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#95 De: "Javier Urrutigoity" <ju@...>
Fecha: Vie, 28 de Ago, 2009 9:43 pm
Asunto: RV: LA ARGENTINA INSOLENTE
ju@...
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Amigo, ¿vamos ahora por la INSOLENCIA!

 

Si logramos desterrar esta pandemia (mucho más grave que la gripe A, el dengue, el cáncer, HIV, etc.), dejaremos de vivir en esta ARGENTINA DESQUICIADA.

 

Por favor (mejor dicho, ¡hágase el favor y hágaselo a sus hijos y nietos!), si tiene la dirección de correo, al menos de uno, o algunos, de los que predican a diario, con sus declaraciones y ejemplo, la nefasta insolencia argentina, empezando por los más altos cargos del gobierno, dirigentes sindicales, empresariales, sociales, profesionales, etc., hágale llegar el mensaje del Dr. Rosen.

 

Dios y la patria se lo tendrán en cuenta. ¡Buen fin de semana!

 

Javier Urrutigoity

_________________________________________________

Av. San Martín 988 - 4º P - (M5500 AAW) Mendoza

Tel/Fax: 054.0261.4204416

ju@...

estudio@...

 

www.urrutigoity-linares.com


 



 

 

 

El Dr. Mario A. Rosen es médico, educador, escritor, y empresario exitoso. Tiene 63 años. Socio fundador de Escuela de Vida, Columbia Training System, y Dr. Rosen & Asociados. Desde hace 15 años coordina grupos de entrenamiento en Educación Responsable para el Adulto. Ha coordinado estos cursos en Neuquén, Córdoba, Tucumán, Rosario, Santa Fe, Bahía Blanca y en Centro América. Médico residente y Becario en Investigación clínica del Consejo Nacional de Residencias Médicas (UBA). Premio Mezzadra de la Facultad de Ciencias Médicas al mejor trabajo de investigación (UBA). Concurrió a cursos de perfeccionamiento y actualización en conducta humana en EEUU y Europa. Invitado a coordinar cursos de motivación en Amway y Essen Argentina, Dealers de Movicom Bellsouth, EPSA, Alico Seguros, Nature, Laboratorios Parke Davis, Melaleuka Argentina, BASF.


 




 

La Argentina Insolente

 

En mi casa me enseñaron bien.
Cuando yo era un niño, en mi casa me enseñaron a honrar dos reglas sagradas:

Regla N° 1: En esta casa las reglas no se discuten.
Regla N° 2: En esta casa se debe respetar a papá y mamá.

Y esta regla se cumplía en ese estricto orden. Una exigencia de mamá, que
nadie discutía.... Ni siquiera papá. Astuta la vieja, porque así nos mantenía
A raya con la simple amenaza: "Ya van a ver cuando llegue papá". Porque las
mamás estaban en su casa. Porque todos los papás salían a trabajar... Porque
había trabajo para todos los papás, y todos los papás volvían a su casa.

No había que pagar rescate o ir a retirarlos a la morgue. El respeto por la
Autoridad de papá (desde luego, otorgada y sostenida graciosamente por mi
mamá) era razón suficiente para cumplir las reglas.

Usted probablemente dirá que ya desde chiquito yo era un sometido, un
cobarde conformista o, si prefiere, un pequeño fascista, pero acépteme
esto: era muy aliviado saber que uno tenía reglas que respetar. Las reglas
me contenían, me ordenaban y me protegían. Me contenían al darme un
horizonte para que mi mirada no se perdiera en la nada, me protegían porque
podía apoyarme en ellas dado que eran sólidas.. Y me ordenaban porque es
bueno saber a qué atenerse. De lo contrario, uno tiene la sensación de
abismo, abandono y ausencia.

Las reglas a cumplir eran fáciles, claras, memorables y tan reales y
consistentes como eran "lavarse las manos antes de sentarse a la mesa"
o "escuchar cuando los mayores hablan".

Había otro detalle, las mismas personas que me imponían las reglas eran las
mismas que las cumplían a rajatabla y se encargaban de que todos los de la
casa las cumplieran. No había diferencias. Éramos todos iguales ante la
Sagrada Ley Casera.

Sin embargo, y no lo dude, muchas veces desafié "las reglas" mediante el
sano y excitante proceso de la "travesura" que me permitía acercarme al
borde del universo familiar y conocer exactamente los límites. Siempre era
descubierto, denunciado y castigado apropiadamente..

La travesura y el castigo pertenecían a un mismo sabio proceso que me
permitía mantener intacta mi salud mental. No había culpables sin castigo y
no había castigo sin culpables. No me diga, uno así vive en un mundo
predecible.

El castigo era una salida terapéutica y elegante para todos, pues alejaba el
rencor y trasquilaba a los privilegios. Por lo tanto las travesuras no eran
acumulativas. Tampoco existía el dos por uno. A tal travesura tal castigo.
 Nunca me amenazaron con algo que no estuvieran dispuestos y preparados a
cumplir..

Así fue en mi casa. Y así se suponía que era más allá de la esquina de mi
casa. Pero no. Me enseñaron bien, pero estaba todo mal. Lenta y
dolorosamente comprobé que más allá de la esquina de mi casa había
"travesuras" sin "castigo", y una enorme cantidad de "reglas" que no se
cumplían, porque el que las cumple es simplemente un estúpido (o un boludo,
si me lo permite).

El mundo al cual me arrojaron sin anestesia estaba patas para arriba.
Conocí algo que, desde mi ingenuidad adulta (sí, aún sigo siendo un
ingenuo), nunca pude digerir, pero siempre me lo tengo que comer: "la
impunidad". ¿Quiere saber una cosa? En mi casa no había impunidad. En mi
casa había justicia, justicia simple, clara, e inmediata. Pero también había
piedad.

Le explicaré: Justicia, porque "el que las hace las paga". Piedad, porque
uno cumplía la condena estipulada y era dispensado, y su dignidad quedaba
intacta y en pie. Al rincón, por tanto tiempo, y listo... Y ni un minuto
más, y ni un minuto menos. Por otra parte, uno tenía la convicción de que
sería atrapado tarde o temprano, así que había que pensar muy bien antes de
sacar los pies del plato.

Las reglas eran claras. Los castigos eran claros. Así fue en mi casa.
Y así creí que sería en la vida. Pero me equivoqué. Hoy debo reconocer que
en mi casa de la infancia había algo que hacía la diferencia, y hacía que
todo funcionara. En mi casa había una "Tercera Regla" no escrita y, como
todas las reglas no escritas, tenía la fuerza de un precepto sagrado. Esta
fue la regla de oro que presidía el comportamiento de mi casa:

Regla N° 3: No sea insolente. Si rompió la regla, acéptelo, hágase
responsable, y haga lo que necesita ser hecho para poner las cosas en su
lugar.

Ésta es la regla que fue demolida en la sociedad en la que vivo. Eso es lo
que nos arruinó. LA INSOLENCIA. Usted puede romper una regla -es su riesgo-
pero si alguien le llama la atención o es atrapado, no sea arrogante e
insolente, tenga el coraje de aceptarlo y hacerse responsable. Pisar el
césped, cruzar por la mitad de la cuadra, pasar semáforos en rojo, tirar
papeles al piso, tratar de pisar a los peatones, todas son travesuras que se
pueden enmendar... a no ser que uno viva en una sociedad plagada de
insolentes. La insolencia de romper la regla, sentirse un vivo, e insultar,
ultrajar y denigrar al que responsablemente intenta advertirle o hacerla
respetar. Así no hay remedio.

El mal de los Argentinos es la insolencia. La insolencia está compuesta de
petulancia, descaro y desvergüenza. La insolencia hace un culto de cuatro
principios:

- Pretender saberlo todo
- Tener razón hasta morir
- No escuchar
- Tú me importas, sólo si me sirves.

