puede observar, el llamado reconocimiento de los sistemas normativos o los usos y costumbres es muy limitado ya que las formas de gobierno indígena, las prácticas de representació n política y de justicia implican un debate mucho más amplio sobre el orden jurídico y el pluralismo político. Para muchos de los defensores del orden jurídico instituido les causa escozor el hecho de reconocer derechos colectivos a las comunidades y pueblos indígenas por que varios de ellos afirman que esto va en contra de las libertades individuales y se generan retrocesos de orden jurídico y político.
La Ley de Derechos y Cultura Indígena aprobada por el Congreso de la Unión durante el gobierno de Vicente Fox es muy limitada y no resuelve los problemas centrales de los pueblos indígenas que tienen que ver con la autonomía y la libre determinación. Es en buena medida parte de la retórica de los gobiernos neoliberales de reconocer solo aquellos derechos, particularmente los corte cultural,  de los pueblos indígenas que no atenten contra su hegemonía. Lo que hizo el Congreso fue vaciar de contenido los derechos de los pueblos indígenas como por ejemplo los de autonomía, libre determinación, sistemas normativos, etc.
No obstante lo limitado de la Ley de Derechos y Cultura Indígena, los pueblos y las comunidades indígenas no solamente mantienen sus usos y costumbres sino que los desarrollan, los actualizan y los ofrecen como instrumentos alternativos a la sociedad occidental. Para los pueblos indígenas, los usos y costumbres o sus sistemas normativos no son simplemente normas consuetudinarias y tradiciones. Son una forma de vida distinta y una mirada diferente sobre conceptos como la democracia, el derecho, la ciudadanía, entre otros. Para empezar el asunto de la democracia para los pueblos indígenas no únicamente tiene que ver con los partidos políticos y el multipartidismo sino que tiene que ver con la manera de elegir a la persona idónea, para un cargo en el que tiene que responder a la comunidad. De no hacerlo así, la comunidad tiene todo el derecho de quitarlo. Pero además, el hecho de ocupar un cargo en la comunidad no representa que el individuo hará lo que mejor le parezca sino que tiene que gobernar bajo la consigna de “mandar obedeciendo”
El tema del derecho y la justicia es también un asunto que no se refiere exclusivamente a las normas y la administració n de la justicia. Tiene que ver con las fuentes de un derecho distinto y con una manera diferente de impartir justicia.
Ahora bien, con el fin de dar cuenta de la manera en que los pueblos indígenas de Oaxaca y de Guerrero han ejercido su derecho a elegir a sus autoridades e impartir justicia por medio de sus usos y costumbres nos detendremos a analizar los casos en que cerca de 470 municipios oaxaqueños eligen a sus respectivas autoridades por medio de los usos y costumbres. De la misma manera, los pueblos indígenas de la región Costa-Montaña de Guerrero han desarrollado sus usos y costumbres para terminar con la delincuencia organizada pero sobre todo para impartir justicia en esa región. Para conocer este proceso observaremos el caso de la Coordinadora Regional de Autoridades Comunitarias, la CRAC, o mejor conocida como la Policía Comunitaria.
La elección por usos y costumbres en el estado de Oaxaca.
Como muchos seguramente deben de saber, Oaxaca fue uno de los primeros estados que reconocieron el derecho de los pueblos y comunidades indígenas de elegir a sus autoridades internas según sus tradiciones y prácticas democráticas. Fue en 1995 cuando se reglamentaron en el Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca, CIPPEO, En 1997 se volvió a reformar el Código para establecer que los ayuntamientos electos bajo las normas consuetudinarias no tendrían filiación política. De esta manera se definía claramente que los partidos no podrían intervenir en el proceso electoral para designar al cabildo en aquellos municipios que optaran por lo que se ha popularizado  como el sistema de usos y costumbres.
Por la presión de las organizaciones indígenas en el estado y la aparición del EZLN en Chiapas, el gobierno del estado reformó la Constitución para reconocer los derechos de sus pueblos indígenas. En 1998, el gobierno oaxaqueño  creo la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas. En esta Ley se reconoce que el estado tiene una composición étnica plural, sustentada en la presencia y diversidad de los pueblos y comunidades indígenas que lo integran. La constitución reconoce cada uno de los pueblos que la componen como por ejemplo los Amuzgos, Cuicatecos, etc. También reconoce a las comunidades afromexicanas y a las comunidades de otros pueblos indígenas del país que radiquen en la entidad.
De esta manera, en el estado de Oaxaca se reconocen dos maneras de elegir a las autoridades municipales, el sistema de normas consuetudinarias, mejor conocido como usos y costumbres, y el sistema de partidos políticos.
Aunque las modificaciones de las leyes electorales oaxaqueñas estaban, más que nada, destinadas a satisfacer las demandas políticas de los municipios indígenas, sin embargo el número de municipalidades registrados bajo este sistema indica que muchas comunidades no indígenas o con proporciones de población indígena muy bajos también se acogieron a este régimen. El acontecimiento inverso es igualmente verdadero. Algunas comunidades con proporciones muy altas de población hablante de alguna lengua indígena eligieron a sus autoridades bajo el sistema de partidos.
Lo que hoy en día se conoce en Oaxaca como los usos y costumbres no tiene, necesariamente, una relación directa con lo que en la literatura antropológica se identifica como el sistema de cargos, la jerarquía cívico religiosa o el sistema de escalera. Aunque es pertinente asentar que cada comunidad tiene su propia forma de implementar su gobierno local con prácticas que no son siempre determinadas por reglas estáticas, es importante recordar que el sistema de cargos ha sido considerado como una especie de democracia obligatoria por que se espera que todos participen en él. Este ideal es pocas veces alcanzado, ya sea por razones demográficas o de tipo político, el caso es que aun en aquellas localidades indígenas consideradas las más “tradicionales” estas reglas son escasamente observadas, sin embargo han adquirido una gran relevancia pues en este modelo encuentran su justificación los reclamos de autonomía político-administrat iva de los municipios oaxaqueños.
En Oaxaca el sistema de cargos ha sido señalado como el mecanismo crucial en la manutención de la identidad étnica indígena, dando lugar también a concepciones específicas de ciudadanía indígena con derechos y deberes comunales concretos, imprescriptibles, obligatorios para aquellos individuos a los que se les reconoce como integrantes con derechos políticos dentro de una determinada comunidad.
Lo que se observa en Oaxaca hoy en día es que conservar la “tradición” significa algo muy diferente a lo que notaron los antropólogos hace casi cincuenta años: los integrantes de las comunidades indígenas se han apropiado de los símbolos y conceptos acuñados por antropólogos, indigenistas, teólogos y los han reelaborado para recrear las antiguas fronteras entre lo interno y lo externo, entre lo propio y lo ajeno. Entender estas relaciones es fundamental para comprender las relaciones entre el estado y los pueblos indígenas.
La organización municipal y sus usos y costumbres poco tiene que ver con formas estrictas de gobierno prehispánico, sino más bien con la organización política colonial del ayuntamiento, o con una mezcla de ambas formas de organización en la cual predominan los rasgos del modelo español.
Como ustedes sabrán, antes de la reforma de 1995 las autoridades municipales oaxaqueñas eran elegidas de la misma manera que en todo el territorio nacional. Sin embargo, en la mayoría de los municipios era costumbre que solo se inscribiera la planilla del PRI. Este partido se concretaba a avalar la decisión de la asamblea, argumentando que en estos municipios la selección de los candidatos había sido mediante el procedimiento de usos y costumbres, el cual estaba contemplado en la convocatoria del partido para la elección de candidatos a concejales.
Varios autores reconocen que, en su origen, la legalización del sistema de usos y costumbres fue impuesto por la mayoría priísta. Lo que buscaban era preservar sus privilegios en los municipios en los que se seleccionaban sus candidatos a cagos municipales por ese sistema y que eran reconocidos por el PRI como propios. Tanto el PAN como el PRD votaron contra la reforma. En su momento, en su origen la ley priísta era un retroceso respecto a la legislación nacional que desde 1952 garantizaba el sufragio universal. Sin embargo, el sistema de usos y costumbres sería recuperado y valorado por movimientos que luchan por la autonomía de los pueblos indígenas y poco a poco el PRI fue perdiendo hegemonía en estas comunidades y el sistema de usos y costumbres empezó a presentar tensiones políticas.
De un total de 570 municipios, 152 eligen a sus autoridades por el sistema de partidos y 418 lo hacen por el sistema de usos y costumbres. En el país hay 2 427 municipios. La quinta parte son oaxaqueños. Según la ley vigente, para constituir un municipio en el estado de Oaxaca se requiere una población mínima de 15, 000 habitantes. Sin embargo, poco son los casos que cumplen con ese requisito. Solo 46 lo cumplen, 524 tienen menos habitantes.
Los municipios que se rigen por el sistema de usos y costumbres no son todos indígenas, en 40% de ellos sólo el 20% o menos de sus habitantes hablan una lengua indígena, contra 33% de los municipios en los cuales el 81% o más de la población hablan una lengua indígena. Entre los municipios que tienen el sistema de partidos el 57% de los municipios pertenece a la primera categoría y el 13% a la segunda. Las diferencias son significativas, pero dejan claro que el carácter de ser indígena (porcentaje de hablantes de una lengua indígena) no es suficiente, ni necesario. La identificació n que se hace de las comunidades indígenas con el sistema electoral de usos y costumbres sólo es parcialmente correcta.
La idea de comunidad indígena no se cumple en la gran mayoría de los municipios que eligen a través del sistema de usos y costumbres, se trata de comunidades con cierta heterogeneidad cultural y étnica interna. La comunidad se define de manera general por sus límites, por sus fronteras con otros municipios, por sus límites entre la cabecera y las agencias municipales, o por límites culturales entre los nativos y los avencidados. Tampoco son todos rurales: hay algunos que están conurbados a la ciudad de Oaxaca, por lo tanto son urbanos. Se define tanto por los otros, como por ellos mismos. No privan los criterios de sangre o parentesco, y tampoco los territoriales: cada comunidad tiene sus fronteras y sus límites y en su definición participan diferentes factores.
En Oaxaca se han realizado ya cuatro procesos electorales municipales con estos mecanismos de elección, en 1995, 1998, 2001 y 2004. Estos procesos han motivado nuevas manifestaciones sociales y en ocasiones han generado diversas expectativas.
Antes de continuar es importante anotar que los municipios oaxaqueños estuvieron por mucho tiempo aislados y como unidades autónomas. Una tercera parte de los municipios agrupan en su interior a varias localidades. Por regla general la mayor de ellas es la sede de la cabecera municipal y del ayuntamiento. Las demás tienen categoría subordinadas. Administrativamente a la cabecera le sigue en importancia la agencia municipal, luego la agencia de policía municipal. Aunque hay casos en el que la agencia es más importante que la cabecera como el municipio de San Pedro Mixtepec y su agencia municipal, Puerto Escondido. También el municipio mixteco de Tututepec y su agencia municipal Río Grande, predominantemente mestiza.

 
* COSTUMBRE: Dentro de las comunidades indígenas, la costumbre es una repetición de actos, efectuados por una colectividad que considera necesario su uso y obligatoriedad, y que a través del tiempo se convierte en norma de conducta para sus integrantes, norma en donde se conjuga la tradición heredada de sus antepasados con las circunstancias actuales.
** USOS: Los usos son una variedad de la costumbre jurídica, sin embargo, la distinción entre los usos y la costumbre jurídica se encuentra en el hecho de que los usos son una práctica constante y prolongada de una determinado proceder, sin embargo, carece de una convicción colectiva sobre la obligatoriedad de dicha prática.
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Mariana G. Pichardini
Jefa de la Casa de las Humanidades de la UNAM
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La UNAM en Coyoacán, Una editorial, un centro cultural


 
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#5144 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mar, 7 de Ago, 2007 6:38 pm
Asunto: Lima: Primer Coloquio de Estudios Latinoamericanos
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PRIMER COLOQUIO DE ESTUDIOS LATINOAMERICANOS
Cartografía(s) de América Latina:
Cultura, Economía y Geopolítica del siglo XVI AL XXI
 
Lugar de realización
Auditorio central de la UARM
Av. Paso de los Andes 970 Pueblo Libre
 
Martes 7 de agosto
Mesa 1: Política, Cultura y Educación en América Latina. Una revisión de las relaciones interamericanas.
Modera: Juan Dejo, S.J.
9:00 -11:00
Conferencia Magistral
Política, raza y religión en los Estados Unidos y en América Latina: dos historias convergentes
A cargo de
Jeffrey Klaiber, S.J.
Comenta: Scarlett O´Phelan.
11:15 – 13:00
Ciencia política y política del pueblo: en busca del poder popular. Un ejemplo del siglo XVII
A cargo de Karen Spalding
Los estudios latinoamericanos en los Estados Unidos: debates y desafíos
A cargo de Carlos Aguirre.
Desafíos de la educación en América Latina
A cargo de José Rivero
Diálogo con el público.
Receso
Mesa 2: Religiosidad, Cultura y Sociedad Transnacional
Modera: José Sánchez (PUCP)
16:00-18:00
Conferencia Magistral
Movimientos Mesiánicos en las sociedades indígenas de Latinoamérica: la revolución religiosa del Taki
A cargo de Luis Millones
Comenta: José Sánchez (PUCP)
18:15- 20:00
Música e Identidades en el Perú contemporáneo
A cargo de Raúl Romero
Problemas de Cultura y Medios de Comunicación en América Latina
A cargo de César Zamalloa
¿Qué es la secularizació n? Esbozo conceptual y reflexiones desde el contexto peruano.
A cargo de Gonzalo Gamio

