Un cordial saludo a tod@s:
Mientras realizaba unas búsquedas sobre normatividad, me tropecé con
una norma que puede ser de interés para todos, principalmente para
aquellos que trabajan en archivos de entidades del sector público en
Colombia.
El artículo 24 del Decreto 2170 de 2002 "Por el cual se reglamenta la Ley
80 de 1993 [Estatuto Nacional de Contratación Pública], se modifica el
Decreto 855 de 1994 y se dictan otras disposiciones en aplicación de la
Ley 527 de 1999 [Ley de Comercio Electrónico]" señala lo siguiente:
"Salvaguarda de documentos electrónicos.- Toda la información
contenida en los documentos electrónicos que se produzcan durante un
proceso de contratación realizado con el apoyo de herrameintas
tecnológicas, hará parte del archivo electrónico de la entidad y
constituirá uno de los elementos del expediente del proceso de
contratación.
Las entidades estatales deberán adoptar las medidas necesarias para la
salvaguarda de esta información".
Esta norma da un aporte y constituye una responsabilidad en la
administración de documentos electrónicos, al menos en el ámbito de la
administración pública.
Un saludo,
Frey A. Narváez Villa
9o. semestre
Sistemas de Información, Bibliotecología y Archivística
Universidad De La Salle
Bogotá, Colombia
freynarvaez@...
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