La insolencia en mi país admite que la gente se muera de hambre y que los
niños no tengan salud ni educación. La insolencia en mi país logra que los
que no pueden trabajar cobren un subsidio proveniente de los impuestos que
pagan los que sí pueden trabajar (muy justo), pero los que no pueden
trabajar, al mismo tiempo cierran los caminos y no dejan trabajar a los que
sí pueden trabajar para aportar con sus impuestos a aquéllos que,
insolentemente, les impiden trabajar. Léalo otra vez, porque parece mentira.
Así nos vamos a quedar sin trabajo todos.
Porque a la insolencia no le importa, es pequeña, ignorante y arrogante.

Bueno, y así están las cosas. Ah, me olvidaba, ¿Las reglas sagradas de mi
casa serían las mismas que en la suya? Qué interesante. ¿Usted sabe que
demasiada gente me ha dicho que ésas eran también las reglas en sus casas?
Tanta gente me lo confirmó que llegué a la conclusión que somos una inmensa
mayoría. Y entonces me pregunto, si somos tantos, ¿por qué nos acostumbramos
tan fácilmente a los atropellos de los insolentes? Yo se lo voy a contestar.

PORQUE ES MÁS CÓMODO, y uno se acostumbra a cualquier cosa, para no tener
que hacerse responsable. Porque hacerse responsable es tomar un compromiso y
comprometerse es aceptar el riesgo de ser rechazado, o criticado. Además,
aunque somos una inmensa mayoría, no sirve para nada, ellos son pocos pero
muy bien organizados. Sin embargo, yo quiero saber cuántos somos los que
estamos dispuestos a respetar estas reglas.

Le propongo que hagamos algo para identificarnos entre nosotros. No tire
papeles en la calle. Si ve un papel tirado, levántelo y tírelo en un tacho
de basura. Si no hay un tacho de basura, llévelo con usted hasta que lo
encuentre. Si ve a alguien tirando un papel en la calle, simplemente
levántelo usted y cumpla con la regla 1. No va a pasar mucho tiempo en que
seamos varios para levantar un mismo papel.

Si es peatón, cruce por donde corresponde y respete los semáforos, aunque no
pase ningún vehículo, quédese parado y respete la regla.

Si es un automovilista, respete los semáforos y respete los derechos del
peatón. Si saca a pasear a su perro, levante los desperdicios.

Todo esto parece muy tonto, pero no lo crea, es el único modo de comenzar a
desprendernos de nuestra proverbial INSOLENCIA. Yo creo que la insolencia
colectiva tiene un solo antídoto, la responsabilidad individual
. Creo que la
grandeza de una nación comienza por aprender a mantenerla limpia y ordenada.
Si todos somos capaces de hacer esto, seremos capaces de hacer cualquier
cosa.

Porque hay que aprender a hacerlo todos los días. Ése es el desafío.
Los insolentes tienen éxito porque son insolentes todos los días, todo el
tiempo. Nuestro país está condenado: O aprende a cargar con la disciplina o
cargará siempre con el arrepentimiento.

¿A USTED QUÉ LE PARECE? ¿PODREMOS RECONOCERNOS EN LA CALLE ?
Espero no haber sido insolente. En ese caso, disculpe.

Dr. Mario Rosen

(¿Sería muy insolente si le pido que lo reenvíe?)

 


 

 


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#94 De: "Hector M. Huici" <Hector.Huici@...>
Fecha: Lun, 22 de Dic, 2008 2:13 pm
Asunto: RE:
Hector.Huici@...
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Gracias Javier
 

Héctor M. Huici
M. & M. Bomchil
Tel.    +54 11 4321-7500
Tel. directo    +54 11 4321-7567

Fax     +54 11 4321-7555
c.e.   
mailto:hector.huici@...
www.bomchil.com
               
Este correo electrónico puede contener información confidencial y protegida legalmente bajo secreto profesional. La información está dirigida solamente a la persona o entidad indicada como destinatario y su acceso por cualquier otra persona no está autorizado. Si usted recibió este mensaje electrónico por error, infórmeselo al remitente y bórrelo. Muchas gracias.

 


De: derechoadministrativo@... [mailto:derechoadministrativo@...] En nombre de Javier Urrutigoity
Enviado el: lunes, 22 de diciembre de 2008 12:05
Para: Javier Urrutigoity
Asunto: [derechoadministrativo]

Javier Urrutigoity

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estudio@urrutigoity-linares.com

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#93 De: "Javier Urrutigoity" <ju@...>
Fecha: Lun, 22 de Dic, 2008 2:04 pm
Asunto: (sin asunto)
ju@...
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Javier Urrutigoity

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#92 De: "Javier Urrutigoity" <ju@...>
Fecha: Vie, 4 de Abr, 2008 4:36 pm
Asunto: (sin asunto)
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Estimados, adjunto invitación al acto académico del próximo jueves 10.

 

A quienes puedan acompañarnos: R.S.V.P.

 

Cordiales saludos y los esperamos,

 

Javier Urrutigoity

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#91 De: "Javier Urrutigoity" <ju@...>
Fecha: Vie, 4 de Abr, 2008 4:02 pm
Asunto: Carta a Cristina
ju@...
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Aunque un poco atrasada vale la pena releerla. Saludos

 

 

HOLA CRISTINA:

 

Ya sé que esta fue una semana terrible, y sabiendo de tus antecedentes bipolares, me imagino que, mas allá de lo que pretendas aparentar, te debés estar sintiendo como el traste. Pero sucede que la voluntad popular, con la sabiduría que la caracteriza, te eligió para que nos gobernaras en los próximos 4 años, al entender que, dada como estaban las cosas, nadie mejor que vos podía estar al comando del país y ya embarcados en esto, todos sabemos que tenemos que apoyarte para que sigas, si o sí, hasta la próximas elecciones constitucionales

 

Por esa razón, mi negra, me animo a mandarte estas líneas, con la más pura y genuina intención de darte algunos consejos para ver como hacemos para zafar de este quilombo donde estamos metidos ( sí,porque todos estamos hasta las manos con esto) y encontrar un camino que nos permita recorrer los 3 años y nueve meses que faltan hasta que le pases la banda presidencial a tu sucesor, el que andá haciendote a la idea desde ahora, no va a ser un pingüino....

 

Sí, mi Reina: lo primero que tengo que decirte con la mano en el corazón y por más que sé que te va a doler en el alma que te lo diga, es que después del cagadón que te mandaste el martes con tu discurso, rifaste en un abrir y cerrar de ojos todo el capital político que en los últimos cuatro años construiste junto a Lupín, rompiendo tu relación con el verdadero sector que te apoyó en las últimas elecciones, y el que te financió, a través de las retenciones a los cereales, carne y leche, todos los votos que compraste en el conurbano bonaerense.

 

Lamentablemente, más allá de lo que negocies y acuerdes ahora, esta relación se quebró, y en la próximas elecciones el campo te va a pasar la factura. Pero, bueno, seamos proactivos y veamos como hacemos para que el tiempo que te falta para terminar tu mandato sea fructífero para todos y que para que cuando vuelvas a Santa Cruz a atender tus negocios inmobiliarios (que aparentemente son bastantes más rentables que sembrar soja, si tomamos en cuenta como creció tu patrimonio en el último año) al menos no nos dejes un recuerdo demasiado amargo....

 

Lo primero, Cris, que tenés que hacer, es dejarte de joder con el fantasma del Golpe del ´76. Ya pasó, ya aprendimos la lección y cada vez que hacés mención a eso, lo único que hacés es reabrir heridas al reverendísimo pedo.

 

Después, Corazón, distanciate de los impresentables que te rodean: De Vido, D´Elia, Moyano, Samid, Anibal Fernandez, Moreno... Acaso hace falta que te los mencione? Mil veces te peleaste con Ernesto y juraste que cuando seas presidente no los ibas a convocar.....La verdad es que todos pensamos que ibas a echarles flit en cuanto asumieras y que ibas a corregir el aspecto más criticado del gobierno de tu marido.. Estás a tiempo, haceme caso y pegales una patada en el culo cuanto antes....