Diálogo con el público

 
Miércoles 8 de agosto
 
Mesa 3: Integración económica y Proyectos políticos en América Latina
Modera: Bernardo Haour
9:00 - 11:00
Conferencia Magistral
Avances y obstáculos de la integración económica en América Latina
A cargo de Norberto García
Comenta: Carlos Amat y León
11:15 - 13:00
El debate por la democracia en América Latina. El caso peruano
A cargo de Aldo Panfichi

Debate y diálogo con el público

Mesa 4: Identidades y espacio público en Literatura(s) y Arte(s)
Modera: José Francisco Navarro , S.J.
16:00-18:00
Conferencia Magistral
Literatura Peruana/ Literaturas Andinas
A cargo de Edgardo Rivera Martínez
Comenta: Carlos Iván Degregori
18:15- 20:00
Inkarrí, Túpac Amaru, el Ché: el heroico caminante andino
A cargo de Luis Rebaza Soraluz
Artes y espacio público
A cargo de Gustavo Buntinx

Diálogo con el público

Jueves 9 de agosto
 
Mesa 5: Alteridad y poder/ humanidad e imaginarios sociales
Modera: Carlos Garayar
9:00-13:00
Los tesoros del Nuevo Mundo: Riqueza, pobreza y humanidad en el Perú colonial temprano
A cargo de Gabriela Ramos
Alteridad colonial en “Los errores y supersticiones de los indios, sacados del tratado de averiguación que hizo el Licenciado Polo”, de Polo de Ondegardo.
A cargo de Carlos García Miranda
La escritura de la cocina o la cocina de la escritura: Cartografías pan/americanas en Cocina ecléctica (1890) de Juana Manuela Gorriti
A cargo de Rocío Ferreira (DePaul University- Chicago)
¿La Mirada Imperial? Los alemanes y la arqueología peruana (1875-1928)
A cargo de Stefanie Gänger
 
Mesa Final : Derroteros para la Investigación de América Latina en el Perú Modera: Vicente Santuc
16:00- 20:00
Conferencias Magistrales
Derroteros para pensar la economía en América Latina
A cargo de Oscar Ugarteche
Los nuevos problemas de medición de la economía
A cargo de Fidel Aroche
Intervenciones
“América”: Poder y Etnocentrismo
A cargo de Rodrigo Montoya
Cartografía literaria del Perú
A cargo de Mirko Lauer
Diálogo con el público
Clausura Vino de honor en los jardines de la universidad
 
Informes
Lugar de realización
Auditorio central de la UARM
Av. Paso de los Andes 970 Pueblo Libre
 
 
Consultas
Para informes sobre constancias de participación, comunicarse también con los responsables del Programa de Humanidades.
Programa de Humanidades
Universidad Antonio Ruiz de Montoya
Contacto: Dra. Yazmín López Lenci.
Correo: ylopez@uarm. edu.pe
Teléfono: 424 53 22, anexo 304.
Fax: 423 11 26.


 
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#5143 De: Angel Romero <ramiro_rrp2000@...>
Fecha: Sáb, 4 de Ago, 2007 11:00 pm
Asunto: Hanaq Pacha Kusikuynin en la Red -videos-
ramiro_rrp2000
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Hola, escudriñando en la red encontré algunas publicaciones hechas en youtube sobre esta obra: El himno religioso quechua Hanaq Pacha Kusikuynin.
 
Este es un magnífico testimonio, un ejemplo musical que es una exquisita manifestación del barroco americano, un himno religioso quechua publicado aquí en Cusco en el año 1631, es una de las primeras obras poilfónicas realizadas en el nuevo mundo, una obra eminentemente contrapuntística, de exquisita armonía y textura en su sonoridad, creada para 4 voces mixtas.
 
Por historia sabemos que uno de los mayores exponentes del barroco en la cultura musical universal, fué justamenete Johan Sebastian Bach quien vivió ya finales del siglo XVII; en cambio, aquí en el Perú, específicamente en Cusco, mucho antes de Bach, en los inicios de la primera mitad de ese mismo siglo, Juan Pérez de Bocanegra -en su "Ritual Formulario e Instituciones de Curas"-, ya estaba realizando este importante aporte a la cultura universal al desarrollar un estilo de barroco mestizo, peruano, americano y Quechua por sobre todo; un barroco eminentemente nuestro, originario y propio de nustro espacio andino.
 
Resulta muy interesante apreciar el paralelismo cultural que se pone e manifiesto en esta canción Quechua
 
Comparto pues este pequeño matrial encontrado con todos ustedes
 
Hanaq Pacha Kusikuinin:
 
-Versión de "Lima Triumphante" -Lima, Perú
 
-Versión de la "Lyra Hispana" -España-
 
 
-Versión "Voz A Capella" -Brasil-
 
-Versión "Renaissance Dance"
 
 
-Versión "Agrupación Musical Expresión" -Cusco-Perú-
 
 
 
Para los que estén más interesados en conocer esta parte importante de nuestra historia andina, les envío algunas páginas web y partituras que se desarrollaron a partir de estudios realizados en lingüistica quechua. Uno de los aportes mas importantes y significativos en lo que concierne a los textos quechuas coloniales, es el artículo publicado por el Dr. Bruce Mannheim de la Universidad Ann Arbor-Michigan, cuyo texto aquí comparto:
 
 
 
 
Nota.- A veces me causa mucho humor  recibir reiteradamente mensajes propios de algunos -solo algunos, no de todos- amigos bolivianos que no sólo dicen que el Cóndor Pasa es de ellos, ahora dicen que el Hanaq Pacha también es de Bolivia... ésto encontré graciosamente en el youtube:
 
 
Nhotavo (2 months ago) Marked as spam
el autor es Juan Pérez Bocanegra (S.XVII), Potosi, Bolivia. El Quichua es una lengua oficial en Bolivia hablada por casi 20 millones de personas en America, no es una lengua primitiva. Aprendamos mas de nuestro continente, gracias.
(Reply)   (Spam)
 
 
Creo que esta misma persona manifestaba en otro comentario que el origen de esta canción se remonta a finales del Siglo XVII...., mmm,..me parecieron solamente unos detalles muy curiosos.
 
Atte
 
Angel Romero
 
 
 
 
 


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#5142 De: Angel Romero <ramiro_rrp2000@...>
Fecha: Vie, 3 de Ago, 2007 4:52 am
Asunto: Convocatoria: Artistas Latinos
ramiro_rrp2000
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Compañeros y amigos de las listas, desde el hermano país de Bolivia, unos compañeros artistas nos hecen llegar y comparten esta invitación:

 

From:  yecid@artistaslatinos.com
To:  <ramirix21@hotmail.com>
Date:  Thu, 02 Aug 2007 15:31:39 -0400

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Angel R. Romero Pacheco
-sonidista, post productor-
 
LA JIRAFA
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Urbanización Velasco Astete  D-20 
Wanchaq - Cusco - Perú
 
Teléfono Oficina  00  51  /  (84)    244121
Teléfono Celular  00  51  /  (84)  993 3663
 
SKYPE:                              angelramiroromero
 




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#5141 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Vie, 3 de Ago, 2007 6:27 pm
Asunto: Repudio candidatura brasilera a relator derechos indigenas ONU
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Día Mundial Pueblos Indígenas: 9 de agosto. Paso Begoña Xixón.
 
Repudio a candidatura de Mércio Gomes a Relator de ONU

Manifiesto indígena contra la candidatura de Mércio Pereira Gomes al
cargo de relator de la ONU para los Pueblos Indígenas

Nosotros, dirigentes y organizaciones indígenas abajo firmantes,
expresamos, por medio de este manifiesto público, nuestro repudio a la
nominación hecha por el Gobierno Brasileño, a través de Itamaraty, del
antropólogo Mércio Pereira Gomes, al cargo de Relator de la Organización
de Naciones Unidas (ONU) para los Pueblos Indígenas.

La candidatura de Mércio Gomes constituye una afrenta para los pueblos y
organizaciones indígenas de Brasil, puesto que, en el tiempo en que este
señor fue presidente de la Fundación Nacional del Indio (FUNAI), actuó
siempre en contra de nuestros intereses y aspiraciones.

Estamos contra esta candidatura porque consideramos, en primer lugar,
que el señor Pereira Gomes no reúne condiciones ni es digno de asumir un
cargo de tanta importancia para los pueblos indígenas, de Brasil y del
mundo entero.

Mércio Gomes es el máximo responsable de la parálisis en la demarcación
de las Tierras Indígenas que marcó el primer mandato del presidente Luis
Inácio Lula da Silva. Fue uno de los máximos responsables de la
reducción de Terra Indígena Baú, del pueblo Kaiapó, en el sur de Pará.
Tuvo, además, el coraje de declarar públicamente, en entrevista con una
agencia internacional de noticias, que los pueblos indígenas tienen
demasiada tierra, proponiendo que el Supremo Tribunal Federal (STF),
ponga límite a las reivindicaciones territoriales.

Por otro lado, este señor fue uno de las principales trabas para el
diálogo reivindicado por nosotros con el Gobierno Federal. Desconoció a
nuestras organizaciones, al considerarlas no representativas,
deslegitimando su papel de referencia e interlocución. Mércio, inclusive
fue uno de los máximos responsables de la no instalación de la Comisión
Nacional de Política Indigenista (CNPI) en el plazo esperado por los
pueblos y organizaciones indígenas.

Por este comportamiento, varias organizaciones indígenas como la
Coordinación de las Organizaciones Indígenas de la Amazonia Brasileña
(COIAB) y la Articulación de los Pueblos Indígenas del Nordeste, Minas
Gerais y Espíritu Santo (APOINME), siempre estuvieron contra el
nombramiento de Mércio Gomes para la presidencia de la FUNAI.
Lamentablemente, el Gobierno Federal ignoró este pedido.

Tomando en cuenta estas razones, solicitamos al Gobierno Brasileño que
retire, inmediatamente, la candidatura del señor Mércio Pereira Gomes al
cargo de Relator de la ONU para los Pueblos Indígenas. Reiteramos que la
presencia de Mércio Gomes en esta instancia internacional constituye una
amenaza a los intereses y expectativas de los pueblos indígenas, no sólo
de Brasil, sino del mundo entero, especialmente de América Latina.

Reivindicamos, finalmente, que si el Estado brasileño decide nominar
otro candidato, lo haga luego de consultar debidamente a los pueblos
indígenas a través de sus instancias representativas, conforme lo
establece el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo
(OIT), que garantiza nuestro derecho a la consulta previa e informada
sobre cualquier asunto de nuestro interés.

Brasilia, 13 de julio de 2007

FIRMAN

Líderes indígenas titulares y suplentes de la Comisión Nacional de
Política Indigenista (CNPI), reunida en Brasilia-DF, los días 12 y 13 de
julio de 2007. Entre otras organizaciones están: la Coordinación de las
Organizaciones Indígenas de la Amazonia Brasileña (COIAB), la
Articulación de los Pueblos Indígenas del Nordeste, Minas Gerais y
Espíritu Santo (APOINME), la Articulación de los Pueblos Indígenas de la
Región Sur (ARPIN-SUR), Comisión de Tierras Guaraní (CTG).
 



 
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#5140 De: Movimiento Indio Peruano <mip_org@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 11:57 pm
Asunto: Curso de Quechua (nuevo)
mip_org
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Curso de Quechua-Quishua-Runa Simi (Conversación y manejo del lenguaje I y II)

El Movimiento Indio Peruano, continúa con su labor de difusión y servicio en el aprendizaje del idioma Quechua-Chinchaysuyo (Ayacucho-Andahuaylas-Apurimac).
 
Nuestro objetivo es el aprendizaje en breve tiempo del idioma Quechua – Quishua (nombre originario) o Runasimi.
 

Fecha de inicio : martes 07 de agosto del 2007

Inscripciones : Los días martes 5:00pm a 7:30pm

Costo S/. 70=

Mas información en:  www.mipperu.org

separar su cupo..

 
Muy atentamente,

MIP-PERU
E-mail: mip_org@...


#5139 De: "kimelü kellun" <arauko.italia@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 4:46 am
Asunto: COMISIÓN INTERAMERICANA DECLARA ...ADMISIBLE DENUNCIA CONTRA EL ESTADO CHILENO
arauko.italia
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31 July, 2007

Comisión Interamericana declara admisible denuncia contra el Estado de Chile por caso Poluco Pidenco

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha publicado el informe de admisibilidad de la denuncia presentada por contra el Esatdo de Chile, por violación de los artículos 8(1), 2 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el proceso por el caso "Poluco-Pidenco".

Suman ya cuatro las denuncias mapuches ante la CIDH admitidas, presentadas contra el estado de Chile.

Reproducimos Informe.

Comisión Interamericana declara admisible denuncia contra el Estado de Chile por caso Poluco Pidenco
INFORME Nº 32/07
PETICIÓN 429-05

ADMISIBILIDAD

JUAN PATRICIO MARILEO SARAVIA Y OTROS
VERSUS CHILE


Washington, 2 de mayo de 2007

I. RESUMEN


1. El 13 de abril de 2005 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comisión Interamericana" o "la CIDH") recibió una denuncia presentada por Juan Patricio Marileo Saravia, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican ("las presuntas víctimas"), en contra del Estado de Chile (en adelante "el Estado" o "el Estado chileno"), en la que se alega la violación de los artículos 8(1), 2 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante "la Convención Americana" o "la Convención"), durante el juicio criminal seguido en su contra, que resultó en la condena de los 5 peticionarios como autores del delito de incendio terrorista.



