con la entrada en vigencia de la ley nº 20.000 en chile nace el delito
de microtrafico, el cual, para quienes vivimos en una ciudad
fronteriza como arica, es de común ocurrencia.
sin embargo, la jurisprudencia local no ha sido del todo uniforme en
este punto, como tampoco lo ha sido el criterio que han tenido los
fiscales al respecto.
¿existe algun criterio para determinar que se entiende por
microtrafico, y distinguirlo del trafico y del consumo?
saludos
omar