 

El jueves estuviste bien: cambiaste bastante ese tonito que tenés que tanto irrita.... Probá de mostrar tu parte femenina, esa mezcla de sensibilidad y carácter que tienen las verdaderas mujeres con OVARIOS, aquellas que infinidad de veces nos han demostrado a los hombres que no sólo pueden gobernar un país, una provincia o un pueblo, sino que también pueden LIDERAR a las masas, ya que ser un verdadero LIDER no tiene que ver con el género....

 

Y ya que hablamos de LIDERAZGO, ejercelo desde tus ideas,desde tus políticas y de tu ejemplo, y no lo confundas con la sumisión y obsecuencia que genera sentarse sobre la caja y alinear a todos tus 'súbditos', so pena de dejarlos fuera de la repartija: esto genera ESPEJISMOS, tal como el te obnubiló el martes cuando saliste a decir semejante cantidad de pelotudeces, las que te pusieron al peligroso borde del ridículo, desde donde, huelga decir, no se vuelve. Sino, preguntale a Chupete......

 

En la parte económica, aprovechá lo que queda del viento de cola internacional y del boom de los comodities y utilizá inteligentemente la TORTA de guita que estás recaudando para hacer crecer la economía captando capitales genuínos y generando un crecimiento sustentable, basado en una verdadera competitividad, y no en esta mentira de eficiencia que vivimos hoy, que no es más que un patético cocktail de salarios miserables con comida barata. Mas temprano que tarde, esta coyuntura se va a terminar, las soja y el maíz van a valer lo que valieron históricamente, se te va a esfumar el superavit fiscal y vos vas a quedar colgada como barrilete en los cables, con una economía totalmente distorsionada por una maraña de subsidios caros y poco efectivos, los que no se van a poder financiar a menos que quieras seguir metiéndole la mano en los bolsillos a los chacareros, que tal como te lo demostraron esta semana, cuando se enojan lo hacen en serio..... Te reitero: sincerá la economía y utilizá eficientemente tus recursos con políticas activas para mejorar la inclusión social, sin crear pulpos burocráticos que son en definitiva los que se quedan con la mayoría de esos recursos... No creés que tus subsidios se terminan dispersando en cualquier lado???

 

Por último, un pequeño párrafo para la política internacional: mi consejo más sano es que lo copies a Lula: viste lo vivo que resultó ser? No te dá un poquito de envidia de ver como les está yendo a los Brasucas? No te parece que hacemos el ridículo al lado de Chavez? No te parece que estamos quedando cada vez más aislados???? Negri, si acá no vienen inversiones, estamos en el horno!!! Viéndonos de afuera, Vos pondrías un mango es este país??? Dale, apostá a ser PREVISIBLES y CONFIABLES, y vas a ver como nos va a ir mejor. Ah, y otra cosa, te pueden gustar o no los yankees, pero una cosa vas a tener que aprender: la justicia de ellos funciona y en serio!!, Así que cuidate mucho de hablar de complots o historias como esas si te involucran en algo, porque te hacen ver como una presidenta bananera, más aún cuando tu país es POBRE y vos te empeñás en mostrar tu Rolex President y tus carteras Louis Vuitton....Aparte, te pueden mandar en cana y de eso, allá, no te salva ni Dios, te llames como te llames.

 

En fin, Mi Diosa, ojalá interpretes positivamente estos consejos que te dá este amigo anónimo, que no es más que uno de los tantos argentinos que laburamos para criar a nuestros hijos y que no nos resignamos a ser parte de otra generación de fracasados. Te NECESITAMOS y tu éxito es nuestro éxito. Por eso te pido, humildemente.... por favor.... ponete las pilas, levantate más temprano y aparecete por la Rosada tipo ocho u ocho y media, y dale duro todo el día.... Vas a ver que trabajar trae SUERTE, espanta los malos espíritus y sobre todo CONTAGIA... 

 

Un beso y decile a tu nena que maneje con cuidado el minicooper que le regalaste, ya que por más que sea más caro, no es una 4X4 y si se mete en el barro,se va a encajar....Ah, y a Lupín decile que no se confíe en los socios que se consiguió para 'unificar' el Peronismo: son todos muy traicioneros y cuando Ellos vean que se le empieza a 'licuar' el poder, lo van a dejar sólo como a un croto malo....

 

Tu Amigo Invisible

 



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__________ Información de NOD32, revisión 3003 (20080404) __________

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#90 De: "Javier Urrutigoity" <ju@...>
Fecha: Jue, 13 de Dic, 2007 10:15 pm
Asunto: Participación
ju@...
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Estimados:
 
Quería compartir con Uds. una muy felíz noticia: El Consejo Superior de la U.N. de Cuyo, en forma unánime, ha designado a Jorge Sarmiento Profesor Emérito de esa Universidad.
 
Para quienes somos (o hayan sido) sus discípulos, amigos, compañeros de cátedra, o del IEDA, alumnos o ex-alumnos, etc., constituye un motivo de enorme alegría este justo reconocimiento a más de 40 años de dedicación docente ejemplar .
 
En la seguridad de que compartirán este júbilo, no podía dejar de informarles la buena nueva.
 
Además, aprovecho la oportunidad para desearles unas muy felices fiestas.
 
Cordiales saludos,
 
Javier Urrutigoity
_________________________________________________
Av. San Martín 988 - 4º P - (M5500 AAW) Mendoza
Tel/Fax: 054.0261.4204416
 
www.urrutigoity-linares.com

#89 De: Liendo Horacio Tomas <htl@...>
Fecha: Vie, 21 de Sep, 2007 10:30 pm
Asunto: Seminario Argentina 2008 - Perspectiva de Negocios
htl@...
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INFORMES E INSCRIPCIÓN:
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
www.liendo.com.ar/seminario.html  //  +54 11 4325-2112
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
www.fortunati.com.ar/seminario.html  //  +54 11 5219-1300

#88 De: "Guido Santiago Tawil" <guido.tawil@...>
Fecha: Mar, 10 de Jul, 2007 3:27 pm
Asunto: Clásicos del derecho administrativo español
guido.tawil
Sin conexión Sin conexión
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Un link interesante que llegó desde España. Util para identificar
algunos viejos maestros mas allá de algunos errores.


http://grupos.unican.es/ada/AEPDA%
20Clasicos/Presentation_Files/index.html

#87 De: "Javier Urrutigoity" <ju@...>
Fecha: Mié, 9 de Ago, 2006 2:36 pm
Asunto: II Congreso de ASIER. Regulación, instituciones y competencia en sectores estratégicos
ju@...
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Segundo Congreso de ASIER. Regulación, instituciones y competencia en sectores estratégicos


29 de noviembre al 1 de diciembre de 2006


 

 

Segundo Congreso de ASIER. Uruguay, noviembre de 2006

Regulación, instituciones y competencia en sectores estratégicos


 

PRIMERA CONVOCATORIA.

La Asociación Iberoamericana de Estudios de Regulación, ASIER, anuncia la convocatoria del II Congreso Iberoamericano de Regulación Económica, que versará sobre "Regulación, instituciones y competencia en sectores estratégicos" y se celebrará en Montevideo, Uruguay, los días 29 de noviembre al 1 de diciembre, en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay.

 

ASIER invita cordialmente a todos a someter al Comité Organizador ponencias o comunicaciones para incluir en los debates. Su plazo de admisión estará abierto hasta el próximo 30 de septiembre y los textos que se presenten deberán estar en relación con las siguientes temáticas generales y específicas:

 

a) Temática general.

La regulación para la competencia es hoy la clave para el desarrollo de los sectores estratégicos de la sociedad (agua, energía, transportes, comunicaciones..., todos ellos antiguos monopolios públicos), en los cuales no solo se ha introducido la participación del sector privado a través de diferentes modalidades operativas como son las privatizaciones, licencias, concesiones, arrendamientos de infraestructuras, contratos de gestión, etc., sino también se ha erigido la competencia como principio básico de su ordenación, puesto al amparo de los correspondientes organismos reguladores.