2. Con respecto a la admisibilidad los peticionarios argumentan que se agotaron los recursos de jurisdicción interna, con la sentencia que desechó el recurso de nulidad, dictada 13 de octubre de 2004 por la Corte de Apelaciones de Temuco.



3. El Estado controvierte la admisibilidad porque considera que, de conformidad al artículo 47(b) y c de la Convención Americana, la denuncia es infundada pues no contiene hechos que caractericen una violación de los derechos garantizados en la Convención Americana. Aduce también que la petición fue presentada de manera extemporánea y que lo que los peticionarios pretenden, que la Comisión actué como cuarta instancia. En consecuencia, solicita a la Comisión Interamericana que declare inadmisible la denuncia.



4. Tras el análisis de la petición, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana, así como en los artículos 30, 37 y concordantes de su Reglamento, la CIDH declara la admisibilidad de la petición con respecto a las presuntas violaciones de los artículos 8, 9 y 24, en relación con las obligaciones generales establecidas en los artículos 1(1) y 2 de la Convención Americana. La Comisión Interamericana decide igualmente notificar a las partes, publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.



II. TRÁMITE ANTE LA COMISIÓN


5. La petición fue presentada, por los señores Juan Patricio Marileo Saravia, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican, mediante comunicación de fecha 13 de abril de 2005.[1] El trámite de la denuncia se inició el 7 de septiembre de 2005, con el envío de la petición al Estado y la solicitud de observaciones en el plazo de dos meses.



6. El 8 de noviembre de 2005, mediante nota OEA Nº 417, el Estado de Chile solicitó a la CIDH un plazo para proporcionar a la Comisión la información requerida, y el 10 de noviembre de 2005, la CIDH otorgó al Estado una prórroga para la presentación de las observaciones hasta el 7 de diciembre de 2005.



7. El 9 de diciembre de 2005, el Estado de Chile nuevamente solicitó una ampliación de plazo para presentar sus alegaciones de forma y fondo y el 14 de diciembre de 2005 la Comisión otorgó al Estado una prórroga adicional por un mes.



8. Mediante Comunicación de fecha 30 de diciembre de 2005, recibida en la CIDH el 5 de enero de 2006, el Estado presentó sus observaciones y el 28 de marzo de 2006, se trasmitieron a los peticionarios para que presentaran sus observaciones.



9. El 8 de mayo de 2006, la Comisión informó al Estado de Chile que, había tomado conocimiento de que los peticionarios en este caso, se encontraban en huelga de hambre desde el 13 de marzo de 2006, como medida de protesta por la aplicación de la ley 18.314 sobre conductas terroristas, en los procesos seguidos en su contra. Asimismo, la CIDH solicitó al Gobierno de Chile que le mantuviera informada sobre las acciones adoptas en esta situación. A la fecha de publicación de este informe, la CIDH no ha recibido información al respecto.



III. POSICIÓN DE LAS PARTES


A. Antecedentes



10. La controversia en este asunto gira en torno a un juicio criminal seguido contra Juan Marileo Saravia, Florencio Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican. Antes de pasar a la posición de las partes, la Comisión Interamericana hará un breve resumen del juicio seguido, en donde los mencionados señores, fueron condenados como autores del delito de incendio terrorista. A la fecha de publicación de este informe, los señores Jaime Marileo Saravia, y Patricia Troncoso se encuentran privados de libertad en cumplimiento de la condena. Los señores José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican, tienen una orden detención permanente en su contra a fin de que cumplan la mencionada condena.



11. En relación con el juicio, consta en los antecedentes aportados por las partes que el 22 de agoto de 2004, se realizó el juicio oral en contra de los señores Juan Patricio Marileo Saravia, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican, por el delito de incendio terrorista perpetrado el 19 de Diciembre del 2001, en el fundo Poluco Pidenco de la comuna de Ercilla.



12. Los denunciantes interpusieron en contra de la sentencia condenatoria, un recurso de nulidad, ante la Corte de Apelaciones de Temuco, siendo desechado el 13 de octubre de 2004 quedando la sentencia ejecutoriada.



13. Según la sentencia que desechó el recurso de nulidad "cada uno de los recurrentes fue condenado a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena como autores del delito de incendio terrorista hecho cometido durante el día 19 de diciembre de 2001 en el Fundo Poluco Pidenco de la Comuna de Ercilla y a pagar solidariamente al demandante civil Forestal Mininco S.A. la suma de cuatrocientos veinticuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil setecientos noventa y ocho pesos ($ 424.964.798), por concepto de daños materiales provocados, más intereses y reajustes legales que se devenguen desde la fecha de ejecutoriada de esta sentencia hasta la fecha de su total y definitivo pago, con costas."[2]


B. Posición de los peticionarios



14. Los peticionarios señalan que fueron objeto de un juicio penal por el delito de incendio ocurrido en un predio forestal de propiedad de la empresa Forestal Mininco S.A en la Provincia de Malleco, comuna de Ercilla en la novena región de la Araucania, el 19 de diciembre de 2001. Según los peticionarios, en el juicio fueron acusados por el Ministerio Público, por la Gobernación de Malleco y por la Empresa Forestal Mininco S.A.



15. Los peticionarios expresan que el juicio se llevó a cabo los días 29 de julio y 17 de agosto de 2004 y como resultado del mismo, fueron condenados a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, por el delito de Incendio Terrorista en perjuicio de Forestal Mininco S.A. Asimismo, fueron condenados al pago solidario de una indemnización a la empresa, por el valor de $ 424.964.798.



16. Según los peticionarios la sentencia condenatoria que se dictó en su contra es el resultado de una pluralidad de atentados a sus derechos humanos, los cuales se produjeron durante el proceso de investigación y durante el juicio tanto al dictaminar la sentencia condenatoria como en la revisión del fallo ante el Tribunal Superior.



17. Con respecto al artículo 8(2) letras c y f de la Convención, los peticionarios argumentan que, en el juicio se les privó del derecho a contar con los medios adecuados para la preparación de la defensa. Indican que la vulneración de este derecho se produce desde el momento en que la prueba testimonial presentada por el Ministerio Público en su contra durante la investigación difiere sustancialmente de la prueba presentada en el juicio.



18. Expresan los peticionarios, que su defensa discurrió en todo momento sobre la base de los antecedentes entregados por el Ministerio Público y a partir de ellos articuló sus argumentos de defensa y preparó los contra interrogatorios de los testigos a cargo. En este contexto señalan, que el artículo 260 del Código Procesal Penal dispone que deberán ponerse a disposición del acusado los antecedentes acumulados durante la investigación, para efectos de la preparación de la defensa. Según los peticionarios, el Ministerio Público les hizo entrega de los antecedentes acumulados durante la investigación para efectos de la preparación de la defensa, los cuales consistían en prueba testimonial, pericial y documental. En este contexto señalan que, la prueba testimonial llevada al juicio cambió radicalmente, en el sentido de que los testigos depusieron ante el Tribunal, testimonios diferentes a los que constaban en los antecedentes de la investigación, variando circunstancias esenciales de los hechos. Precisan los peticionarios, que todos ellos fueron condenados exclusivamente sobre la base de la prueba testimonial.



19. Indican los peticionarios que, el Tribunal al referirse a las pruebas testimoniales respecto de las cuales no habían preparado interrogatorio, ni estructurado argumentos de defensa, por ser desconocidos expresó: "Los demás argumentos como la no presentación de toda la prueba o que algunos testigos habrían modificado sus declaraciones iniciales, o que los reconocimientos en las audiencias fueron forzados por la revisión previa de fotografías de los imputados o que muchos testigos estuvieron reunidos en una cabaña de la ciudad de Lautaro, donde eran visitados por funcionarios del Ministerio Público y efectivos policiales, no serán considerados por el Tribunal, toda vez que la decisión a la que debe arribar está motivada por toda la información que los jueces reciben durante el desarrollo de la audiencia, lo que no es si no la más clara expresión del principio de la inmediación"[3].



20. Con respecto al artículo 8(2)(f) los peticionarios expresan que, en lo formal, no les fue negado el derecho de presentar pruebas, precisando que tuvieron la oportunidad de presentar testigos, peritos y que además, pudieron acompañar al juicio numerosa prueba documental. Sin embargo, consideran los peticionarios que el tribunal, al resolver el fondo, omitió valorar las pruebas de descargo presentadas por la defensa.



21. Con respecto al artículo 8(2)(h), los peticionarios señalan que fue vulnerado debido a que la defensa recurrió ante la Corte de Apelaciones de Temuco la sentencia condenatoria. No obstante, el Tribunal Superior, se abstuvo de considerar varias de sus alegaciones, haciendo una revisión sólo parcial del fallo, argumentando que otras alegaciones significaban entrar a considerar cuestiones de hecho, lo que estaba vedado al tribunal de alzada, por lo cual según los peticionarios, se vieron impedidos para recurrir la decisión.



22. Con respecto al artículo 8(1) de la Convención, los peticionarios expresan que, fueron privados del derecho a ser juzgados por un Tribunal imparcial, indicando que este derecho se habría violado debido a que el tribunal copió en la sentencia una sentencia anterior dictada en contra de otros comuneros mapuches de la misma zona territorial, la cual según los peticionarios fue dictada dentro del llamado "conflicto mapuche". En este contexto expresan que, en efecto el fallo dictado, en cuanto se refiere a la calificación de terrorista del incendio materia del juicio, es la copia exacta e integra del fallo dictado por el mismo Tribunal, hace mas de un año en contra de los señores Pascual Pichun, Aniceto Norin Catriman y Patricia Roxana Troncoso Robles. Aducen los peticionarios que esto es muestra de que los jueces tenían una opinión preconcebida sobre el fondo de la cuestión sometida a su conocimiento.



23. Según los peticionarios, el Estado de Chile violó el artículo 8(2) de la Convención Americana. Expresan los denunciantes que, la Sentencia dictada incurre constantemente en infracción a este derecho, al hacerlos responsables por hechos ejecutados por personas distintas. Señalan los peticionarios que el Estado razona acerca de su participación en el delito de incendio y su carácter de terrorista en los siguientes términos: "Es de público conocimiento que durante el año 2001 algunas personas vinculadas o pertenecientes a la etnia Mapuche privilegiando el uso de métodos violentos para obtener sus demandas y reivindicaciones territoriales, atentaron contra personas, propiedades instalaciones vehículos y maquinarias de particulares y empresas instaladas en diversos sectores geográficos de la provincia de Malleco, con consecuencias negativas para la seguridad y la tranquilidad publica, para la integridad física de los ciudadanos y para el progreso y el desarrollo de la zona. El incendio del fundo Poluco Podenco se inserta dentro de esta dinámica de conflicto.[4]



24. Según los peticionarios, el considerando décimo noveno de la Sentencia dictada[5] señala que, "el ilícito establecido en la reflexión está inserto en un proceso de recuperación de tierras del pueblo Mapuche, el que se ha llevado a efectos por vía de hecho…" "Estas acciones se pueden sintetizar en la formulación de exigencias desmedidas hechas bajo presión por grupos violentistas".[6] Los peticionarios argumentan, que como consecuencia práctica de la aplicación de estos razonamientos, se les ha impuesto una pena superior en 5 años, sobre lo que les correspondería, si se les hubiera condenado aplicándoles la legislación penal común y no la legislación sobre conductas terroristas. Aducen los peticionarios que este atentado al principio de culpabilidad es recurrente en las causas seguidas en contra de Indígenas Mapuches.



25. Con respecto a los artículos 1(1) y 24 de la Convención, los peticionarios señalan que ha sido vulnerado el principio de igualdad y no discriminación que también está consagrado en la Convención Internacional para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, ambos ratificados por Chile y en el artículo 19 Nº 2 de la Constitución de la República de Chile.



26. En este sentido argumenta los peticionarios que, el artículo 1(1) y 24 de la Convención se viola, debido a que, en el juicio se utilizaron testigos remunerados por la sola circunstancia de que los imputados eran indígenas Mapuches, haciendo un mal uso de la ley antiterrorista (Ley 18.314) y de diversas medidas de protección a favor de los testigos, que en los hechos no son otra cosa que la forma espuria de obtener declaraciones en su contra. Los peticionarios Sostienen que lo anterior, constituye un atentado al principio de igualdad, debido a que, "todos tenemos derecho a un trato igualitario por parte del Estado y si se trataba de enfrentar una acusación en materia criminal teníamos derecho a que el juicio se realizara en condiciones de normalidad y que no se alteraran esta condiciones atendiendo a nuestro origen racial. "



C. Posición del Estado



27. En su respuesta el Estado manifiesta que la denuncia presentada es inadmisible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como en los artículos 28, 30, 31, 32, 33, y 34 del Reglamento de la Comisión Interamericana. Indica el Estado que, siete son las causales de inadmisibilidad que se contemplan, las cuales deben ser analizadas por la Comisión antes de entrar a revisar el fondo de un asunto sometido a su conocimiento.[7] El Estado en sus observaciones precisa que, de las causales de inadmisibilidad mencionadas, al menos tres le son aplicables a la queja o denuncia presentada por los peticionarios. Señala el Estado que adicionalmente, existe una cuarta causal de inadmisibilidad, que aunque no se encuentre establecida en la Convención y en el Reglamento de la Comisión, la misma ha sido desarrollada por la Jurisprudencia de la Comisión y de la Corte Interamericana, ésta según el Estado consiste en la formula de la cuarta instancia.



