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Amigos de las Asociaciones de Escalada Deportiva: Me dirijo a ustedes, a través de este medio electrónico de comunicación, para solicitarles formalmente el Fichaje de los Atletas afiliados a cada entidad federal (se anexa formato oficial). De acuerdo al artículo 7 (se anexa a continuación) de nuestro Reglamento Nacional de Fichaje (RNF, el cual se anexa), el proceso de afiliación tiene un plazo determinado, el cual solo será alterado en la categoría de los 14 años en adelante, debido a que la Carta Fundamental de los Juegos Deportivos Nacionales establece que el fichaje (y los cambios de entidad federal) debe realizarse en el año anterior a la realización de dichos Juegos. Artículo 7.- El período nacional de inscripción de atletas, de renovación de los ya inscritos y para el cambio de entidad federal, tendrá una duración de dos meses, iniciándose en 1º de enero y finalizando el 28 de febrero de cada año. Cada Asociación es responsable por este proceso, debiendo instruir convenientemente a las Ligas y Clubes respectivos en lo que respecta a este plazo y sobre los requisitos y condiciones establecidas por este RNF. Por tal motivo, en el Proyecto de inclusión de la Escalada en los Juegos Deportivos Nacionales Los Llanos 2007, la FEVME estableció que el proceso de fichaje de los escaladores que participarían en esos Juegos, se realizaría desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre del año 2006 (sin prórroga). Es por ello que, una vez más, le solicitamos el fichaje de los escaladores que están afiliados a esa entidad federal y que están aptos para competir en los eventos clasificatorios y en los propios Juegos Deportivos Nacionales Los Llanos 2007 (el resto, de las categorías inferiores, se regirá por lo indicado en el RNF). Le anexamos un formato específico, el cual deberá ser firmado y sellado por la Asociación (y enviado en formato PDF hasta el 31 de diciembre de 2006, con dichas firmas y sellos), y luego refrendado y convalidado por el Instituto o Fundación de Deporte Regional (durante los primeros 15 días del mes de enero de 2007 y enviado por MRW a la FEVME), evitando así cualquier posible reclamo o impugnación durante los eventos clasificatorios o durante los mismos Juegos Deportivos Nacionales Los Llanos 2007, cosa que ya ha sucedido en Juegos Deportivos Nacionales anteriores, más aún cuando la posición oficial y muy firme del Directorio del Instituto Nacional de Deporte es la de evitar la denominada "piratería" de atletas de una entidad a otra . Debido a ello, y para evitar dichos actos de impugnación, bien sea por parte de una Asociación que se sienta afectada de cualquier forma (los cuales resolveríamos en el mismo seno de la FEVME) o por parte de cualquier Instituto o Fundación Regional de Deporte (los cuales serían ventilados directamente ante la Asesoría Jurídica del IND), le recordamos los artículos del RNF, los cuales regulan específicamente estos cambios de fichaje. Le rogamos a todas las Asociaciones que vayan a realizar algún cambio, que cumplan cabalmente los requisitos establecidos, pues este RNF reposa, desde hace varios años, en el archivo de la Asesoría Jurídica del IND. Artículo 14.- Solo podrá autorizarse el cambio de Club o de Asociación en los siguientes casos comprobados: a) cambio de residencia de la familia del atleta; b) cambio de lugar de estudio o de trabajo del atleta; c) problemas comprobados en las relaciones del atleta con entrenadores o dirigentes; y d) cualquier otra circunstancia que a juicio de la Junta Directiva de la FEVME, justifique la necesidad de un cambio de Club o de Asociación. Artículo 15.- Para los cambios de Club o de Asociación se deberán anexar los siguientes recaudos, los cuales deberán ser analizados y aprobados por la Secretaría General de la FEVME: a) Carta razonada donde se solicite el cambio de Club o de Asociación; b) Documentos probatorios de cambio de residencia familiar; c) Documentos probatorios de estudios; y d) cualquier otro recaudo probatorio de la situación que origina la solicitud de cambio. Artículo 16.- Los atletas que por diversas razones se trasladen de una entidad a otra, están obligados a realizar su solicitud de cambio de Asociación o Club, durante el próximo período de inscripción. Mientras tanto podrán representar a la entidad de donde proceden. La Secretaría General de la FEVME es la encargada de acumular todos los expedientes, tanto del fichaje como de los cambios de entidad, de manera tal que deben dirigirse al Sr. Luis Díaz, para aclarar cualquier duda al respecto. Esta Secretaría llevará un archivo riguroso de los ORIGINALES del fichaje, así como de todos los recaudos correspondientes a los cambios de fichaje de una entidad a otra; teniéndolos a la disposición de cualquier Asociación que desee alguna consulta, y a la del Instituto Nacional de Deporte, en caso de cualquier impugnación futura. El proceso de análisis de los cambios de fichaje se debería realizar una vez que hayamos recibido los originales del formato de fichaje de todas las Asociaciones, con las firmas y sellos de convalidación de cada Instituto o Fundación Regional de Deporte. Se estima que 30 días posteriores a eso, una vez revisados todos los formatos recibidos, se publicará en la página web de FEVED ( www.feved.com) todas las listas. En la Junta Directiva no se ha decidido aún cuanto tiempo se permitirá para la impugnación de cualquier listado, pero para la fecha del primer evento clasificatorio en el mes de abril, se estima que deban estar resueltos todos los casos que se hayan presentado, de manera tal que no se presenten reclamos a posteriori, lo cual afectaría de alguna manera la buena marcha de los siguientes eventos. Sin más a que hacer referencia, me despido de ustedes. Atentamente, Prof. Néstor Carvajal
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Luis Diaz
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San Cristobal, Edo. Tachira, Venezuela.