Tal modalidad de regulación se sostiene sobre unas instituciones jurídicas y políticas de cuyo buen funcionamiento depende. Entre las primeras figuran: a) un sistema normativo capaz de ordenar la transición del monopolio a la competencia y de incorporar nuevos agentes al sector; b) fórmulas de establecimiento de relaciones jurídicas, actos y contratos, adecuadas a los nuevos agentes y sus interacciones; c) sistemas jurídico-institucionales de supervisión y control eficientes, objetivos e independientes; y d) un sistema eficaz de solución de conflictos. Entre las segundas cabe mencionar: a´) un reparto claro de actividades y responsabilidades entre la iniciativa privada y los poderes públicos; y b') el buen funcionamiento de los organismos gubernamentales y las políticas públicas que aportan estabilidad y seguridad jurídica a tales sectores, al tiempo que identifican, imponen y hacen cumplir las misiones de servicio público que sean necesarias.

Estas instituciones determinan el objeto general sobre el que se centrará el Congreso, en el que trataremos de dar respuesta a preguntas como las siguientes:

 

El actual desempeño de las instituciones que conforman los sectores estratégicos en los países iberoamericanos ¿es satisfactorio o insatisfactorio?; ¿se sienten protegidos los usuarios?; ¿y las empresas?

 

El comportamiento de los poderes públicos en materia económica ¿suscita confianza o levanta incertidumbre?; ¿atrae o disuade a la inversión?

 

La evolución de la competencia en cada sector, ¿ha sido realmente efectiva o necesita algún tipo de ajuste?.

 

La defensa de la competencia general y la regulación sectorial tienden a solaparse y/o entrar en conflicto en los sectores estratégicos; ¿como pueden armonizarse ambas?.

 

Los modelos, sistemas y procedimientos para la participación privada en dichos sectores utilizados en Iberoamérica ¿son los adecuados? ¿qué alternativas existen aplicables en la Región?

 

Los mecanismos de solución de conflictos usualmente previstos en los marcos de relaciones contractuales "público-privadas" en estos sectores ¿resultan apropiados a las características del entorno iberoamericano?

 

b) Materias específicas

Junto a cuestiones generales como las anteriores, se recomienda a los interesados el análisis de alguna de las siguientes materias:

 

Puntos fuertes y débiles de las instituciones en vigor. ¿Son eficientes los reguladores?; ¿son adecuadas sus relaciones con el Gobierno?; ¿ante quién deben rendir cuentas?

 

¿Sería interesante un código de conducta para los reguladores? ¿con qué contenido?. ¿y un estatuto general de los servicios públicos?.

 

La regulación de acceso a infraestructuras y redes eléctricas, de gaseoductos, oleoductos, de telecomunicaciones, etc ¿tiene efectos positivos o negativos sobre su financiación y despliegue?.

 

En los sectores energéticos ¿cómo se compaginan los intereses nacionales, la seguridad del suministro y la promoción de la competencia? .

 

Los comercializadores forzosos de suministro de energía o telecomunicaciones ¿deben ser impulsados?.

 

Las empresas mixtas y la participación público-privada, ¿representan una solución equilibrada para la gestión de las empresas?; en su caso, ¿como podrían mejorarse o reforzarse estos contratos?.

 

Las empresas públicas y las empresa mixtas con capital público ¿pueden someterse a la regulación para la competencia del mismo modo que los operadores privados?.

 

En los sectores donde la competencia está más avanzada ¿como sabremos cuando la regulación "ex ante" debe ser sustituida por la defensa de la competencia "ex post"?

 

¿Cuáles son las bases a partir de las cuales pueden establecerse adecuados mecanismos de control de actividades en tales sectores?

 

Esta relación es meramente indicativa y está abierta a cuantas aportaciones sintonicen con el espíritu de la convocatoria. Su formato y extensión serán libres, si bien el tiempo de exposición estará limitado, en función del número de participantes en los distintos paneles, a unos quince o veinte minutos.

 

El envío de los textos podrá hacerse como "proyecto" de ponencia, dotado del suficiente detalle para que pueda valorarse su contenido, o como ponencia completa, lo que se recomienda. Se utilizará preferente el formato electrónico, remitiéndolos por e-mail al más próximo de los siguientes coordinadores nacionales:

 

Argentina:

Pablo E. Perrino

pperrino@...

 

Brasil:

Floriano J. Azevedo Marqués Neto

floriano@...

 

Colombia:

Felipe de Vivero Arciniegas

devesp@...

 

Chile:

Mauricio Viñuela Hojas

mvinuela@...

 

España:

Juan Miguel de la Cuétara Martínez

jmcuetara@...

 

Perú:

María Teresa Quiñones Alayza

mtquinones@...

 

Venezuela:

José Ignacio Hernández G.

jihernandezg@...

 

Uruguay:

Ignacio Aragone Rivoir

ignacio.aragone@...

 

No es necesario ser socio de ASIER para presentar ponencias o comunicaciones, siendo el único requisito de admisión su calidad y la aportación de ideas que merezcan ser discutidas. Todos los originales deben llevar una identificación completa de su autor y una dirección electrónica para sostener correspondencia sobre su contenido.

 

Cualquier cuestión relativa a la presente convocatoria puede ser planteada ante

 

D. Javier Urrutigoity, Secretario General de ASIER

ju@...

 

D. Ignacio Aragone, Coordinador del Congreso en Montevideo

ignacio.aragone@...

 

 

 

 


#86 De: Agustín A.M.García Sanz <agustin@...>
Fecha: Mié, 26 de Jul, 2006 7:02 pm
Asunto: Control de Precios
agustin.gsanz
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Estimados colegas,

Estoy investigando para un artículo el tema de los controles de precios en alquileres de inmuebles y me sería de utilidad contar con todas las referencias de artículos y datos de interés posibles. Acudo a vuestra memoria y, por qué no, a sus impresiones sobre el tema. Todo dato será agradecido. Mi cuenta personal es agustin@....

Saludos cordiales,

Agustín A. M. García Sanz
agustin@...



#85 De: "Guido Santiago Tawil" <guido.tawil@...>
Fecha: Sáb, 1 de Jul, 2006 3:02 pm
Asunto: Re: Congreso ASIER Montevideo 29-11 al 1-12/06
guido.tawil
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Gracias por la información, Javier. El evento parece muy interesante
y una buena ocasión para conocer a otros colegas latinoamericanos.
Cuando vos o Pablo tengan el programa definitivo, agradecería que lo
comuniquen al Foro.

Cordialmente,

Guido

--- En derechoadministrativo@..., "Javier Urrutigoity"
<ju@u...> escribió:
>
> Estimados:
>
> El objeto del presente es adjuntarles la convocatoria al II
Congreso
> Iberoamericano de Regulación Económica, que versará
sobre "Regulación,
> instituciones y competencia en sectores estratégicos" y se
celebrará en
> Montevideo, Uruguay, los días 29 de noviembre al 1 de diciembre,
en la
> Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay.
>
> Desde ya agradecemos la difusión que puedan hacer de la misma
entre los
> posibles interesados.
>
> Cordiales saludos,
>
>
> Javier Urrutigoity
> _________________________________________________
> Av. San Martín 988 - 4º P - (M5500 AAW) Mendoza
> Tel/Fax: 054.0261.4204416
> ju@u...
> estudio@u...
>

#84 De: "Javier Urrutigoity" <ju@...>
Fecha: Vie, 30 de Jun, 2006 1:50 pm
Asunto: Congreso ASIER Montevideo 29-11 al 1-12/06
ju@...
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Estimados:
 
El objeto del presente es adjuntarles la convocatoria al II Congreso Iberoamericano de Regulación Económica, que versará sobre "Regulación, instituciones y competencia en sectores estratégicos" y se celebrará en Montevideo, Uruguay, los días 29 de noviembre al 1 de diciembre, en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Uruguay.
 
Desde ya agradecemos la difusión que puedan hacer de la misma entre los posibles interesados.
 