28. Con respecto a la primera causal de inadmisibilidad, el Estado expresa que ésta consiste en que, la queja fue presentada de forma extemporánea, es decir, fuera del plazo perentorio de seis meses que exige tanto la Convención como el Reglamento de la Comisión. Según el Estado, el artículo 46 de la Convención exige que, para que una petición o comunicación sea admitida por la Comisión, se requerirá "que sea presentada dentro del plazo de seis meses, a partir de la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos haya sido notificado de la decisión definitiva" [8].



29. Según el Estado de Chile, en este caso concreto los peticionarios obviaron informar en su escrito de presentación de la denuncia, el antecedente fundamental que permite establecer que ésta no fue presentada dentro del plazo de seis meses que exige la Convención y el Reglamento de la Comisión que según el Estado, es la fecha de la última resolución recaída en los recursos de jurisdicción interna agotados.



30. En este contexto el Estado de Chile precisa que, el 1º de septiembre de 2004, los peticionarios interpusieron en el orden interno, en contra de la sentencia condenatoria pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral de Angol y ante la Corte de Apelaciones de Temuco un recurso de nulidad. La vista de la causa quedó fijada para el 23 de septiembre de 2004, oportunidad en la que alegaron los abogados de la Defensoría Penal Pública, en representación de los peticionarios.



31. Según el Estado, la audiencia de lectura de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que desechó el recurso de nulidad interpuesto se llevó a cabo el 13 de octubre de 2004, quedando ejecutoriada la sentencia condenatoria. "Vale decir, que el plazo de seis meses que exige el articulo 46 de la Convención y el artículo 32 del Reglamento de la Convención venció el 13 de abril de 2005, la denuncia según el Estado, fue presentada en septiembre de 2005 claramente en forma extemporánea".[9]



32. Según el Estado es evidente que, la queja o denuncia fue presentada aproximadamente un año después de la decisión del último recurso de jurisdicción interna interpuesto, es decir, fue presentada fuera del plazo establecido y corresponde a la Comisión declararla inadmisible.



33. Por otro lado, el Estado señala que, los peticionarios no han alegado encontrarse bajo alguna de las excepciones previstas en el artículo 46.2 letras a, b y c de la Convención. No obstante considera, que una alegación de esta naturaleza además de inaceptable, sería del todo improcedente. En efecto señala que no podrían los denunciantes alegar que no existe en la legislación interna del Estado de Chile, la consagración del debido proceso legal; ni que se les haya impedido el acceso a los recursos de jurisdicción interna, ni que haya existido retardo injustificado en la decisión de tales recursos.



34. Asimismo, el Estado argumenta, que la denuncia no expone hechos que caractericen una violación de los derechos protegidos, en los términos señalados en los artículos 47 y 34 de la Convención y del Reglamento de la Comisión, respectivamente. Aduce que de la denuncia presentada no se desprenden hechos que constituyan una vulneración a los derechos establecidos en la Convención. Manifiesta el Estado que, todas y cada una de las supuestas infracciones alegadas por los peticionarios, no tienen un sustento en antecedentes objetivos que pudieran dotarlas de una mínima plausibilidad. Por el contrario son reveladoras de la evidente intención de los peticionarios de revertir resoluciones judiciales adversas, que han sido dictadas en el marco del nuevo sistema de enjuiciamiento criminal, adoptado por el Estado de Chile.



35. Según el Estado, los inculpados no logran esbozar quien y de que manera se les impidió contar con el tiempo necesario para preparar su defensa en juicio, o en que momento se les coartó el derecho a interrogar a sus testigos, o se les conculcó su derecho a ofrecer e incorporar en juicio a sus propios testigos. Expresa el Estado que los peticionarios reconocen en su escrito de denuncia que no les fue negado el derecho de presentar prueba.



36. Otra de las causales de inadmisibilidad, aducida por el Estado, se refiere a que la petición es evidentemente infundada e improcedente. Según el Estado esta causal implica desechar denuncias sin sustento, que solo aparentan supuestas violaciones a los derechos humanos. Señala el Estado que de acuerdo a los antecedentes proporcionados por los denunciantes, las supuestas infracciones a la Convención habrían tenido lugar durante el desarrollo del juicio oral y su consiguiente sentencia que los condenó a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, accesorias y costas, como autores del delito de incendio terrorista acaecidos el 19 de diciembre de 2001 y que afectó el predio denominado Polanco–Podenco, resultando afectada una superficie de 108 hectáreas de pino y eucaliptos, equivalente a 600.000 dólares de Estados Unidos de Norteamérica.



37. Con respecto a la fórmula de la cuarta instancia, aducida como otra de las causales de inadmisibilidad, el Estado señala que, los peticionarios han recurrido ante la Comisión Interamericana como si ésta fuera una fuente de cuarta instancia, con competencia para conocer de los hechos y del derecho aplicado al caso especifico, sin que existan antecedentes razonables que permitan fundar la existencia de una violación de algún derecho garantizado en la Convención Americana. Según el Estado, tanto la naturaleza complementaria de la Convención, como la exigencia del previo agotamiento de los recursos internos, otorgan el carácter esencialmente subsidiario a los órganos de protección de derechos fundamentales dentro del Sistema Interamericano.



38. Teniendo en cuenta lo anterior, según el Estado, la Comisión y la Corte Interamericana, no tienen competencia para actuar como un tribunal de alzada o cuarta instancia y solo deben limitarse a fallar aquellos casos en que existan presunciones acerca de la violación de algunos de los derechos consagrados en la Convención Americana. Aduce el Estado que los órganos de protección de derechos humanos solo pueden examinar decisiones judiciales internas de un determinado Estado bajo el supuesto de que la petición se fundamentan en una decisión que haya sido dictada al margen del debido proceso o que viole aparentemente cualquier otro derechos consagrado en la Convención, Finalmente el Estado considera que lo que buscan los peticionarios, es una sentencia que enmiende la sentencia condenatoria del Tribunal del Juicio Oral de Angol.



39. El Estado de Chile solicita a la Comisión Interamericana que se acojan sus planteamientos y se declare inadmisible la denuncia interpuesta por los señores Juan Patricio Marileo Sanabria, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican.



IV. ANÁLISIS SOBRE LA ADMISIBILIDAD



A. Competencia ratione personae, ratione materiae, ratione temporis, ratione loci



40. De acuerdo con el artículo 44 de la Convención Americana y el artículo 23 del Reglamento de la CIDH, los peticionarios tienen legitimación para presentar peticiones a la Comisión en relación con presuntas violaciones de los derechos establecidos en dicho tratado. En cuanto al Estado, Chile es parte en la Convención Americana y, por tanto, responde en la esfera internacional por las violaciones de dicho instrumento. Las presuntas víctimas son personas naturales respecto a quienes el Estado se comprometió a garantizar los derechos consagrados en la Convención Americana. Con base en todo lo anterior, la Comisión Interamericana tiene competencia ratione personae para examinar la denuncia.



41. La CIDH tiene competencia ratione materiae debido a que la petición se refiere a denuncias de violación de los derechos humanos protegidos por la Convención Americana. Asimismo, goza de competencia ratione temporis por cuanto la obligación de respetar y garantizar los derechos protegidos en dicho tratado ya se encontraba en vigor para el Estado en la fecha en que habrían ocurrido los hechos alegados en la petición, dado que Chile ratificó la Convención Americana el 21 de agosto de 1990. Finalmente, la Comisión Interamericana tiene competencia ratione loci para conocer la petición, por cuanto en ella se alegan violaciones de derechos protegidos en la Convención Americana que habrían tenido lugar dentro del territorio de un Estado parte en dicho instrumento.



B. Requisitos de admisibilidad de la petición



1. Agotamiento de los recursos internos



42. El artículo 46(1)(a) de la Convención establece que uno de los requisitos de admisión de una petición es "que se hayan interpuesto y agotado los recursos de la jurisdicción interna, conforme a los principios del Derecho Internacional generalmente reconocidos".



43. De la información entregada por las partes, la Comisión observa que en la presente petición los recursos internos se encuentran agotados. Efectivamente, el 13 de octubre de 2004, la Corte de apelaciones de Temuco rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de los señores Juan Patricio Marileo Sanabria, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican en contra de la sentencia condenatoria dictada el 22 de Agosto del 2004.



44. De acuerdo al artículo 387 del Código Procesal Penal de Chile, la resolución que falla un recurso de nulidad no es susceptible de recurso alguno, sin perjuicio de la revisión de la sentencia condenatoria firme. Tampoco es susceptible de recurso la sentencia que se dicta en el nuevo juicio que se realizara como consecuencia de la resolución que hubiera acogido el recurso de nulidad. No obstante, agrega la norma, si la sentencia fue condenatoria y la que se hubiere anulado hubiese sido absolutoria, procederá el recurso de nulidad en favor del acusado.



45. La Comisión Interamericana verifica que se han agotado los recursos previstos por la legislación chilena para estos casos y en consecuencia determina que la petición analizada cumple el requisito exigido en el artículo 46(1)(a) de la Convención.



2. Plazo para la presentación de la petición



46. El artículo 46(1)(b) de la Convención Americana establece que uno de los requisitos de admisión de una petición es que deberá ser "presentada dentro del plazo de seis meses, a partir de la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos haya sido notificado de la decisión definitiva".



47. Al respecto el Estado argumenta que la petición es inadmisible porque fue presentada en septiembre de 2005, es decir, fuera del plazo establecido en los artículos 46(1)(b) y 47(a) de la Convención y 32(1) del Reglamento de la Comisión.



48. Es un hecho no controvertido por lar partes que el 13 de octubre de 2004, la Corte de Apelaciones de Temuco se pronunció sobre el último recurso interpuesto durante el juicio seguido contra los señores Juan Patricio Marileo Sanabria, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican. De acuerdo a lo establecido en el artículo 46(1)(b) de la Convención, el plazo para presentar una denuncia ante la CIDH vencía el 13 de abril de 2005. En el presente caso, la petición o comunicación de los peticionarios fue recibida en la CIDH el 13 de abril de 2005.



49. Por lo expuesto, la CIDH desestima el argumento del Estado de Chile respecto de que la petición es inadmisible por haber sido presentada en forma extemporánea. Lo anterior, en atención a que el plazo de seis meses establecido en el artículo 46(1)(b) de la Convención, se cuenta desde la fecha en que el presunto lesionado en sus derechos fue notificado de la decisión definitiva hasta que es presentada ante la CIDH y no hasta que la petición es trasmitida al Estado respectivo.



50. Por lo anterior, la CIDH concluye que la petición cumple con el requisito establecido en el artículo 46(1)(b) de la Convención Americana.



3. Duplicidad de procedimientos y cosa juzgada



51. El expediente de la petición no contiene información alguna que pudiera llevar a determinar que la denuncia presentada esté pendiente de otro procedimiento internacional. Tampoco hay elementos para considerar que se reproduce una petición anteriormente examinada por la CIDH, por lo que este órgano concluye que se han satisfecho los requisitos de los artículos 46(1)(c) y 47(d) de la Convención Americana.



4. Caracterización de los hechos



52. En el presente caso, el Estado alegó que los hechos descritos en ella no caracterizan violaciones a derechos protegidos por la Convención, por lo que solicitó a la CIDH que desechara la denuncia en aplicación del artículo 47(b) y c de la Convención Americana.



53. Al respecto, la Comisión considera que no corresponde en esta etapa del procedimiento decidir si se produjeron o no las alegadas violaciones a los derechos a las garantías judiciales y al principio de legalidad de las presuntas víctimas. A efectos de la admisibilidad, la CIDH debe resolver en este momento únicamente si se exponen hechos que, de ser probados, caracterizarían violaciones a la Convención Americana, como lo estipula el artículo 47(b) de la misma, y si la petición es "manifiestamente infundada" o si es "evidente su total improcedencia", según el inciso c del mismo artículo.



54. El criterio para la apreciación de estos extremos es diferente al requerido para pronunciarse sobre los méritos de una denuncia. La CIDH debe realizar una evaluación prima facie y determinar si la denuncia fundamenta la aparente o potencial violación de un derecho garantizado por la Convención Americana, mas no establecer la existencia de dicha violación.[10] En la presente etapa corresponde efectuar un análisis sumario que no implica un prejuicio o un avance de opinión sobre el fondo. El propio Reglamento de la Comisión Interamericana, al establecer una fase de admisibilidad y otra de fondo, refleja esta distinción entre la evaluación que debe realizar la Comisión Interamericana a fin de declarar una petición admisible y la requerida para establecer si se ha cometido una violación imputable al Estado.[11]



55. La jurisprudencia de la Comisión Interamericana establece claramente que no es competente para revisar sentencias dictadas por tribunales nacionales que actúen en la esfera de su competencia y apliquen las debidas garantías judiciales. La CIDH no puede hacer las veces de un tribunal de alzada para examinar supuestos errores de derecho o de hecho que puedan haber cometido los tribunales nacionales que hayan actuado dentro de los límites de su competencia. No obstante, dentro de los límites de su mandato de garantizar la observancia de los derechos consagrados en la Convención, la Comisión Interamericana sí es competente para declarar admisible una petición y fallar sobre su fundamento cuando ésta se refiera a una sentencia judicial nacional que haya sido dictada al margen del debido proceso, o si se describe una violación de cualquier otro derecho garantizado por la Convención Americana.[12]



56. En particular, respecto del proceso seguido contra los señores Juan Patricio Marileo Sanabria, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican, la Comisión toma nota que en el presente caso los denunciantes alegan que se ha violado el artículo 24 en relación con el artículo 1.1 de la de la Convención Americana. Los peticionarios también denuncian que en el presente caso se ha vulnerado el artículo 8.2 de la Convención Americana, sobre garantías judiciales, en la medida en que no contaron con los medios adecuados para la preparación de la defensa, según lo establece el artículo citado, en sus letras c y f.



