He aquí otra norma de interés:Atte.,
El auto acordado de la Corte de Apelaciones de
Santiago, de 12 de enero de 1935, dispone que de los
delitos cometidos fuera del territorio del Estado de
competencia de los tribunales chilenos, conocerá el
juzgado de turno en lo criminal de Santiago.
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Mario Enrique Aguila Inostroza
abogado U.C.
http://www.theoffice.net/ABH
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