Cordiales saludos,
 
 
Javier Urrutigoity
_________________________________________________
Av. San Martín 988 - 4º P - (M5500 AAW) Mendoza
Tel/Fax: 054.0261.4204416

#83 De: "aphualde" <aphualde@...>
Fecha: Mar, 13 de Jun, 2006 10:25 pm
Asunto: Felicitaciones
aphualde
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Me sumo a las felicitaciones. Son distinciones necesarias hacia
quienes nos guían en nuestro análisis de estos temas tan
controvertidos. Comparto el criterio del distinguido jurado.

Alejandro Pérez Hualde.

#82 De: Laura Monti <laurammonti@...>
Fecha: Mié, 31 de May, 2006 7:13 pm
Asunto: Re: Felicitaciones
laurammonti
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Estimados amigos:
Me sumo con alegría a las felicitaciones a los Dres. Mairal y Luqui por haber sido galardonados con un premio tan importante, sin dudas más que merecido por ambos.
Saludos
Laura Monti


 

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#81 De: Alberto M. Sánchez <am_sanchez@...>
Fecha: Mié, 31 de May, 2006 12:34 pm
Asunto: Re: Felicitaciones
am_sanchez@...
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Estimados amigos:
Me sumo a las congratulaciones por la premiación a los Dres. Mairal y Luqui, merecedores sin dudas de este justo reconocimiento.
No deja de tener aún mayor relevancia por la presencia de los Dres. Cassagne y García Belsunce en el Jurado.
Un cordial saludo a todos.
___________________________________
Alberto M. Sánchez
Doctor en Derecho
SANCHEZ & CONTE-GRAND
Sarmiento 179 Norte (5400) San Juan
Tel./|Fax. 0264-4213213/4203535/4221135
amsanchez@...
www.sanchezyconte-grand.com.ar
----- Original Message -----
Sent: Monday, May 29, 2006 9:31 PM
Subject: [derechoadministrativo] Felicitaciones

Queridos amigos,

Quisiera informarles por este medio que los Dres. Héctor Mairal y
Roberto Luqui han sido distinguidos con el Premio Konex en el rubro
Humanidades-Derecho Administrativo Años 1996/2005.

Cabe mencionar que entre los miembros del jurado se encontraban los
Dres. Horacio García Belsunce y Juan Carlos Cassagne, quienes
obtuvieran el Premio Konex con anterioridad.

Nuestras mas sinceras felicitaciones al Dr. Mairal (integrante de este
foro)por tan merecida distinción.

Cordialmente,

Guido Santiago Tawil






 
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#80 De: "MAIRAL, Hector A." <ham@...>
Fecha: Mar, 30 de May, 2006 8:27 pm
Asunto: RE: Felicitaciones
ham@...
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Estimados colegas,

Les agradezco las cordiales palabras y felicitaciones que me han dirigido.

Quisiera rescatar el espíritu de cordialidad y respeto recíproco que, más allá
de inevitables discrepancias doctrinarias (lógicas en todo medio universitario),
priva hoy entre quienes cultivamos esta disciplina.

Cordialmente

Héctor Mairal




-----Mensaje original-----
De: derechoadministrativo@...
[mailto:derechoadministrativo@...] En nombre de Guido Santiago Tawil
Enviado el: Lunes, 29 de Mayo de 2006 09:31 p.m.
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: [derechoadministrativo] Felicitaciones

Queridos amigos,

Quisiera informarles por este medio que los Dres. Héctor Mairal y Roberto Luqui
han sido distinguidos con el Premio Konex en el rubro Humanidades-Derecho
Administrativo Años 1996/2005.

Cabe mencionar que entre los miembros del jurado se encontraban los Dres.
Horacio García Belsunce y Juan Carlos Cassagne, quienes obtuvieran el Premio
Konex con anterioridad.

Nuestras mas sinceras felicitaciones al Dr. Mairal (integrante de este foro)por
tan merecida distinción.

Cordialmente,

Guido Santiago Tawil







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#79 De: "Gonzalez Arzac, Rafael" <rafael.gonzalez.arzac@...>
Fecha: Mar, 30 de May, 2006 6:35 pm
Asunto: RE: Felicitaciones
rafael.gonzalez.arzac@...
Enviar correo Enviar correo
 
Tanto Mairal como Luqui son merecedores de reconocimiento desde hace añares.
Lo mismo Cassagne y García Belsunce.
No creo que necesiten premios, pero lo que abunda no daña.
Lo que realmente importa es que al leerlos o escucharlos, se obtienen ventajas (gratuitas, nunca recompensadas o premiadas).
Y esos premios que uno les adeuda y que tampoco ellos esperan cobrar (y si lo esperaran ¡qué chasco se llevarían!) quizás sean más importantes que estos que ahora reciben.
Porque esas deudas que no se cobran dejan una plétora de deudores agradecidos (aunque serían desagradecidos si se les reclamara el pago).
"Si no estás dispuesto a soportar la ingratitud, abstente de hacer favores".
Por eso es que a estos amigos premiados les ruego que acepten mi felicitación, mi reconocimiento, mi gratitud, y también mi ingratitud y falta de pago.
Rafael González Arzac
-----Mensaje original-----
De: derechoadministrativo@... [mailto:derechoadministrativo@...]En nombre de Borio, Fernando
Enviado el: Martes, 30 de Mayo de 2006 08:58 a.m.
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: RE: [derechoadministrativo] Felicitaciones

Me sumo a la cálida felicitación de Guido.
Tanto Héctor como Roberto son merecedores claros de este reconocimiento.
Cordialmente
 
Fernando Borio
-----Mensaje original-----
De: Guido Santiago Tawil [mailto:guido.tawil@...]
Enviado el: Lunes, 29 de Mayo de 2006 21:31
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: [derechoadministrativo] Felicitaciones

Queridos amigos,

Quisiera informarles por este medio que los Dres. Héctor Mairal y
Roberto Luqui han sido distinguidos con el Premio Konex en el rubro
Humanidades-Derecho Administrativo Años 1996/2005.

Cabe mencionar que entre los miembros del jurado se encontraban los
Dres. Horacio García Belsunce y Juan Carlos Cassagne, quienes
obtuvieran el Premio Konex con anterioridad.

Nuestras mas sinceras felicitaciones al Dr. Mairal (integrante de este
foro)por tan merecida distinción.

Cordialmente,

Guido Santiago Tawil




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#78 De: "Borio, Fernando" <boriof@...>
Fecha: Mar, 30 de May, 2006 11:58 am
Asunto: RE: Felicitaciones
frborio
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Me sumo a la cálida felicitación de Guido.
Tanto Héctor como Roberto son merecedores claros de este reconocimiento.
Cordialmente
 
Fernando Borio
-----Mensaje original-----
De: Guido Santiago Tawil [mailto:guido.tawil@...]
Enviado el: Lunes, 29 de Mayo de 2006 21:31
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: [derechoadministrativo] Felicitaciones

Queridos amigos,

Quisiera informarles por este medio que los Dres. Héctor Mairal y
Roberto Luqui han sido distinguidos con el Premio Konex en el rubro
Humanidades-Derecho Administrativo Años 1996/2005.

Cabe mencionar que entre los miembros del jurado se encontraban los
Dres. Horacio García Belsunce y Juan Carlos Cassagne, quienes
obtuvieran el Premio Konex con anterioridad.

Nuestras mas sinceras felicitaciones al Dr. Mairal (integrante de este
foro)por tan merecida distinción.

Cordialmente,

Guido Santiago Tawil




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#77 De: "Guido Santiago Tawil" <guido.tawil@...>
Fecha: Mar, 30 de May, 2006 12:31 am
Asunto: Felicitaciones
guido.tawil
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Queridos amigos,

Quisiera informarles por este medio que los Dres. Héctor Mairal y
Roberto Luqui han sido distinguidos con el Premio Konex en el rubro
Humanidades-Derecho Administrativo Años 1996/2005.

Cabe mencionar que entre los miembros del jurado se encontraban los
Dres. Horacio García Belsunce y Juan Carlos Cassagne, quienes
obtuvieran el Premio Konex con anterioridad.