57. En virtud de los argumentos y la documentación aportada por las partes, así como la jurisprudencia interamericana, la Comisión considera que no se evidencia la falta de fundamento o improcedencia en el reclamo presentado. Si bien algunas de las alegaciones manifestadas por los peticionarios no tienden a caracterizar violaciones a los derechos humanos, como por ejemplo la que refiere a que el tribunal al dictar sentencia habría copiado párrafos de otra sentencia, la CIDH en el pronunciamiento sobre el fondo analizará tales alegaciones, en el contexto del argumento relativo al régimen penal especial aplicado a las presuntas víctimas y la definición de la conducta antijurídica o tipo penal utilizado, que podrían llegar a caracterizar prima facie una violación de los derechos garantizados en los artículos 8 y 9 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1(1) del mismo instrumento, en perjuicio de Juan Patricio Marileo Sanabria, Florencio Jaime Marileo Saravia, Patricia Roxana Troncoso Robles, José Benicio Huenchunao Mariñan y Juan Ciriaco Millacheo Lican. Asimismo, en virtud de los alegatos de los peticionarios relativos a la aplicación a las presuntas víctimas de un régimen penal especial más severo que el régimen común, en virtud de su origen étnico, la CIDH considera que los hechos denunciados podrían caracterizar una violación al artículo 24 de la Convención Americana, en concordancia también con el artículo 1(1) del mismo instrumento[13].



58. En consecuencia, la Comisión Interamericana considera satisfechos los requisitos establecidos por el artículo 47.b y c de la Convención Americana.



V. CONCLUSIÓN


59. La CIDH concluye que es competente para tomar conocimiento de esta petición y que la misma cumple con los requisitos de admisibilidad, de acuerdo con los artículos 46 y 47 de la Convención Americana y con los artículos 30, 37 y concordantes de su Reglamento.



LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,

DECIDE:



1. Declarar admisible el presente caso respecto de las presuntas violaciones de los artículos 8, 9 y 24, en relación con los artículos 1.1 y 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.



2. Remitir el presente informe al Estado y a los peticionarios.



3. Publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual a la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos.



Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 2 de mayo de 2007. Florentín Meléndez,, Presidente; Paolo G. Carozza, Primer Vicepresidente; Víctor E. Abramovich, Segundo Vicepresidente; Evelio Fernández Arévalos, Clare K. Roberts, Paulo Sérgio Pinheiro y Freddy Gutiérrez Miembros de la Comisión.





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[1] Consta en el expediente que la comunicación fue recibida en la Secretaria de la Comisión por correo electrónico el 13 de abril de 2005 y sellada el 14 de abril del mismo año.

[2] Considerando Nº 2 de la sentencia que rechazó el recurso de nulidad, en la página oficial del Poder Judicial de Chile. http://www.poderjudicial.cl

[3] Párrafo final del considerando décimo octavo de la Sentencia Pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral de Angol. Citado por los peticionarios en comunicación de fecha 13 de abril de 2005.

[4] Considerando Cuarto, de la Sentencia Pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral de Angol. Citada por los peticionarios en comunicación de fecha 13 de abril de 2005.

[5] Citado por los peticionarios en comunicación de fecha 13 de abril de 2005.

[6] Citado por los peticionarios en comunicación de fecha 13 de abril de 2005.

[7] Según el Estado las siguientes son las causales de inadmisibilidad: (i) verificación de los requisitos formales (ii) agotamiento de los requisitos internos (iii) plazo para la presentación de las peticiones (iv)duplicación de procedimientos(v) Verificación de si se exponen o no hechos que caractericen una violación de los derechos protegidos (vi) Análisis de si las peticiones son o no manifiestamente infundadas o improcedentes, según resulte de la exposición del propio o del Estado y (vii) Si existe o no información o prueba sobreviniente que hagan la petición inadmisible o improcedente"

[8] Articulo 46.b de la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Citado por el Estado en nota de de fecha 16 de enero de 2006.

[9] En escrito del Estado de fecha 30 de diciembre de 2005, recibido en la CIDH el 5 de enero de 2006.

[10] Ver CIDH, Informe Nº 128/01, Caso Nº 12.367, Herrera y Vargas ("La Nación"), Costa Rica, 3 de diciembre de 2001, párrafo 50. Ver, CIDH, Informe N° 4/04, Petición 12.324, Rubén Luis Godoy, Argentina, 24 de febrero de 2004, párrafo 43.

[11] Ver CIDH, Informe N° 31/03, Caso 12.195, Mario Alberto Jara Oñate y otros, Chile, 7 de marzo de 2003, párrafo 41. Ver CIDH, Informe N° 4/04, Petición 12.324, Rubén Luis Godoy, Argentina, 24 de febrero de 2004, párrafo 43.

[12] Ver CIDH, Informe Nº 1/03, Caso 12.221, Jorge Omar Gutiérrez, Argentina, 20 de febrero de 2003, párrafo 46, citando Informe Nº 39/96, Caso Nº 11.673, Marzioni, Argentina, 15 de octubre de 1996, párrafos 50-51. Ver, CIDH, Informe Nº 4/04, Petición 12.324, Rubén Luis Godoy, Argentina, 24 de febrero de 2004, párrafo 44.

[13] CIDH, Informe Nº 89/06, Petición 619-03, Admisibilidad, Aniceto Norin Catriman y Pascual Pichun Paillalao, Chile, 21 de Octubre de 2006, Párrafo 65.



http://www.cidh.org/annualrep/2007sp/Chile.42905.sp.htm


#5138 De: "kimelü kellun" <arauko.italia@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 5:08 pm
Asunto: Comunicado Público Consejo Pewenche de Lonquimay
arauko.italia
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Pu peñi, pu lamngen ka pu wenuy,

Aqui va el link de la nota hecha por el canal de tv chileno Teletrece sobre el corte de carretera:

http://teletrece.canal13.cl/t13/html/Noticias/Regiones/Temuco/311193Ivideoq1.html


Comunicado Público


Las comunidades mapuche Pewenche que integran el Consejo Pewenche de Lonquimay, comunican a todos los medios y opinión pública nacional e internacional lo siguiente:

1.- Como pueblo que reivindica sus derechos nuevamente estamos movilizados, para manifestar públicamente que no hemos sido escuchados por las autoridades de este país para atender nuestras reales demandas que tenemos como Pewenche.

2.- El día 28 de Noviembre del año 2006 presentamos al gobierno una agenda Pewenche en que se plantea la modalidad y forma para tratar los temas de fondo que como comunidades Pewenche tenemos

3.- El día 27 de junio del 2007 nuevamente presentamos una carta al subsecretario del Interior Felipe Árbore, e incluso sostuvimos una reunión con este personaje donde se comprometió en esta oportunidad a informarse de los temas de la Agenda Pewenche en siete día y dar una respuesta en torno a las demanda que planteamos, hoy ya a pasado mas de un mes y no tenemos respuesta alguna.

4.- En estos días las autoridades de gobierno se jactan y figuran a los distintos medios que están atendiendo las necesidades que los Pewenches tienen, pero en definitiva son solo medidas parches. Que lo único que hace su ayuda es prolongar la agonía de nuestros animales, ni en este tema hay eficiencia en entregar algo razonable, la ayuda que se esta entregando es demasiado insuficiente.

5.- Hoy exigimos que se declare zona de catástrofe en la comuna de lonquimay.

6.- Que la CONADI realice una sesión extraordinaria, para la asignación de recurso para la adquisición de tierras a las comunidades Pewenche de lonquimay.

7.- Que el CORE de la novena región se reúna de manera extraordinaria junto con las comunidades Pewenche y adopte recursos especiales para la comuna de lonquimay, que vayan directamente a las comunidades afectadas.

8.- Por ultimo queremos dejar claro que no bajaremos los brazos, hasta lograr nuestro objetivos y asemos un llamado a todas la organizaciones mapuches , sociales y estudiantes a apoyar nuestra causa.



CONSEJO PEWENCHE LONQUIMAY
¡¡MARRICHIWEU WEUWAIÑ!!

--
Kolectivo We Newen www.kolectivowenewen.tk

#5137 De: oscar guerra salas <h_ozkar@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 2:37 am
Asunto: CARTA ABIERTA DE HIJA DE LONKO JUANA CALFUNAO
h_ozkar
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CARTA ABIERTA DE HIJA DE  LONKO JUANA CALFUNAO
 
HOY A CASI NUEVE MESES DE ENCONTRARSE TODA MI FAMILIA ENCARCERLADA, DENUNCIO YCOMUNICO  OPINION PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL LO SIGUIENTE:
 
ESTE HA SIDO UNO DE LOS AÑOS MAS  DURO PARA NUESTRO PUEBLO  NACION  MAPUCHE, CON  LA REPRESION, TORTURAS, Y POBREZA
QUE EMOS  SUFRIDO LAS COMUNIDADES  Y POR EL  ENCARCELAMIENTO  INJUSTO DE NUESTRA GENTE  Y  EL ENTORNO QUE NOS APOYA EN ESTA CAUSA CONSECUENTE  DIA A DIA.
 
 LA CARCEL  ES  LO QUE HOY NOS OFRESE EL GOBIERNO  OPRESOR, POR DEFENDER UN DERECHO LEGITIMO “A LA TIERRA”, NUESTRO TUGUN, NUETRO PALIWE DE CADA UNA DE LAS COMUNIDADES POR MANTENER VIVA UNA IDIOLOGIA TRANSENDENTAL.
 
ES POR ESTO QUE HOY  MI LAMNGIEN CARLOS ACOSTA Y YO COMO COMUNERA CAROLINA LANDERO CALFUNAO  HEMOS DEJADO LOS PIES EN LA CALLE  POR NUESTRA GENTE ,POR NUESTRA IDIOLOGIA ,PARA HACER CONCIENCIA A MI COMPUCHE A NO DEJARNOS VENCER POR ESTE GOBIERNO FACISTA Y REPRESOR
 
 
HOY TIENEN A TODA MI COMUNIDAD ENCARCELADA, ES ASI COMO EL ESTADO EJERCE SU  PODER,  DESARTICULANDO  LAS COMUNIDADES, Y MOSTRANDO EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIONES, SOLAMENTE LO QUE LE CONVIENE,  LAVANDOLE LAS MENTES A LAS  PERSONAS, PARA QUE NO SE LOGREN DAR CUENTA DE CUAL ES LA RAIZ  DEL CONFLICTO.
 
LA ACUSACION DE LA FISCALIA YA ESTA FORMULADA, ES AHORA QUE EN SUS MENTES QUIEREN ENCARCELAR A TODOS INCLUSO HASTA MI ABUELA MERCEDES PAILLALEF DE 75 AÑOS, ¿COMO PUEDE HABER UN FISCAL QUE ESTE QUERRELLADO COMO EL FISCAL TORRES ,CON QUE MORAL  PUEDE ACUSAR A NUESTRA COMUNID, A DONDE ESTA EL PODER JUDICIAL QUE PERSIGUE A NUESTRO PUEBLO Y NO SANCIONA A ESTE FISCAL,
 
ESTO ES LO  QUE EL MINISTERIO PUBLICO SIEMPRE HACE OCULTAR ESTOS DELITOS, POR CONVENIENCIA ,PARA SU PRESTIGIO, PERO QUIEN PAGA EL DAÑO DE MI PUEBLO, CASAS QUEMADAS, GENTE BALEADA, ALLANAMIENTOS  ILEGALES,  SAQUEOS POR PARTE DE CORRUPCION POLICIAL,
 
DONDE ESTA LA MORAL DE ESTAS PERSONAS, TODOS SOMOS SERES HUMANOS, NI EL ENCARCELAMIENTO DE MI COMPUCHE, NI LA CARCEL, NI ESTOS FISCALES CORRUPTOS Y SIN MORAL PODRAN AVASALLAR MI CONCIENCIA LUCHADORA, AYER TENIA FUERZA, HOY MI KIMUN, Y RAKIZUAM TIENE MAS POTENCIA, LE DIGO A MI GENTE QUE SI HOY CAIGO, MAÑANA MILES SE LEVANTARAN, PERO ESTE JUICIO INJUSTO SERA UNO DE  DE LOS MAS IMPORTANTES, POR LA LUCHA  Y TRANSENDENCIA HISTORICA COMO PUEBLO NACION MAPUCHE Y COMO COMUNIDAD
 
EN ESTE JUICIO EL ESTADO DE CHILE VA A JUZGAR A UNA AUTORIDAD ANCESTRAL DE NUESTRO PUEBLO, PERO ME PREGUNTON ¿QUIEN LOS JUZGA A ELLOS CUANDO ENCARCELAN INJUSTAMENTE A NUESTROS LAMNGIENES SE ATROPELLA LOS DERECHOS HUMANOS? ESTA  SITUACION  LA ONU LA  ADVERTIDO AL ESTADO CHILENO, POR MEDIO DE LA RECOMENDACIONES QUE SE LE HACE LA S CUALES ESTE GOBIERNO DE TURNO NO LE DA CUMPLIMIENTO.
 
 
 
YO COMO COMUNERA HAGO UN LLAMADO A LAS COMUNIDADES, ORGANISMOS INTERNACIONALES A NO DAR GARANTIAS A ESTE GOBIERNO, SI NOS DEJAN A TODOS ENCARCELADOS QUIEN CUIDARA DE MI MAPU, DE MI LAMNGIEN DE 9 AÑOS DE MI LOF DE MI PALIWE
HACI COMO LO HACEN CON MILES DE COMUNIDADES….
 
