SOLICITA ACLARACION SOBRE BONO POR INCOMPATIBILIDAD DE PENSIONES
LEY 19.992
COPIA PARA DISTRIBUCION EN INTERNET
El siguiente texto fue enviado por correo electrónico al Sr. Ernesto
Evans Espiñeira, Director Nacional del Instituto de Normalización
Previsional, con fecha 1º de enero del 2005:
Señor
Ernesto Evans Espiñeira < eevanse@...>
Director Nacional
Instituto de Normalización Previsional
Santiago, Chile
Estimado Sr. Evans:
Me permito volver a escribirle, esta vez con el propósito de
solicitarle que tenga a bien aclarar el asunto relativo al bono por
incompatibilidad de pensiones que otorga la Ley 19.992. Como le
comnuniqué con fecha 30 de diciembre último, ese día recibí un
mensaje electrónico oficial del INP emitido desde
< Administracion.INP@...>
Dicho mensaje dice textualmente:
"La opción por cualquiera de las dos pensiones [de exonerado político
o de la Ley 19.992] le da derecho al bono de los $3.000.000. La
opción por una u otra pensión la debe indicar en las observaciones de
la Solicitud."
En el entendido de que esta información es correcta, la compartí de
inmediato con los 6 mil destinatarios de la lista de distribución
Política Cono Sur.
Sin embargo, con esta fecha, al visitar el sitio digital del INP,
encuentro la siguiente información:
http://www.inp.cl/inicio/ver_noticia.php?id_noticia=174
"3.- Presentada la solicitud, y en el momento en que el beneficio es
concedido, el beneficiario deberá optar por renunciar a la pensión si
existe incompatibilidad, recibiendo en ese caso el Bono."
En el contexto correspondiente, "la pensión" a la cual se hace
referencia en dicho párrafoi es la pensión que otorga la Ley 19.992.
Por tanto, según esto, sólo quienes renuncien a dicha pensión y
conserven la pensión de exonerado político tendrían derecho al
mencionado bono.
Esto está en abierta contradicción con la información que
oficialmente se me hizo llegar del INP por correo electrónico con
fecha 30 de diciembre último.
Además, cabe agregar que los incisos segundo y tercero del Artículo
2º de la Ley 19.992 claramente dicen:
"La pensión [reparatoria] establecida en el inciso precedente será
incompatible con aquellas otorgadas en las leyes números 19.234,
19.582 y 19.881 [relativas a exonerados políticos], pudiendo quienes
se encuentren en tal situación optar por uno de estos beneficios en
la forma que determine el Reglamento." [Inciso Segundo, Art. 2º, Ley
19.992]
"Con todo, aquellas personas que ejerzan la opción antedicha, tendrán
derecho a un bono de $3.000.000, el que se pagará por una sola vez
dentro del mes subsiguiente de ejercida la opción." [Inciso
Tercero, Art. 2º, Ley 19.992]
Por tanto, según la Ley 19.992, la información correcta es la que se
me hizo llegar con fecha 30 de diciembre último.
Bajo estas circunstancias, le agradeceré mucho que tenga a bien hacer
las aclaraciones del caso para evitar confusiones que afecten los
mejores intereses de los beneficiarios.
Saluda atte. a Ud.,
Germán F. Westphal M.
RUN 4.645.308-5
***
"HASTA LO BUENO LO HACEN MAL"
(Del film peruano "La Muralla Verde")
C.C. "A los H.H. Diputados de la República de Chile" < acardemi@...>,
aegana@..., agarcia@..., al@..., aleal@...,
alvarado@..., alvarez@..., amunoz@...,
anavarro@..., anibalpe@..., arobles@...,
ascencio@..., asepulveda@..., avargas@...,
barrueto@..., BertolinoRendicMario, btapia@...,
cdpia@..., cescalona@..., chidalgo@...,
cibanez@..., cjarpa@..., cleay@..., cmontes@...,
colivare@..., cpareto@..., crecondo@...,
ctoha@..., cvilches@..., dmolina@..., dpaya@...,
eaccorsi@..., ebauer@..., ecarabal@...,
ediaz@..., ejaramil@..., elagos@...,
eriveros@..., esaffirio@..., esalas@...,
esilva@..., etuma@..., evalenzuela@...,
fbayo@..., fencina@..., fespinoza@...,
fletelie@..., fmeza@..., frossi@...,
fsalaberry@..., gbecker@..., gceroni@...,
ggirardi@..., gibanez@..., gmuhlenbrock@...,
guriarte@..., iallende@..., imoreira@...,
inorambuena@..., iparedes@..., iurrutia@...,
jbarros@..., jburgos@..., jbustos@...,
jdittbor@..., jgalilea@..., jhernandez@...,
jjimenez@..., jkast@..., jmortiz@...,
jmulet@..., jperez@..., jpleteli@...,
jquintana@..., jtarud@..., julloa@...,
kuschel@..., lperez@..., lsanchez@...,
lsoto@..., luksic@..., macristi@..., masaa@...,
masferre@..., mbertoli@..., mcubillos@...,
merrazu@..., mescobar@..., mforni@...,
mmella@..., mrojas@..., mvarela@...,
nmonckeberg@..., opalma@..., paraya@...,
pcornejo@..., pgalilea@..., phales@...,
plonguei@..., plorenzi@..., pmelero@...,
pmunoz@..., pprieto@..., pwalker@...,
ralvarez@..., rdelmast@..., rmartine@...,
rmgarcia@..., rodrigogonzalez@..., rosadearica@...,
rperez@..., rseguel@..., saguilo@...,
scorrea@..., sojeda@..., svenegas@...,
villouta@..., vperez@..., vrebolledo@...,
wmora@..., xvidal@..., "A los H.H. Senadores de la República de
Chile" < aespina@...>, afoxley@..., ahorvath@...,
aparra@..., azaldiva@..., bprokurica@..., cbombal@...,
ccantero@..., cfrei@..., chadwick@..., eboening@...,
ecimma@..., efrei@..., ematthei@..., ezurita@...,
fcordero@..., fflores@..., gvaldes@..., hlarrain@...,
hsabag@..., jarancibia@..., jbusch@..., jcanessa@...,
jcoloma@..., jgarcia@..., jgazmuri@..., jlavand@...,
jnaranjo@..., jnovoa@..., jorpis@..., jpizarro@...,
jruiz@..., maburto@..., mcariola@..., mrios@...,
mruiz@..., navila@..., ominami@..., rmoreno@...,
rmunoz@..., rnunez@..., rstange@..., rvega@...,
sfernand@..., spaez@..., sromero@..., vierag@...,
zaldivar@...
|
Sáb, 1 de Ene, 2005 4:32 pm
Política Cono Sur <politicaconosur-owner@...>
gfwestphal
Sin conexión Enviar correo
|