Nuestras mas sinceras felicitaciones al Dr. Mairal (integrante de este
foro)por tan merecida distinción.

Cordialmente,

Guido Santiago Tawil

#76 De: "aphualde" <aphualde@...>
Fecha: Jue, 25 de May, 2006 11:22 pm
Asunto: Las peripecias de Tortorelli.
aphualde
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Estimados amigos:

Gracias por la invitación. Va un pequeño aporte a su consideración.

Anteayer ha salido un fallo de la CSJN sobre un caso cuyo argumento
sirve para una película y también para un ensayo de psicología sobre
desdoblamiento (podríamos decir "kafkiano") de la personalidad.
Vamos a lo jurídico.

El fallo es: T. 632. XXXII. "Tortorelli, Mario Nicolás c/ Buenos
Aires, Provincia de y otros s/ daños y perjuicios".

Del fallo surge una solución distinta en materia de competencia
originaria. Si lo que tiran es un "balazo" la competencia no es
originaria; pero si es un "procedimientazo" sí lo es. Ambos casos,
Barreto y Tortorelli, están demasiado cercanos como para resolverlos
distinto en materia de competencia sobre temas de responsabilidad
del Estado provincial. Lo del Estado Nacional justificaría la
competencia "federal" pero no la originaria. Tal vez haya que
considerar que, en este caso -si se aplicaba la misma solución de
Barreto-, se lo dejaba sin sentencia; en aquél ya había y en este no
(por haber ingresado directamente en originaria). En todo caso
habría que haber dicho "algo".

Aparte de eso, me señala acertadamente Ernesto Bustelo, la
aplicación del art. 1112 CCiv. parece correr en forma inmediata y
directa (sin analogía) lo que podría deberse a su naturaleza
(insisto con Salomoni) PÚBLICA, más allá de su
ubicación "geográfica" en el Código Civil.

Interesante la diferencia marcada expresamente entre
error "judicial" y "procedimental"; en otras palabras,
responsabilidad del Poder Judicial (incluso del juez) sin
error "judicial".

Dato: no firma Highton.

Cordialmente.

Alejandro Pérez Hualde.

#74 De: "Agustín A. M. García Sanz" <agustin@...>
Fecha: Lun, 22 de May, 2006 8:49 pm
Asunto: Sala II
agustin.gsanz
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Estimados,

Acabo de subir al grupo, para quienes no la hayan recibido todavía, una
interesante sentencia de la Sala II en relación al status de los bonos no
ingresados al canje de deuda iniciado por decreto 1735/02.

La interpretación realizada en torno de la necesaria voluntariedad del
proceso de canje y la imposibilidad de producir una afectación sine die en la
sustancia del derecho de propiedad exigirán de la Corte un nuevo
pronunciamiento que seguirá dando contorno a los poderes en la emergencia.

A quien le interese contar con más decisiones en el mismo sentido pero
atendiendo circunstancias fácticas diferentes (otros bonos, situaciones de
excepción al diferimiento, etc.) no tiene más que pedírmelos y se los envío
por mail personal.

Cordialmente,

Agustín A. M. García Sanz
agustin@...

#73 De: derechoadministrativo@...
Fecha: Lun, 22 de May, 2006 8:39 pm
Asunto: Un nuevo archivo fue enviado a derechoadministrativo
derechoadministrativo@...
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Hola,

Este mensaje de correo-e es una notificación para dejarte saber que un
archivos ha sido enviado a la área de Archivos del grupo
derechoadministrativo.

   Archivo     : /PDF 22-05-06.pdf
   Enviado por : agustin.gsanz <agustin@...>
   Descripción : Fallo Sala II Interconor

Puedes ver este archivo a través del siguiente URL

http://espanol.groups.yahoo.com/group/derechoadministrativo/files/PDF%2022-05-06\
.pdf

Para conocer más acerca de como compartir archivos en tu grupo, visita

http://help.yahoo.com/help/e1/groups/files

Saludos,

agustin.gsanz <agustin@...>

#72 De: "Francisco M. Gutierrez" <francisco_m_gutierrez@...>
Fecha: Jue, 18 de May, 2006 9:07 pm
Asunto: Reforma Ley de Defensa del Consumidor
francisco_m_...
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Estimados colegas:

Probablemente muchos de ustedes tendrán conocimiento de un proyecto
de reforma de la Ley de Defensa del Consumidor 24240 que acaba de ser
dictaminado favorablemente por la mayoría en las Comisiones de
Defensa del Consumidor, de Comercio y de Justicia de la Cámara de
Diputados. En la sección "Archivos" del menú que aparece en el margen
izquierdo de esta página he cargado una copia del texto y sus
fundamentos.

Se trata de un reforma amplia de la ley vigente, con diversos
aspectos de gran interés, comenzando por la significativa ampliación
del ámbito de aplicación subjetivo y objetivo.

Como la variedad de tópicos a discutir justificaría más un seminario
de tiempo completo que este limitado ámbito de discusión cibernético,
me interesa plantear sólo algunos aspectos de particular interés para
nuestra disciplina:

1) Se elimina el carácter supletorio del régimen respecto de los
servicios públicos.

2) El nuevo art. 31 parece introducir una dualidad de jurisdicciones
entre entes de control sectoriales y los organismos de aplicación
ordinarios de la ley (las reparticiones de defensa del consumidor
nacional y locales). Por el artículo 31 se ecomienda a los primeros
el tratamiento de los reclamos por problemas de facturación, mientras
que por el art. 45 se sigue considerando a las dependencias
específicas de defensa del consumdior como la autoridad de aplicación
a cargo de las actuaciones por infracciones a la ley. Entiendo que no
queda del todo claro cómo se compatibilizarán ambos procedimientos.
Podria darse el caso de "non bis in idem"?

3) Se introduce el concepto de "punitive damages" del derecho
americano (art. 40 bis)

4) Se faculta a los organismos de aplicación a determinar daños y
perjuicios en sede administrativa hasta $ 3.000, circunsatncia que
alimenta el fuego del debate sobre el caso "Estrada" (art. 40 ter).

Para finalizar, una llamado de atención para los abogados en general:
a extremar la prudencia, claridad y eficacia en el desempeño de
nuestra labor profesional. Nada de de las ambigüedades que nos
caracterizan al emitir opiniones espinosas!!! Es que el proyecto
elimina la exclusión del ejercicio de profesiones liberales que
contiene el art. 2 de la ley hoy vigente, lo que llevará a considerar
nuestra actividad profesional como una relación de consumo protegida
por la ley. De alli, "in dubio pro cliente" y obligación de
suministrar información adecuada, veraz, completa, eficaz, etc.

Cordialmente.

Francisco M. Gutierrez

#65 De: "Ignacio Minorini Lima" <ignaciojml@...>
Fecha: Jue, 4 de May, 2006 6:39 pm
Asunto: RE: El ejercicio de función jurisdiccional tras Angel Estrada
ignaciojml
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Estimados colegas:

En relación con el planteo de Guido sobre el caso "Angel Estrada", la
Procuración del Tesoro se ha referido en un reciente dictamen a la
competencia del Ente Regulador para entender en reclamos por daños a
instalaciones o artefactos de propiedad del usuario.

En el caso, un usuario de Edesur reclamó ante al ENRE por los daños
ocasionados a su computadora como consecuencia de una interrupción en el
suministro eléctrico en noviembre de 2002. Principalmente, fundó su
pretensión en el artículo 3 inciso e) del reglamento de suministro.

En síntesis, habiéndose planteado si correspondía aplicar las conclusiones
de la Corte en "Angel Estrada" a este supuesto, la PTN sostuvo, entre otros
argumentos, que:

- El caso bajo análisis se diferencia del que dio lugar al fallo "Angel
Estrada". Aquí el alcance de la reparación -valor de reposición- se
encuentra establecido en el artículo mencionado del reglamento de
suministro. La competencia del ente regulador para fijar la indemnización
allí prescripta no fue tratada por la Corte en "Angel Estrada".