 
CHALTUMAY COMPUCHE, MARRICHIWUEUUUUUU
 
 
COMUNERA CAROLINA LANDERO CALFUNAO
COMUNIDAD JUAN PAILLALEF
 
 
 
 

carlos alejandroacosta tarifa
fono 09- 76975548
"los sueños son realidades futuras que si nos esfozamos por lograrlos se haran realidad"


#5136 De: francisco orbegozo <aldeamaestra@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 12:01 am
Asunto: Nueva revista virtual AldeaMaestra
aldeamaestra
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Estimados Srs.
Somos la nueva revista virtual Aldea Maestra, sobre educación, comunicación, sicología, cultura y otros temas... Les invitamos a visitarnos.
Nuestro primer número tiene artículos referidos a la última huelga de profesores, a las nuevas maravillas del mundo, a las tendencias de la comunicación en la escuela y un cortometraje, dirigido por Danny Gavidia, cuyo guión fue escrito por José Watanabe, recordando su tercer mes de sensible pérdida.
Pueden comentar cada artículo en cualquier momento.

http://inedicos-peru.org/aldeamaestra.htm

esperamos que les guste y para cualquier colaboración en cualquiera de nuestras secciones, contáctenos por medio de este email: aldeamaestra@...
Aldea Maestra
(difundan a sus amigos y a los interesados en la educación que conozcan).
Mil gracias.

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#5135 De: Alejandra Flores <alejandra_f@...>
Fecha: Vie, 3 de Ago, 2007 2:18 am
Asunto: Xavier Albó recibe Condecoración al Mérito “Franz Tamayo”
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Xavier Albó recibe Condecoración al Mérito “Franz Tamayo”
 
Es un gusto compartir con ustedes la noticia de que el investigador Xavier Albó, miembro del Comité Directivo de la Fundación para la Investigación Estratégica en Bolivia (PIEB), recibirá la Condecoración al Mérito “Franz Tamayo” que el Senado de la República otorga este año por primera vez.
 
La distinción le será otorgada por su trabajo de investigación en defensa permanente y sistemática de los derechos de los pueblos originarios de Bolivia y por su contribución bibliográfica para el conocimiento de las identidades, culturas y costumbres de las nacionalidades y etnias del país.
 
Mayor información, en PIEB.com.bo, Servicio Informativo especializado en investigación, ciencia y tecnología, a donde también pueden enviar comentarios y/o felicitaciones, haciendo clic aquí.
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Alejandra Flores Carlos

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#5134 De: Alejandra Flores <alejandra_f@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 7:57 pm
Asunto: Niños sin agua en América Latina
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Niños sin agua en América Latina
BBC Mundo
Londres  -  Inglaterra
01 de agosto de 2007

Según la ONU, en el mundo más de mil millones de personas no tienen acceso a agua potable.
El organismo de Naciones Unidas asegura que un 35,3% de los niños y jóvenes de la región sufre esta carencia, porcentaje que se reduce al 27,4 en el caso de los adultos.
El informe señala que la disparidad entre niños y adultos es todavía mayor en cuanto al acceso al saneamiento, ya que cerca de un 43% de niños y jóvenes carece de acceso o tiene un acceso inadecuado, cifra que se reduce al 36,7% en los adultos.
Los autores del estudio hacen un llamamiento a una mejora en los programas de privatización del agua en la región, promoviendo una mayor participación ciudadana.
 
21 millones de niños
 
Según la CEPAL, el acceso inadecuado al agua potable afecta en América Latina a cerca de 21 millones de niños menores de cinco años.
El informe señala que los grupos más afectados son los niños pertenecientes a comunidades indígenas y negras, especialmente en Nicaragua, Honduras y Bolivia.
"Cada año podrían evitarse miles de casos de mortalidad infantil y malnutrición si hubiese una mejora substancial en el acceso al agua potable", afirma el estudio.
El pasado noviembre, un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) hizo un llamamiento al aumento en US$4.000 millones anuales en el gasto para incrementar el acceso al agua potable en los países en desarrollo.
Según este organismo, en el mundo más de mil millones de personas no tienen acceso a agua potable y, anualmente, 1,8 millones de niños mueren como consecuencia de enfermedades ocasionadas por agua contaminada.


Alejandra Flores Carlos

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#5133 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 5:05 pm
Asunto: La radio indígena, una forma muy sutil de unidad y fortalecimiento de la cultura
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 La radio indígena, una forma muy sutil de unidad y fortalecimiento de la cultura

    Actualidad Étnica, Bogotá. Julio 30 de 2007. La comunicación al igual que la educación  y la cultura están ligadas a todo el quehacer humano. En las actividades y la cotidianidad indígena esta regla es imprescindible. La Organización Nacional Indígena de Colombia y las organizaciones regionales vienen tejiendo una red de comunicaciones: virtuales, radiales - a través de las emisoras comunitarias - y algunas publicaciones escritas que les ha permitido visibilizar su problemática, fortalecer su cultura y “permanecer unidos ante la embestida feroz de la modernidad” como lo señala Alcibíades Calambás, quien ha venido trabajando con la red de comunicaciones desde hace muchos años.

 
  Alcibíades Calambás Bernal es un indígena Nasa, del Cauca, nacido en el seno de una humilde familia. Más tarde tuvo que viajar a Cali donde realizó algunos estudios de Comunicación Social. Considera que en Cali se maleducó pero esto le dio base para comenzar su trabajo comunitario en comunicaciones. A través de él conoceremos una serie de experiencias comunicativas y comunitarias de las comunidades indígenas del Cauca y parte del proceso comunicativo de la Organización Nacional Indígena de Colombia; ONIC.

 
  Calambás se reconoce un indígena Nasa, pero con ascendencia racial híbrida, “soy producto de un complejo racial; resultado del cruce de distintas razas. De ascendencia Nasa, Páez y Guambiana de parte indígena, de otra parte mi abuelo era afro, color melanina oscura. Yendo más atrás en mi árbol genealógico encuentro una mezcla de indígenas con blancos y de asiáticos con indígenas”. Señala.  Calambás es un apasionado de las comunicaciones, de su cultura y de su país “mi país, Colombia” afirma contundentemente mientras reprocha que muchos colombianos no sientan ese amor patrio, ni ese sentido de pertenencia que debiera caracterizar a los hijos de una nación tan bella como la nuestra.

 
  Por eso Calambás describe el Cauca desde la diversidad: “el Cauca es un departamento muy amplio y muy diverso en cuanto a cultivos  y climas se refiere, desde el páramo y sus nieves perpetuas hasta valles ardientes como el Valle del Patía que es una región semidesértica; por eso se dan muchos productos en el departamento. Gracias a esto el 95% de la economía del Cauca gira en torno a la agricultura. Los cultivos más frecuentes son el Café, las flores y leguminosas como la papa. La agricultura es la que mantiene el departamento; algunas veces los cultivos dejan ganancias económicas para suplir otras necesidades o sino por lo menos el sustento diario está asegurado por esta actividad”.

 
  La cultura indígena nasa es muy rica en leyendas, mitos y rituales tradicionales. Su autonomía territorial, jurídica, política, cultural y administrativa está muy bien consolidada, reconocida y avalada nacional e internacionalmente. Calambás compartió, con este medio, una muestra de las tradiciones que siguen vivas en el imaginario indígena del Cauca. “De los rituales nasas fundamentales uno es el ritual de limpieza, de reinicio, donde a través de cantos, bailes y danzas tradicionales, y  través de ornamentaciones naturales y riegos o efusiones compuestas de plantas medicinales se hace un baño a las personas para estar en armonía con la naturaleza (hombre, naturaleza y cosmos). Se hace para alejar las influencias negativas y para preservar la cultura; que las fuerzas del hado  no invadan el pensamiento en su totalidad. Este ritual se hace para iniciar un periodo de tiempo, trascendental o cotidiano como el periodo de estudio, para inaugurar  nuevos sitios sociales, para  la inauguración  de casa, para darles la bienvenida a personas que estaban fuera y han regresado…”

 
  A veces, Alcibíades, siente nostalgia por las cosas que se han perdido o por lo que se ha dejado de hacer, “se añoran cosas que se han perdido pero no podemos sentarnos a llorar, sino disfrutar el presente y mirar que cosas positivas se pueden  hacer con lo que se tiene. Y siento nostalgia sobre todo por los  años que se me negó la oportunidad de sentirme indígena; duramente los 19 años que viví en Cali no tuve esa conciencia de ser indígena culturalmente hablando”.

 
  El veterano comunicador relata así su retorno al Cauca: “fue como un despertar de la conciencia porque descubrí muchas farsas que me habían enseñado en el colegio como que los indígenas eran unos salvajes y que ya estaban extinguidos y que los pocos que quedaban eran otra clase de personas, muy diferente a la concepción que ahora tengo de la cultura indígena. Impactante conocer un mundo paralelo que muchos desconocen, pero que allí siempre ha estado, conocer que la sabiduría, el gran conocimiento del hombre no está en las grandes urbes, sino en el saber tradicional de las comunidades indígenas  de mi país, Colombia, y en la sabiduría de muchas tradiciones de las comunidades campesinas que sin identificarse como indígenas tienen mucho que enseñar.

 
  Su trabajo como comunicador es trabajar en red: red de emisoras radiales, red virtual a través de la página virtual de la ONIC y las regionales y a través de la emisora virtual Dachi Bedea que el lengua embera significa Nuestra Voz. La comunicación al interior de la ONIC y de las comunidades indígenas es un claro ejemplo del trabajo en equipo, “El trabajo del equipo de comunicación de la ONIC no es independiente, sino que va ligado y relacionado con todas las áreas: cultural, social, económica, el área de DDHH… Nosotros debemos estar viajando a las regiones a apoyar las actividades que se realicen en las regiones. Somos un equipo de trabajo que manejamos diferentes temas, pero que confluye al mismo punto apoyándonos mutuamente”. Expresó.  

 
  Procesos de comunicación, experiencia técnica y comunicativa

 
  El comunicador indígena empezó trabajando con radios comerciales y la Radio Universidad del Valle, luego paso  a emisoras comunitarias de Piendamó y la Red de Radios Comunitarias e indígenas de todo el Cauca. “Las emisoras indígenas venían manejando el tejido de comunicaciones del Norte del Cauca especialmente y ese tejido de comunicaciones lo volvimos del Cauca donde estábamos emisoras indígenas y comunitarias legales y algunas ilegales pero en proceso de adquisición de la licencia. También estaba la Radio Universidad del Cauca vinculada, así creamos un tejido de comunicaciones encaminado más que todo a la radio, pero también se trabajo Internet, prensa escrita y televisión comunitaria”.

 
  Pese a la restricción para acceder a la adjudicación de una licencia de funcionamiento por parte del Estado aún cuando está previsto en la normatividad y la falta de recursos las emisoras indígenas y comunitarias se han convertido en portadoras de la cultura y una forma muy sutil de unidad entre pueblos indígenas.  La Ley 72 de  1989 en su articulo 1 dice “el Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Comunicaciones, adoptará la política general del sector de comunicaciones y ejercerá las funciones de planeación, regulación y control de todos los servicios de dicho sector”. En base a esto el Ministerio de Comunicaciones de Colombia expresa: “teniendo en cuenta la importancia de la radio comunitaria como factor de desarrollo económico, social y cultural, el ministerio inició en 1997 la adjudicación de licencias para la prestación de este servicio, con base en el decreto 1447 de 1995”.

 
  La reglamentación para el uso de las frecuencias de Radio y todo lo relacionado con la operatividad legal del medio en Colombia, está consignada en los decretos del Gobierno Nacional números 1445, 1446 y 1447 de 1995.

 
  Todo lo que brilla no es oro

  Sin embargo hay cierta marginalidad de la normatividad colombiana para el funcionamiento de las emisoras indígenas y comunitarias. “El Ministerio siempre pone trabas, por ejemplo la cobertura. La cobertura de una emisora indígena es de 250 vatios, W, de potencia; ahí entra a jugar la distancia por ejemplo Piendamó está a 24 kilómetros de Popayán y a 104 de Cali, si comparamos las radios comerciales de dichas ciudades tienen hasta 5 mil o diez mil watt,  es una diferencia abismal. La frecuencia es otro factor en contra, la emisora de Piendamó por ejemplo está ubicada en la frecuencia 88. 9 y hay una emisora comercial de Cali en la Frecuencia 89.1 y una de Santander de Quilichao en 88.7 y así solo se puede escuchar la de Piendamó en el casco urbano, ni siquiera en el casco rural se puede escuchar porque las otras le están invadiendo el  terreno que le corresponde”. Dice el comunicador indígena.
  Actualidad Étnica recientemente habló con un vocero del Tejido de Comunicaciones ACIN del Norte del Cauca, quien explicó que actualmente hay emisoras indígenas que emiten con 2000 vatios de potencia, pero la mayoría funcionan con menos de 1000 W. La fuente ratifica que cuando Calambás lideró la red el potencial de cobertura era realmente bajo. La legislación radial establece que una emisora comunitaria no puede ser una organización con ánimo de lucro, sin embargo  le permite recibir algunos recursos para funcionamiento por concepto de aportes, auspicio o contribución en dinero, colaboración o patrocinio (decreto No. 1021 de 1999). Pero esto no está garantizado y muchas veces las comunidades tienen que cubrir los gastos propios de la emisora. “Lo económico influye en la realización y calidad de los trabajos radiales, en las emisoras indígenas y comunitarias. La parte económica por momentos  y en algunos sectores  toca más a las comunidades y organizaciones que manejan las
 emisoras y en otros sectores les afecta la capacidad de organización”.

