No cabe duda que dentro del delito de estafa, y para que este pueda configurarse
es necesaria la existencia del ardid o engaño que, para que se concrete tambien
precisa de la intencion de hacer incurrir en error a la victima y si bien en
ppio. en el caso presentado pareceria no existir, de todas formas creo que nos
estamos olvidando de la suma considerable que fue objeto del problema, ya que al
ser una gran cantidad de dinero podria pensarse en la mala fe del
cuentacorrentista, ya que convengamos que es muy dificil que una persona
disponga de tanto dinero no atendiendo a la causa por la que lo tiene a su
disposicion, o sea, lo que planteo es que al menos una duda tiene que haber
tenido y que la omision de tomar debidos recaudos para estar seguro, con el
consiguiente giro deliberado son "puntos en su contra".
Lo que se podria tomar en cuenta para fundar inocencia es la actividad habitual
de la persona y las sumas de las que usualmente acostumbra disponer.
atte.
paula B.
Distinguidos colegas:
Me permito poner en vuestro conocimiento para su
análisis, un caso que por su particularidad resulta ser atípico desde
una óptica penal.
Los hechos:
Un cuentacorrentista al tomar conocimiento del
saldo que mantenía en el Banco, constató con sorpresa que
aparecía un traspaso de fondos a su cuenta por varios millones de
pesos.
En un primer momento pensó que podría tratarse
del otorgamiento de una línea de crédito. Acto seguido,procedió a
girar gran parte del saldo disponible.
El Banco, cuyo sistema computacional se estaba
renovando, no encontró otro camino que querellarse en contra del
cliente por el delito de estafa.
Ausencia de un tipo penal: Los hechos
relacionados precedentemente, a mi juicio no configuran delito
alguno. No estamos en presencia de una estafa por faltar
prácticamente todos sus elementos constitutivos, como por ejemplo,
el engaño punible o el ardid. No se trata de una apropiación
indebida,ni menos, de un hurto de hallazgo, toda vez que en este
último ejemplo, el dinero se encontraba a disposición del cliente, en
su cuenta corriente, bajo su esfera de dominio. Finalmente, se echa de
menos la presencia de dolo penal.
Esperando sus valiosas opiniones jurídicas,
les saluda atentamente,
AEQUITATE
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