El día 5/02/07, LAFKEN LAFKEN ORG.AUKINWENTECHE <org.aukinwenteche@yahoo.fr > escribió:
Informe Procesal de Waikilaf Cadin CalfunaoEl motivo de la siguiente carta-informe es dar a conocer la situación procesal que vive el injustamente procesado Preso Político Mapuche Waikilaf Cadin Calfunao, debo señalar que la aproximación a este caso tiene una visión de dos semanas la cual ha sido complementada por las visiones del mismo Waikilaf y con la visión y respaldo de la señora Elizabeth Antilef (vocera de Waikilaf). El detalle cronológico y procesal que solamente es de manera inicial, ya que, el martes 6 volveré a Temuco para obtener cada uno de los registros orales y escritos del caso para abordar de manera adecuada y técnica, tal como se lo merece el caso:1.- Que con un día de anticipación, es decir, el 22 de enero del presente año decidí asumir la defensa de Waikilaf al cual visité en el centro de reclusión y por los datos dados por la señora Elizabeth Antilef, me di cuenta que transcurridos 5 meses ininterrumpidos de Waikilaf en prisión, este no estaba informado de su estado procesal, del detalle de las imputaciones en su contra, y lo que es peor se han dejado pasar tres oportunidades para reclamar por una revisión de medida cautelar (solicitar su libertad provisional) [i]. En ese contexto y con la noticia poco clara de que había una audiencia el 23 de enero, la cual nadie tenía detalle de su contenido. [ii]2.- Arribo a Temuco a las 6:30 a.m., del 23 de enero del presente año, solamente en esa ciudad y en el Juzgado de Garantía [iii], me di cuenta que la audiencia era de formalización. [iv] En aquella ocasión, la Jueza de Garantía, me solicitó en audiencia privada y me dijo que no podían entrar ninguna persona a la sala de Juzgado de Garantía por razones de "seguridad", a lo cual le inquirí que no estaba de acuerdo, sobre todo porque el proceso que promueve la propaganda de la reforma procesal penal es de un proceso transparente, oral, libre y con plena publicidad. [v] A ello la Jueza me responde que lo máximo que aceptaba era una audiencia con la presencia de tres familiares, a lo cual repliqué que habían en la antesala un conjunto de personas del extranjero que se llevarían la peor opinión de la administración de justicia chilena, ante ello y por el apoyo de otros defensores presentes, la Jueza accedió a que entrara todo el público que se encontraba en la antesala, incluido el conjunto de periodistas, entre los cuales se encontraban las tres televisoras más grandes del país. 3.- En el comienzo de la audiencia hacen entrar a Waikilaf con una seguridad inusitada, ya que, lo custodiaban 14 miembros de gendarmería unido con otros 5 del Juzgado de Garantía más los 10 efectivos de carabineros que estaban de la puerta del tribunal hacia fuera. Waikilaf entra descalzo y le alega a la Jueza de Garantía que ha sido golpeado en el trayecto Santiago-Temuco.4.- Al comenzar la audiencia y por el relato que hace de ella la Jueza de Garantía, me cercioro que el plazo de la investigación se encuentra agotado para lo cual yo podía jurídicamente solicitar el cierre de la investigación [vi]. Ante esta petición la Jueza se niega y de paso me señala, algo inédito, que la presente "audiencia" no se iba a realizar debido a que ha comprobado que existía un error administrativo. Ante esto le pregunta al Fiscal del Ministerio Público presente que si es verdad que se agotó el plazo de la investigación, a lo cual el Fiscal le responde que no tiene en la sala la carpeta de investigación. [vii] La Jueza se niega a dar la palabra, la que finalmente cede por la invocación de artículos del Código Procesal Penal que hago presente, para que me dé la palabra. Mi intervención está enfocada en denunciar lo irregular de lo ocurrido, a lo cual le apercibo tanto a la Jueza de Garantía como al Fiscal del Ministerio Público que esto será denunciado a los organismos pertinentes, porque las irregularidades en este caso, no son una anécdota, sino una falta al debido proceso con un imputado que se encuentra preso y lejos de su lugar de origen. Al término de la "audiencia" Waikilaf se despide de sus familiares, con lo que la Jueza de Garantía se molesta, tratando de amonestarme a mí como instigador del hecho.5.- En las afueras del Tribunal denuncio cada uno de los echos ante la prensa presente.6.- Estas denuncias a las irregularidades han sido cursadas y se encuentran en proceso. Como era de prever, cada uno de los intervinientes se esta imputando las culpas unos a otros, esto será aprovechando y capitalizado por esta defensa, en las futuras audiencias.7.- Posdata: Mi intención con de defensa no es solamente llevar a cabo en las audiencias una defensa formal y técnica, si no que también una argumentación que refleje y enfrente las abyectas imputaciones en contra no solo de Waikilaf, sino que también del pueblo mapuche. Estas audiencias por su naturaleza (orales) deben ser un escenario de lucha y reivindicación de los derechos del pueblo mapuche. Se despideLORENZO ANDRÉS MORALES CORTÉS.abogado, con maestrías y postgrados en la reforma procesal penal y en derecho penal.Con causa de distinta índole social.Domicilio oficina Agustinas 1022 oficina 328 de Santiago.Teléfonos 672-62-50.696-62-41.Fax: 697-42-75.Celular: 08-5273141.
[i] En estas audiencias las defensas aprovechan de reivindicar los derechos del imputado a parte de solicitar la libertad propiamente tal. La defensa anterior al no ocupar este resquicio perdió tres valiosas oportunidades.[ii] La audiencia era de formalización del presunto delito de amenazas, lo que era equivoco, ya que esta audiencia se había llevado a cabo el 23 de noviembre del 2006, error inexcusable debido de que se trata de un procesado preso.[iii] El Juzgado de Garantía es uno de los tres nuevos componentes de la justicia chilena (los otros dos son el Ministerio Público, los Juzgados de Juicio Oral en lo Penal). La función principal de estos jueces de garantía tal como su nombre lo indica es velar por la integridad y que se cumplan todos los derechos garantizados por la Constitución y los tratados internacionales.[iv] En la audiencia de formalización el Ministerio Público le da noticias al imputado que se encuentra bajo la investigación de este.[v] Publicidad es uno de los principios que iluminaron la presente reforma y solo en casos específicos se contempla que las audiencias tengan el carácter de privado.[vi] El cierre de la investigación es una presión para el Ministerio Público ya que, en un corto plazo debe acusar al imputado y si este no tiene las pruebas pertinentes que cumplan con el margen de objetividad exigidos por el Código Procesal Penal su acusación no tendrá peso jurídico, es por ello que los defensores siempre presionamos este plazo y estamos atento a su cumplimiento.[vii] La carpeta de investigación es un expediente que maneja el Ministerio Público en donde plasma cada una de las investigaciones realizadas como también las formalizaciones, pruebas de testigos, documentales, etc.Así también cada una de las solicitudes planteadas por los defensores los cuales tienen acceso a la carpeta y las copias y también el derecho de exigir diligencias, el anterior defensor no tiene copias de la investigación, no realizó ninguna petición ni menos solicitó diligencias .Fecha Temuco., veintitres de enero de dos mil sieteMagistrado CECILIA ELENA SUBIABRE TAPIAFiscal ROBERTO GARRIDO BEDWELL c/c CRISTIAN PAREDES VALENZUELADefensor LORENZO ANDRÉS MORALES CORTÉS (notificaciones lorenzimorales@yahoo.es, rigobertolopez1973@ hotmail.com
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