quería anunciarles que el domingo 18 de julio a las 10 pm. de España,
continuará el debate de la semana pasada sobre:
" Los pro y los contras de la medicina prepagada y... que hacer".
Esto tiene que ver con los seguros medicos, las obras sociales y como la
llamamos en Argentina, la medicina prepaga.
Asistirá especialmente invitado el Consejero de Presidencia de la C. A.
Islas Canarias
ex asesor de Sanidad.
Nuestra web está en:
http://crispin.ugr.es/~justicia
La web de la red Uninet está en:
http://www.uninet.edu
en ambas encontrarán los servidores de acceso y como disponer del programa
de mIRC free si es que no lo tienen.
Un saludo y los esperamos a todos
Nora Chaponick
ICQ 19179260
norach@...
norach@...
At 10:34 p.m. 16-07-99 -0400, you wrote:
Despenalización del aborto:
--
Mario Enrique Aguila Inostroza
Abogado U.C.
http://www.theoffice.net/ABH
ICQ Nº: 11343728
Puerto Montt (41,28s-72.57w) CHILE
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ABORTO - DERECHO COMPARADO
Casas, Lidia. La Despenalización del Aborto. Revista de la Academia de Derecho Universidad Diego Portales. (Santiago, Chile), Nº 2, 1993. p. 35-62.
Se plantea la despenalización del aborto para que la mujer tenga la posibilidad de terminar un embarazo no deseado, haciendo uso de los derechos que le confiere la ley como persona.
Existen sólo 17 países en el mundo donde el aborto es absolutamente ilegal. Desde el 15 de septiembre de 1989, Chile es uno de ellos. En los restantes 144 países, entre los que se incluyen España, Italia y Portugal, de fuerte raíz católica, las disposiciones legales permiten la interrupción del embarazo. En la prohibición del aborto, Chile está acompañado por Burkina Fasso, Egipto, Filipinas, Haití, Indonesia, Irán, Mali, Malta, Mauritania, Mongolia, Níger, Paquistán, República Centroafricana, República Dominicana, Somalia y Zaire.
La Ley 18.826 derogó en Chile toda posibilidad de aborto terapéutico. Esto se considera como un gran retroceso en materia legislativa sobre el tema, ya que en la mayoría de países avanzados, e incluso en América Latina se aboga por un sistema menos restrictivo de acceso al aborto.
Se exponen las disposiciones legales de Chile y España, analizando la jurisprudencia y doctrina de ambos países. También se expone brevemente la situación de Italia y Alemania, como asimismo las experiencias de otros países latinoamericanos.
Se señala que Alemania ha sido uno de los precursores en Europa Occidental en advertir los derechos constitucionales de la mujer a terminar con un embarazo.
En Italia, la despenalización del aborto -promulgada en la ley del 22 de mayo de 1978- se adoptó siguiendo el sistema de las indicaciones. En este caso, las circunstancias deben ser certificadas por un médico, y luego tanto el médico como la mujer deben firmar un documento. La mujer tiene que esperar un semana antes de practicarse el aborto y obtener consejería sobre alternativas al respecto. Este sistema de la posibilidad de que las mujeres piensen por más tiempo la decisión que han tomado.
En Argentina, el aborto es un delito contra las personas consagrado en los artículos 85 a 88 del Código Penal. Sin embargo, y a diferencia del Código chileno, la legislación argentina no sólo contempla el aborto terapéutico que es lícito siempre que el peligro a la vida de la madre no pueda ser evitado de ninguna otra forma, sino que además reconoce la licitud del aborto eugenésico, que incluye situaciones como la violación a una mujer demente o idiota.
Se estima que el aborto no es una decisión que una mujer tome con ligereza. Las secuelas psicológicas son graves y son agudizadas por el sentimiento de cometer un delito. Concebir un hijo no deseado también acarrea frustraciones, y muchas mujeres optan por no terminar con un embarazo por el temor a ser descubiertas, por el peligro de salud que ello implica y por sentimientos de culpabilidad. Encuestas realizadas en Chile a 2.485 embarazadas mostraron que en el grupo de mujeres menor de 20 años sólo el 28,6% deseaba el embarazo. Para el grupo entre los 20 y 25 años de edad, un 35,3% respondió desear su hijo.
Distintos autores han señalado que el bien jurídico de la vida no se ve protegido por disposiciones en contra del aborto terapéutico, al contrario, éstas causan un daño mayor en las mujeres que se someten a abortos clandestinos. Se señala que nuestro ordenamiento jurídico al coartar a la mujer su posibilidad de elegir libremente cuándo y cómo ser madre, crea un clima de violencia en la cual la vida de la mujer peligra. Dado que las modificaciones que transformaron el aborto terapéutico en delito en Chile, fueron introducidas arbitrariamente, sin debate ni información, es hora de que las mujeres participen en el debate sobre el tema y hagan saber su propia opinión
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