- El considerando 13 de "Angel Estrada" atribuye competencia al ente en los
supuestos enunciados en el Reglamento de Suministro cuando,
facultativamente, los usuarios optasen por la jurisdicción del ENRE en los
términos del segundo párrafo del art. 72 de la ley 24.065.

- En "Angel Estrada" la Corte se pronunció sobre un reclamo que iba más allá
del daño emergente directo. Aquí se trata de un dato de conocimiento simple:
cuánto vale en el mercado el artefacto dañado.

- La interpretación propuesta del fallo resulta razonable, toda vez que de
lo contrario se exigiría que todo usuario que vea dañado un artefacto de su
propiedad como consecuencia de deficiencias en la calidad técnica del
suministro deba interponer una acción judicial. Dado que los costos
judiciales excederían el monto pretendido, la mayoría optaría por no
efectuar el reclamo y se consagraría en los hechos la irresponsabilidad de
la distribuidora. Aún si se superaran eventualmente estos obstáculos, la
duración de los procesos y el abarrotamiento de causas por cuestiones de
menor cuantía ratificarían la irrazonabilidad de una interpretación
diferente a la propuesta.

La solución parece acertada, en particular, desde el punto de vista
práctico. Coincido con el Dr. Boullaude en cuanto sería un despropósito
obligar al usuario a acudir a la justicia para obtener la reparación de un
electrodoméstico. Sin embargo, la determinación del "daño emergente directo"
-en los términos de la PTN- que sufrió el usuario parecería que no deja de
ser una cuestión de derecho común. Por ello, es discutible si puede tratarse
el tema como una cuestión regulatoria y concluir que si el reclamo no excede
el daño emergente el usuario puede recurrir al ENRE y, en caso que exceda
ese rubro, debe entender necesariamente el Poder Judicial.

Una copia completa del dictamen será publicada en el sitio web del foro para
disposición de todos. De todos modos, quien desee recibirlo por mail, me lo
puede solicitar a ignacio.minorini@.... Gracias.

Cordiales saludos,

Ignacio J. Minorini Lima


>From: Máximo Fonrouge <mf@...>
>Reply-To: derechoadministrativo@...
>To: <derechoadministrativo@...>
>Subject: RE: [derechoadministrativo] El ejercicio de función jurisdiccional
>tras Angel Estrada
>Date: Wed, 19 Apr 2006 20:32:15 -0300
>
>Estimados todos,
>
>Ayer me incorporé como contertulio a este distinguido foro virtual que
>Guido ha tenido la magnífica idea de motorizar.
>Después de leer la acertada conclusión de Gustavo Boullade, les reenvío una
>información que me proporcionase un ingeniero amigo, para que vean que en
>todos lados se cuecen habas y que es la siguiente:
>Extraído del último boletín de NERA (National Economic Research Associates,
>especialistas en regulación a nivel mundial).
>"In the US, regulators seem to blow hot and cold on deregulation, depending
>on whether it raises or lowers retail prices. The Maryland legislature took
>a novel approach to independent regulation, apparently passing a law
>requiring the 'replacement' of any commission members who approve tariff
>increases".
>
>Cordiales saludos,
>
>Máximo J. Fonrouge
>CASSAGNE Abogados
>Av. E.Madero 942, piso 15° - Ed. Torre Madero
>Ciudad de Buenos Aires - Argentina
>Teléfono (54) (11) (5167-7000)
>Secretaria: Marita Alvarez (54) (11) (5167-7030)
>Fax: (54) (11) (5167-7050)
>e-mail: mf@...
>Web: www.cassagne.com.ar
><file:///C:\Documents%20and%20Settings\MF\Application%20Data\Microsoft\Signatur\
es\www.cassagne.com.ar>
>Este mensaje es confidencial. Puede contener información amparada
>por el secreto profesional. Si usted ha recibido este e-mail por error,
>por favor comuníquese con nosotros inmediatamente vía e-mail y tenga la
>amabilidad de eliminarlo de su sistema. No deberá copiar el mensaje
>ni divulgar su contenido a ninguna persona. Muchas gracias.
>
>This message is confidential. It may also contain information that is
>privileged or otherwise legally exempt from disclosure. If you have
>received it by mistake please let us know by e-mail immediately and
>delete it from your system. You should also not copy the message or
>disclose its contents to anyone. Many thanks.
>-----Mensaje original-----
>De: derechoadministrativo@...
>[mailto:derechoadministrativo@...] En nombre de Gustavo
>Boullaude
>Enviado el: Miércoles, 19 de Abril de 2006 05:28 p.m.
>Para: derechoadministrativo@...
>Asunto: [derechoadministrativo] El ejercicio de función jurisdiccional tras
>Angel Estrada
>
>Estimados colegas y amigos:
>Me voy a referir a los interrogantes con los que Guido Tawil abriera el
>debate en este foro referidos a la actuación de los entes reguladores de
>los servicios públicos el "día después" de Angel Estrada.
>En mi opinión este fallo prácticamente no modificó la práctica regulatoria
>de ENRE ni de ENARGAS. Ninguno de dichos organismos de control reclamaba
>para sí la competencia para resolver controversias sobre daños y
>perjuicios, y lo que en definitiva estableció la doctrina judicial de la
>corte es que efectivamente no la tienen.
>Sin embargo, entiendo que ambos entes reguladores, y a pesar de Angel
>Estrada, continuaron "obligando" a empresas prestadoras y/o a usuarios a
>soportar las consecuencias económicas derivadas de determinadas situaciones
>previstas en los marcos regulatorios. Como ocurre por ejemplo con la
>obligación de pagar los electrodomésticos que resultan dañados por
>variaciones en la tensión del suministro que no hubieran podido ser
>evitadas mediante dispositivos de protección existentes en las
>instalaciones de los usuarios.
>En síntesis, a los organismos de control no les interesa asumir la pesada
>carga de convertirse en tribunales para la determinación de daños y
>perjuicios, ni cuentan con estructura adecuada para ello. Salvo, según
>dije, en aquellas situaciones especialmente previstas en los marcos
>regulatorios (y que generalmente son casos de menor cuantía) en los que
>tradicionalmente ejercieron esa función, limitándose a ordenar la
>reparación de las consecuencias directas de los siniestros. Y no mediante
>la aplicación de normas de derecho común, sino de normas reglamentarias del
>servicio.
>Por cierto que comparto la actuación descripta dado que me parecería un
>despropósito obligar al usuario a iniciar un juicio ordinario para reclamar
>el costo de la reparación o sustitución de un electrodoméstico.
>En cuanto a la otra cuestión planteada, es evidente que los entes
>reguladores se alejan cada vez más de la independencia que para dichos
>organismos reclama la doctrina, y una muestra de ello es el dictado de la
>Resolución de ese Ministro de Planificación Federal Inversión Pública y
>Servicios N° 2000 del 19/12/05 (B.O. 22/12/05) mediante el cual se ha
>establecido que el señor Subsecretario de Coordinación y Control de Gestión
>deberá tomar intervención previa y necesaria respecto de la emisión de todo
>acto administrativo que involucre o incida en forma directa o indirecta
>sobre la fijación, determinación, ajuste, aumento o reducción de precios,
>tarifas, gravamen, canon, compensación, subvención, aranceles, subsidios,
>tasas y/o cargos.
>Me permitiré dedicar unas líneas a esta reforma, por considerar que su
>importancia lo amerita:
>Entiendo que mediante esa intervención "previa y necesaria" de la
>administración central se invaden las competencias exclusivas que en
>materia de fijación de tarifas el Congreso confirió a los entes reguladores
>mencionados (enre y enargas).
>Se destaca en los fundamentos del acto que la reforma regulatoria tiene por
>finalidad "instrumentar procedimientos de control adecuados para verificar
>la correcta aplicación por parte de organismos ... de las facultades
>propias en relación al dictado de normas que incidan ... sobre fijación,
>determinación, ajuste, aumento o reducción de precios, tarifas ...". Es
>decir que se incluye vía resolución de un ministerio un control previo por
>parte de la administración central al ejercicio de las competencias de un
>ente descentralizado.
>El mecanismo de control previo aprobado se inspira además en "la
>conveniencia de contar con elementos informativos ... respecto de los actos
>del Estado que puedan presentar incidencia en la marcha de la economía del
>país" y en el declarado objetivo de "arbitrar las medidas conducentes que
>posibiliten ... centralizar la información de los distintos regímenes
>tarifarios ... con miras a verificar la correcta y uniforme evaluación,
>ante cada propuesta modificatoria, del impacto y consecuencias de la medida
>sobre el funcionamiento de la economía, el nivel de empleo y de
>distribución de los ingresos, y el crecimiento económico en su conjunto".
>A confesión de parte relevo de prueba: no interesa que las tarifas sean
>justas y razonables, sino cuál será su impacto en la marcha de la economía
>del país. Este control previo derivará en el mejor de los casos en demoras
>en la aprobación de los ajustes de tarifas, o en la prohibición de los
>mismos, si tales ajustes significaran aumentos de tarifas que siempre
>resultan impopulares para los objetivos políticos de corto plazo, aún
>cuando tales aumentos fueran necesarios para asegurar inversiones que
>garanticen un suministro a largo plazo.
>Agradezco la paciencia de los que llegaron a leer hasta esta parte, y hago
>un reconocimiento especial a Guido su iniciativa y generosa invitación.
>Gustavo Boullaude.
>
>________________________________
>
>Enlaces de Yahoo! Grupos
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#63 De: "Osvaldo Perez Sammartino" <osvaldo.perezsammartino@...>
Fecha: Jue, 27 de Abr, 2006 6:45 pm
Asunto: RE: Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro
osvaldo.perezsammartino@...
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Es un excelente ejemplo de un fenómeno preocupante. Que el fallo "obligue" a sancionar la ley de comunas es casi pleonástico, porque ya obliga a ello la propia Constitución. El problema es qué pasa si pese a esa orden la Legislatura no lo hace. Si mal no lo recuerdo, la sentencia de primera instancia (creo que del juez Cataldo) decía que en ese caso el Poder Ejecutivo debía ponerlas en marcha.
 