 
  Barreras mediáticas

 
  “A partir de lo que se da con  las normas se separa el trabajo que realizan comunidades indígenas, campesinos y afrocolombianos. La diferencia que muestran los medios masivos de comunicación entre campesinos, indígenas y  afrocolombianos abren distancias, pero no dejan de ser barraras mediáticas; las comunidades campesinas independientemente de su raza conviven mutuamente; su trabajo es mancomunado, de hecho la problemática es muy parecida, sostiene el líder indígena. Y agrega “son mundos diferentes en la medida que tienen diferentes culturas, diferentes visiones de ver el mundo, pero las comunidades trabajan mutuamente para poder pervivir, par poder sobrevivir ante el ataque feroz de la modernidad y permanecer unidos cultural y espiritualmente”

 
  La cultura de las comunidades tiene que ver con la forma de ver la vida, con la forma de concebir su pasado e idear el futuro, pero también tiene que ver con sus necesidades actuales; necesidades físicas, morales, espirituales, sus derechos y con el reclamo a los DDHH; tiene que ver con el derecho de los pueblos indígenas. Tiene que ver con su libertad territorial que va ligado al derecho a la libertad y a la autodeterminación, pero en Colombia el gobierno pretende confundir las cosas”. ¿En qué sentido?, le preguntamos: “Hago referencia al caso de los  Nukak Makú; el gobierno no quiere que ellos vuelvan a la selva, quiere enjaularlos en un área determinada y así convertir San José del Guaviare en un área turística. De esa forma el gobierno pretende mostrar los Nukak como el pueblo normada protegido y así salvaguardar su imagen ante los gringos, ufanándose de mostrarlos como el único pueblo nómada del mundo. Eso no es cultura restringirles su libertad, al contrario se les  debe respetar su cosmovisión y su cultura; el gobierno debería dejar de exhibirlos como esqueletos milenarios, como salvajes. Ellos también son humanos con necesidades; sus  derechos han sido violados, de hecho este año han muerto algunos de enfermedades porque el gobierno los saco de su hábitat natural”
  Dachi Bedea, Nuestra Voz

 
  Es la voz mayor de los pueblos indígenas ya que por estar inmersa en el mundo de Internet trasciende fronteras nacionales para llegar a cualquier parte del mundo y dar a conocer la cultura y la cotidianidad de las comunidades étnicas. “La programación que emitimos en Dachi Bedea son temas indígenas, con cultura indígena, con música y trabajos de las organizaciones indígenas, pero va dirigido al mundo exterior nacional y al público internacional. “Esa sintonía internacional repercute en que se va visibilizando la imagen de los pueblos indígenas, el conocimiento que tienen los extranjeros de los indígenas colombianos en su mayoría es gracias a al emisora y a la pagina virtual que van de la mano. De hecho el 70% de la audiencia es internacional y solo el 30% es nacional”

 
  Calambás, otra víctima de la violencia en Colombia

 
  Por cuestiones de persecución política tuvo que salir del Cauca. Por promover el trabajo social este comunicador nasa fue seriamente amenazado y en algunas ocasiones fue blanco de algunos atentados, por negarse a ser parte de actores armados que querían vincularlo a él y a los jóvenes del Cauca como parte de su estructura armada. “La juventud no tiene miedo; por eso los actores armados ilegales promueven campañas para vincular jóvenes a sus filas. Otro factor que juega en contra de los jóvenes es la falta de oportunidades, el ingreso económico tan precario: El monopolio de tierras por parte de las grandes multinacionales con el aval del gobierno van dejando a la juventud indígena y campesina sin opción de salir adelante y tal vez el único camino que les queda luego de ser despojados de sus únicas  oportunidades de sobrevivir tienen  que tomar la opción de las armas para no morirse o quedar en la calle”.

 
  En esta medida Calambás optó por motivar los jóvenes en contravía de la propuesta de los actores armados a trabajar en comunidad a aferrarse a sus familias, a los proyectos comunitarios y a distanciarse de cualquier agrupación armada o delincuencial, “por eso me hicieron salir corriendo y fue cuando la ONIC me tendió la mano y me recibió para trabajar en el proyecto comunicativo” explicó. ¿Y su aporte desde la comunicación a las comunidades indígenas? “El aporte es para la comunidad indígena en general y para Colombia; ayudar a visibilizar la cultura y las informaciones que los grandes medios masivos y el gobierno quieren ignorar y quieren tener tapado, eso es importante que se de a conocer y que la gente entienda que hay otro mundo, que hay otras cosas que aprender y que ver. Desde la ONIC se trabaja por todas las comunidades indígenas”.

 
  El papel de Actualidad Etnica y otros medios independientes

 
  “El verdadero drama, la riqueza cultural y cosmológica del pueblo  indígena hoy se conoce gracias a organizaciones prestigiosas como la ONIC, su página Web y su emisora y el sinnúmero de emisoras indígenas y comunitarias. También han contribuido a esta bella causa medios de comunicación tan importantes como el periódico Actualidad Étnica y todos los medios alternativos con que cuentan las organizaciones regionales y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales. Desde hace algunos años esa es la única arma con la que hemos podido contar los indígenas y también la gran mayoría de población colombiana hoy excluida e invisibilizada por los grandes medios y por el gobierno”.

 
  “En todo el mundo los medios masivos de comunicación circulan alrededor del poder que tiene el gobierno y ellos solo van a circular la información que le conviene al gobierno y la imagen que él quiere; así acomodan una realidad. La lucha de nosotros los medios alternativos  con ellos es desigual, pero hay que seguir luchando y claro que si bien una mínima parte de la gente escucha nuestra voz, también es cierto que esa mínima parte ha contribuido al cambio. Pero, sí el efecto es palpable y eso nos satisface mucho; es que ya uno habla con mucha gente y ve perspectivas diferentes a favor de los  pueblos indígenas y críticas frente al sistema imperante”.  

 
  “La incursión de estos medios en el mundo de las comunicaciones hace que nos duela menos esta realidad; porque no todo va a ser dolor y tristeza, algo nos queda para sonreír. Así mostramos la verdadera crónica de nuestro diario vivir y las nuevas generaciones van a tener la oportunidad de conocer la verdad que nunca se ha dicho”.


 
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#5132 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 5:39 pm
Asunto: Registro Civil incentiva el uso de nombres étnicos entre los indígenas
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Recuperación de la memoria ancestral:

Registro Civil incentiva el uso de nombres étnicos entre los indígenas

El MErcurio/ Domingo 22 de julio de 2007
PATRICIO GÓMEZ COUCHOT
 
merc070722
La conservación de los nombres indígenas para respetar las tradiciones aborígenes es la principal motivación del Registro Civil de la VIII Región.Foto:ROLANDO OYARZÚN
Organismo de la VIII Región inició inédita campaña entre los descendientes de las etnias locales para que eviten los nombres de origen anglosajón y español.




CONCEPCIÓN.- Aunque suene raro, nombres anglosajones como Jocelyn, Bryan, Jonathan, Jordan y Jennifer, y en menor proporción los de origen español, predominan entre los recién nacidos de la etnia pehuenche en la zona del Alto Biobío y entre los mapuches de la provincia de Arauco, en la VIII Región.

Y paradójicamente, la mayoría de los que optan por nombres de origen étnico para sus hijos son "huincas" o chilenos. El más popular es Millaray, que significa "flor de oro".

Un estudio del Registro Civil de la Octava Región estableció que la actitud de las comunidades originarias se justificaría por un intento de evitar ser discriminados en los principales centros urbanos del país. No obstante, a cambio, se va perdiendo una importante raíz de su cultura y tradición.

Sheissla Moraga, directora regional del Registro Civil, citó como ejemplo la comuna de Santa Bárbara, provincia de Biobío, que entonces incluía el sector de Alto Biobío antes de ser comuna. En 2005 registra 4.805 inscripciones de recién nacidos, de los que sólo 89 tenían nombres mapuches; de ellos, 87 eran hijos de familias chilenas y sólo dos de pehuenches.

En tanto, en la comuna de Cañete, provincia de Arauco, de 337 inscripciones, sólo nueve tenían nombres mapuches. Siete correspondían a hijos de esa etnia y dos a niños de padres chilenos.

En la comuna de Curanilahue, de la misma provincia, de 177 inscripciones sólo 28 optaron por nombres originarios, de los que sólo siete correspondían a hijos de familias mapuches.

En la comuna de Lebu, en tanto, de los 4 niños inscritos ese año con nombres mapuches, sólo uno era hijo de una familia de esa etnia, los restantes eran descendientes de padres chilenos.

Campaña

Debido a aquello, la directora regional del Registro Civil explicó que con apoyo de la Comisión Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) se impulsa un programa para incentivar el uso de nombres originarios.

"Queremos revertir las cifras, para que las etnias se reencuentren con su cultura y no recurran tanto a los nombres anglosajones o españoles", precisó.

Al efecto se distribuirán 10 mil ejemplares de un tríptico con nombres originarios denominado "Nombre mapuche: la memoria de mi ascendencia".

Éste contempla más de 30 nombres en mapudungun y su significado. Se espera que el programa Orígenes financie los afiches alusivos a esta campaña.

Sheissla Moraga explicó que también se establecieron contactos con los servicios de salud de zonas que concentran comunas con mayor población indígena para incentivar a las madres, desde el control del embarazo, a optar por nombres indígenas.

Según explica Moraga, se trata de una campaña de largo aliento, que requiere de un cambio cultural.

Pese a ello, se mostró optimista de su éxito ante la favorable recepción en las comunidades con las que se interactúa.

"Esperamos que este programa pionero sea emulado en todas las zonas del país donde hay pueblos originarios", precisó. En una segunda etapa se estudiará recuperar el significado de los apellidos, "porque muchos han perdido el origen de su raíz y significación".

EN CIFRAS

Registro de nacimientos

Registro Civil de la VIII aplica estudio el 2005.

Las inscripciones de recién nacidos en los últimos años que se analizaron fueron
26.512

Los nombres originarios en esa cifra apenas alcanzan a
200

RANKING

MANQUE Y ÑANCO son los nombres indígenas más populares entre las etnias locales.
 


 
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#5131 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Jue, 2 de Ago, 2007 1:10 pm
Asunto: Chile Abren conovocatoria a Concurso del Fondo de Protección Ambiental 2008
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SANTIAGO - CHILE

Abren conovocatoria a Concurso del Fondo de Protección Ambiental 2008

El Mostrador/ 1 de Agosto del 2007

La iniciativa impulsada por la Conama Metropolitana se orientará en esta oportunidad a los temas de "cambio climático", la "conservación de la biodiversidad" y "educación ambiental y eficiencia energética".



A partir de este miércoles y hasta el 3 de septiembre, la Conama metropolitana mantedrá abierta una convocataroria a organizaciones locales, ONGs y universidades para que participen en el XI Concurso del Fondo de Protección Ambiental (FPA) 2008.

Se informó que este año el certamen está enfocado en en los temas del "cambio climático", la "conservación de la biodiversidad" y "educación ambiental y eficiencia energética".

Para la línea temática "cambio climático" se impulsarán iniciativas que contribuyan a prevenir, disminuir y reducir gases de efecto invernadero, la adaptación de los cambios climáticos y la instalación de una conciencia colectiva.

En "conservación de la biodiversidad" se privilegiará la conservación y uso sustentable del patrimonio natural, sobre todo de sitios con valor para la conservación de la biodiversidad.

Por último, en el área de "educación ambiental y eficiencia energética" se promoverá la relación entre comunidad y escuela, a través del proceso de certificación ambiental de establecimientos educativos, también en alianza con el Programa País Eficiencia Energética del ministerio de Economía.

Para la Conama esta es una instancia que constituye la oportunidad de trabajar en conjunto con la ciudadanía y una herramienta efectiva para apoyar a la sociedad civil en el cumplimiento de ideas constructivas e innovadoras en el área medioambiental.

En base a estos lineamientos es que se duplicó el presupuesto para los FPA 2008, contemplándose una inversión a nivel nacional de 751 millones de pesos para un total de 174 proyectos y se financiarán, total o parcialmente, por cada iniciativa, entre dos y nueve millones de pesos.

El año pasado en la Región Metropolitana 32 proyectos obtuvieron financiamiento por un monto cercano a los 120 millones de pesos. De estas iniciativas, siete se orientan a programas destinados a la protección de la biodiversidad y las 25 restantes a acciones relacionadas con la gestión ambiental local.

Los antecedentes de esta primera etapa que sean preseleccionados podrán continuar en el segundo proceso de presentación de formularios de proyectos, cuyo plazo de postulación será entre el 1 y el 21 de octubre de 2007.

Finalmente la Conama metropolitana detalló que las organizaciones interesadas en participar podrán retirar las bases y formulario de presentación de proyectos en sus oficinas de Moneda 970, Piso 12, o a través del sitio web www.conama.cl/fpa.




 
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#5130 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mié, 1 de Ago, 2007 11:50 pm
Asunto: Ecuador: Convocatoria Taller de Comunicación
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Ukhamawa Noticias

Convocatoria abierta a Comunicadores(ras) de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas del Ecuador
 
CLACPI, Consejo Latinoamericano de Cine y Comunicación de los Pueblos Indígenas, CONAIE Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador, Colectivo de Comunicación RUPAI “RUNA PACHA SAPI ,“ Raíz del Hombre en la Tierra ”

Convocan

A comunicadores y Comunicadoras Sociales Indígenas, (videasta, radialistas, escritores, y artistas), sean autodidactas o con estudios superiores y/o relacionados al tema, que tenga un compromiso por el fortalecimiento de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas. A presentar sus hojas de vida con énfasis en experiencias de comunicación, realización y producción de  productos comunicacionales.

Para -previa selección a participar en el:
Taller de capacitación y asesoría permanente en el uso y manejo de tecnologías comunicacionales (video, radio, Internet, fotografía, televisión) y de elementos discursivos multimedia.
 
Con una duración aproximada de 7 meses. Con Especialistas de CUBA, MEXICO, BOLIVIA y ECUADOR

A realizarse en la ciudad de (Quito) a partir del mes de Octubre del 2007.
Este Taller tiene como objetivo crear una primera Unidad de Producción Audiovisual Regional permanente,
un espacio donde se realicen productos comunicacionales que visibilicen y posicionen a nuestros Pueblos y Nacionalidades a nivel local, regional y continental.
 
Fecha de inscripción: del 9 de Julio, al 24 de Agosto del 2007

PUEDEN INSCRIBIRSE:
Link de página Web de CONAIE www.conaie.org
AREA DE COMUNICACIÓN DE CONAIE Marcelo Chimbolema
Av. Granados y 6 de diciembre Teléfono (02)2452 335
marxcoro@... Cel: 085184132
RUPAI Mauricio Ushiña
Isla Isabela 642 y Tomás de Berlanga 085725318
Enviar a org_rupaie@..., inti_pacari@...         


 
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#5129 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mié, 1 de Ago, 2007 11:47 pm
Asunto: Ecuador: Convocatoria Taller de Comunicación
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Ukhamawa Noticias

Convocatoria abierta a Comunicadores(ras) de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas del Ecuador
 
CLACPI, Consejo Latinoamericano de Cine y Comunicación de los Pueblos Indígenas, CONAIE Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador, Colectivo de Comunicación RUPAI “RUNA PACHA SAPI ,“ Raíz del Hombre en la Tierra ”

Convocan

A comunicadores y Comunicadoras Sociales Indígenas, (videasta, radialistas, escritores, y artistas), sean autodidactas o con estudios superiores y/o relacionados al tema, que tenga un compromiso por el fortalecimiento de los Pueblos y Nacionalidades Indígenas. A presentar sus hojas de vida con énfasis en experiencias de comunicación, realización y producción de  productos comunicacionales.

Para -previa selección a participar en el:
Taller de capacitación y asesoría permanente en el uso y manejo de tecnologías comunicacionales (video, radio, Internet, fotografía, televisión) y de elementos discursivos multimedia.
 
Con una duración aproximada de 7 meses. Con Especialistas de CUBA, MEXICO, BOLIVIA y ECUADOR

A realizarse en la ciudad de (Quito) a partir del mes de Octubre del 2007.
Este Taller tiene como objetivo crear una primera Unidad de Producción Audiovisual Regional permanente,
un espacio donde se realicen productos comunicacionales que visibilicen y posicionen a nuestros Pueblos y Nacionalidades a nivel local, regional y continental.
 
Fecha de inscripción: del 9 de Julio, al 24 de Agosto del 2007

PUEDEN INSCRIBIRSE:
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#5128 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mié, 1 de Ago, 2007 2:55 pm
Asunto: México: “En pelotas” por la restitución de sus tierras
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Si bien sus movilizaciones no han dado hasta ahora resultados, los integrantes del movimiento de Los 400 Pueblos están decididos a continuar con sus particulares protestas.
CAMPESINOS MEXICANOS RECURREN HACE CINCO AÑOS AL DESNUDO COMO MÉTODO PARA EXIGIR JUSTICIA

“En pelotas” por la restitución de sus tierras
Desde el año 2002, unos 800 agricultores del estado de Veracruz desfilan como Dios los trajo al mundo por las calles de Ciudad de México para reclamar que se castigue a su “enemigo número uno”, el senador Dante Delgado.



Joaquim Ibarz /La Nación/ 27 de julio de 2007
“Como hombres de campo, desnudarnos es difícil; créalo, se nos cae la cara de vergüenza, pero las autoridades son insensibles a nuestros reclamos”, comenta Luis Vélez, campesino del estado de Veracruz (este de México). Como integrante del movimiento Los 400 Pueblos, hace cinco años que recurre al desnudo para exigir que les devuelvan sus tierras y castiguen a los políticos que reprimieron y expoliaron a los agricultores indígenas.
 
A estos singulares manifestantes se les conoce como los “encuerados”, un grupo de 800 campesinos de todas las edades que, cuando las condiciones del tiempo así lo permiten, desfilan por las principales avenidas de Ciudad de México como Dios los trajo al mundo. El grupo adoptó el nombre de una marcha que hubo en 1970 en la cual participaron 400 pueblos de México.
 
Habitantes permanentes de un “campamento”, formado por una cincuentena de tiendas que se instaló en el cruce de dos grandes avenidas de la Ciudad de México sobre la acera, algunos “encuerados” concurren a las protestas desnudos por completo, mientras otros cubren sus genitales con una foto del blanco de sus protestas: el senador Dante Delgado, líder del partido Convergencia, integrante del frente amplio de izquierdas que apoya al frustrado candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador.
 
La lucha de Los 400 Pueblos no ha sido sencilla. Exigen al Senado castigo para Delgado, quien durante su período como gobernador interino de Veracruz (de 1988 a 1992, época en que militaba en el Partido del Revolucionario Institucional) encarceló y torturó a 103 campesinos y les despojó de 2.000 hectáreas.
 
“Denunciamos a Dante Delgado por el despojo de tierras en mayo de 1992. En menos de dos semanas arrasó 14 pueblos, casas, escuelas, iglesia, cultivos y encarceló a 500 personas”, después liberadas, denuncia Judith Romero, de 45 años de edad, portavoz del movimiento y campesina de Chichicoaxtla.
 
Las protestas empezaron inmediatamente después de su expulsión, pero se endurecieron a partir del 2002 con los desnudos masivos. Su manifestación es simple pero impactante: media centena de hombres de todas las edades con la piel cobriza bailan desnudos con el sonido de tambores en céntricas avenidas del centro de México.
 
Las mujeres, mientras tanto, desnudas también, pasan sobre las aceras y entre los coches con un sombrero en la mano para cosechar fondos y distribuir propaganda. Luego los papeles cambian. Los más jóvenes protestan siempre vestidos.
 
A diferencia del resto de las recurrentes protestas que colapsan a menudo el centro de la capital mexicana, los nudistas no obstaculizan el paso de los autos. Todo lo contrario: si el semáforo está en verde ellos, bajo una absoluta disciplina, se limitan a desfilar en las orillas de las aceras haciendo triángulos o rectángulos según lo dicte el diseño de la acera o camellón, y atraviesan la calle perfectamente formados sólo hasta ponerse el verde.
 
MÉTODO DE LUCHA
¿Y por qué protestan desnudos? “Así nos dejo Dante, desnudos, pero no nos pudo quitar la dignidad”, explica la “encuerada” Judith Romero.
 
“Fue el último recurso. Inicialmente nos manifestábamos vestidos e hicimos una huelga de hambre frente al Senado, pero los legisladores se fueron de vacaciones sin darnos una respuesta. En la desesperación de ver que el Gobierno estaba muy cerrado, algunos compañeros decidieron desnudarse”, asegura Agustín Morales, agricultor de Misantla.
 
“Nos da pena ir desnudos, pero cuando hay represión no queda otra para obtener justicia. Vamos desnudos con calor o frío. Normalmente protestamos en la calle Reforma, en el monumento de Cuauhtémoc, porque nos identificamos con la resistencia del caudillo azteca. Algunos dicen que lo hacemos por exhibición, pero es un método de lucha. Hay vergüenza, pero queremos rescatar nuestra dignidad”, agrega el “encuerado” Morales.
 
Algunos capitalinos han llegado a percibir la manifestación como una protesta justa pero “dolorosamente estética”; otros piden “respeto a los niños” en tanto que los restantes critican la “pérdida de la dignidad”.
 
Los turistas a su vez vacilan entre tomarlo con diversión, incredulidad o compasión.
De hecho, el famoso fotógrafo Spencer Tunick supo de su lucha en su visita a México y comentó: “Es un movimiento admirable, al que respeto porque muestran que su cuerpo es puro”.
Pero el movimiento “nudista” no ha dado ningún resultado. Hace siete meses que presentaron ante el Senado una denuncia contra el ex gobernador y aún esperan una respuesta. Sin embargo, están decididos a continuar.
 
“Queremos llamar la atención de la ciudadanía. Seguiremos hasta que nos den respuesta, que el Gobierno nos devuelva nuestras tierras o que nos dé otras, sea donde sea”, sentencia Judith Romero, la portavoz de los “encuerados”.
 
© La Vanguardia
The New York Times Syndicate


 
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#5127 De: ukhamawa <ukhamawa@...>
Fecha: Mié, 1 de Ago, 2007 2:53 pm
Asunto: Santo Mapuche: Entre la Fe y la Ira
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Santo Mapuche: Entre la Fe y la Ira

Ceferino Namuncura, argentino, será formalmente beatificado en diciembre. El primer mapuche en los altares ha despertado la devoción de los católicos y la rabia de sectores indígenas.
Gerardo Espíndola/ El Morrocotudo.cl
Si bien no es el primer santo con sangre indígena, la próxima beatificación de Ceferino Namuncura, marca el hito del primer mapuche en los altares Católicos. Nacido en Argentina, hijo de una madre chilena cautiva y de un cacique que llegó a ser coronel del Ejército Argentino, será declarado formalmente beato en diciembre próximo.

Namuncura, quien viajó acompañado por sacerdotes salesianos a Roma, buscando ahí una forma de mejorar la tuberculosis que lo aquejaba,  falleció en la capital europea a los 18 años, allí permanecieron sus restos hasta ser trasladados a Argentina nuevamente. Tras la firma de Benedicto XVI, el pasado 7 de julio que declara a Ceferino como beato, se consuma esta etapa antes de la canonización.

A diferencia de Argentina, en nuestro país la figura de Ceferino Namuncura no despierta grandes devociones, ni popularidad ni en comunidades de iglesia, ni en sectores mapuches. En tanto, en Argentina dada la beatificación de este joven, se levantan tanto, voces de alegría en los fieles, como de rechazo por la decisión de la iglesia en algunas comunidades mapuches.
 
Entre quienes celebrán la beatificación, están sus familiares, quienes incluso están construyendo un templo con forma de cultrum para que descancen ahí los restos. Por ello, la familia Namuncura ha reclamado el cuerpo del sacro muchacho para que sean traslados a San Ignacio, localidad argentina cercana a Junin, donde habitan la mayoría de esta familia, encabezada por el último lonko Namuncura, Celestino de 78 años.

Desafortunadas palabras y el rechazo

“El anuncio de Jesús y su Evangelio no supuso, en ningún momento, una alineación de las culturas precolombinas, ni fue una imposición de una cultura extraña”, palabras de  Benedicto XVI en la V Conferencia Episcopal en Brasil este año, y que simbolizan uno de los mayores ruidos entre la iglesia hoy y los pueblos indígenas de América. Pues, es recurrente el discurso papal de eximir a la iglesia de la imposición de una nueva cultura y la muerte de miles de personas en nuestro continente  en la colonización; palabras contrarias a las de Juan Pablo II quien pidió perdón por estos crímenes.

Y son estas palabras las que hoy dan más fuerza a dirigentes mapuches argentinos, para oponerse a la beatificación de Ceferino Namuncura. Y es que por medio de una crónica publicada en Río Negro por el vocero de la Coordinación de Organizaciones Mapuches jorge Nahuel y titulada
“Ceferino, Un Santo Regalo”, afirma que esto se trata de un nuevo acto de manipulación de iglesia para con su pueblo.

En el texto de rechazo dice además que “se lo llevaron vivo a Roma. Como lo devolvieron muerto, para disimular semejante asesinato con pérdida de la identidad incluida ¡le prometieron devolverlo con títulos de semihéroe literario!: que le llamarían beato, que le llamarían santo”. Es con ese mismo ánimo, que el texto acusa a la iglesia de constantes imposiciones, asimilándola a las dictaduras de América y dejando claro su postura contraria a “este regalo que no pidieron”.  

Agrega además Nahuel que “luchamos contra estas invasiones y no aceptamos este perverso título para un hermano nuestro que murió a manos de la misma colonización. Desterrado de su "wajmapu" (tierra de origen), lo consumió la tuberculosis, esa enfermedad desconocida para nosotros”.

Santos, la sangre importa

Sumado a lo planteado por Nahuel, la beatificación de Namuncura se puede interpretar como un intento de tregua del Vaticano con los sectores americanos católicos de base que cada día se alejan más de la Iglesia. Recordemos
que las posturas más sociales y críticas católica nacieron en nuestro continente; acciones duramente criticada por el actual papa, incluso perseguida por su influencia cuando aun era obispo ligado a las cúpulas conservadoras.

Hoy nos encontramos con un discurso papal desintonizado con las conversaciones en el continente. Escenario complicado y que requiere un símbolo que oxigene la tensa relación, en una suerte similar a la canonización de Juan Diego, indígena mexicano a quien se le apareció la virgen de Guadalupe y que fue canonizado por Juan Pablo II, quien también hizo un reconocimiento de los crímenes en la época de colonización.

De esta forma, la beatificación del virtuoso adolescente mapuche, no solo es motivo de reconocimiento y fe para las comunidades católicas y fieles del venerable Ceferino. Sino pasa a ser oportunidad para la reflexión, debate y conversación sobre la Iglesia Católica hoy en la América Latina y la América Indígena y las señales detrás de este importante símbolo.
 
Ceferino Namuncura, entre la fe y la ira de una América inquieta. 
 
 

 



 
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