Ahora bien, una ley constitucional u orgánica como esta, que debe sancionarse por 40 votos de los 60 legisladores, en la que la Constitución quiso que se alcanzara un amplio consenso político, mal puede ser sancionada por una sola persona, el Jefe de Gobierno.
 
No sé si en este o en otro fallo se amenazaba con astreintes a los legisladores por su omisión. Esto es insólito. Es confundir la tarea legislativa con el cumplimiento de una obligación civil. Si un legislador considera que el proyecto es espantoso, que es malo para la ciudad, ¿debe aprobarlo igual para evitar las astreintes?
 
Buena parte de los inconvenientes nacen de las propias constituciones, cuando establecen plazos para sancionar leyes sin fijar las consecuencias de la omisión.
-----Mensaje original-----
De: derechoadministrativo@... [mailto:derechoadministrativo@...]En nombre de Dra Nidia Karina Cicero
Enviado el: Jueves, 27 de Abril de 2006 02:01 p.m.
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: [derechoadministrativo] Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro

Máximo:
Ahí va. No tiene sentencia del Tribunal Superior porque quedo firme en Cámara
Karina
 
----- Original Message -----
Sent: Thursday, April 27, 2006 1:13 PM
Subject: RE: [derechoadministrativo] Re: Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro

Karina,

Bienvenida al foro!

Me interesaría contar con el texto de la sentencia si me lo podés enviar.

Cariños,

Maximo

 

 

Máximo J. Fonrouge
CASSAGNE Abogados
Av. E.Madero 942, piso 15° - Ed. Torre Madero
Ciudad de Buenos Aires - Argentina
Teléfono (54) (11) (5167-7000)
Secretaria: Marita Alvarez (54) (11) (5167-7030)
Fax: (54) (11) (5167-7050)
e-mail: mf@...
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-----Mensaje original-----
De: derechoadministrativo@... [mailto:derechoadministrativo@...] En nombre de Karina Cicero
Enviado el: Jueves, 27 de Abril de 2006 01:00 p.m.
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: [derechoadministrativo] Re: Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro

 

Estimados amigos:
Luego de haber leído las recomendaciones de Guido para optimizar el
uso del foro,algunos de los 59 mensajes y las sugerencias de Mario
sobre la identificación de las membrecías,  doy a conocer mi
incorporación a este espacio virtual.
A fin de hacer algún aporte, y en cuanto a la acción de
inconstitucionalidad por omisión, doy el dato de que en el fuero
Contencioso Administrativo de la Ciudad, se discutió en una acción de
amparo la falta de sanción de la ley de comunas que contempla la
Constitución local. La causa se llama García Elorrio y la sentencia
es del 2004 (o fines de 2003) y en ella la Cámara ordenó a la
Legislatura a sancionar la norma que posibilite la puesta en
funcionamiento del instituto constitucional, lo que finalmente
hicieron. La sentencia no habló sobre la implementación concreta de
las comunas, sino del incumplimiento legislativo y en ese sentido,
fue efectiva.
Si a alguien le interesa, puedo mandar el texto de la sentencia.
Un cariño a todos y felicitaciones a los creadores de la idea!!!
Karina Cicero





me incorporoMe incorporo al grupo,

--- En derechoadministrativo@..., "rejtmanfarah"
<rejtmanfarah@f...> escribió:
>
> Estimados amigos: también yo "tocado". No había entrado a la web
donde sí ví ahora los mensajes y comentarios recibidos. Confío la
semana que viene tener algunos minutos para responder, sobre todo, a
las inquietudes de Guido sobre los alcances de Estada y  a las de
Beltrán y su frustrado intento por obtener de la justicia lo que ésta
parece no está dispuesta a dar como sí lo hizo en los ya antológicos
casos "Gambier I" y "Gambier II".
> En cualquier caso dos pequeñisimos comentarios. Respecto a Estrada
mi interpretración en el artículo que escribí para La Ley fue que la
limitación no se ciñe exclusivamente a materias reguladas por el
derecho civil. Algo "gurka" mi posición intenté dar una
interpretación extensiva  respecto a las consecuencias que se derivan
de la falta de independencia de los entes reguladores.
> Por otro lado ante la iguamente   grave omisión de la Comisión
Mixta Revisora de Cuentas en aprobar o desechar la Cuenta de
Inversión - pese a la exigencia constitucional hace 10 años no se lo
hace - y aún cuando la situación planteada por Beltrán no es similar,
intenté avanzar en una línea argumental conforme la cual aquella
omisión podría ser interpretada como rechazo. El artículo fue
publicado en el libro que sobre el tema editó el propio Senado de la
Nación y por cierto si a alguien interesara se lo puedo hacer llegar.
> Gracias por el saludable soplo de aire fresco que nos dá este grupo.
> Mario
> ps Sería quizás interesante conocer quienes integramos este
grupo... Si les parece.
>
>   ----- Mensaje original -----
>   De: Guido Santiago Tawil
>   Para: derechoadministrativo@...
>   Enviado: Jueves, 06 de Abril de 2006 06:41 p.m.
>   Asunto: [derechoadministrativo] Temas en debate - Modo de
optimizar el uso del foro
>
>
>   Para aquellos colegas que se han incorporado al foro
recientemente les
>   recuerdo que entrando en la página web del foro y clickeando
Mensajes
>   podrán observar los mensajes enviados. Allí podrán observar que
existen
>   un par de temas planteados para el debate como el de los decretos
de
>   necesidad y urgencia (introducido por Beltrán) y el alcance
actual de
>   Angel Estrada (planteado inicialmente por mí). No es el propósito
de
>   este mail inducir a nadie a debatir esos temas sino recordarles
que
>   existe una herramienta que permite ver los temas en discusión. Mi
>   experiencia personal es que si bien participar en el foro a
través de
>   los mails recibidos es interesante, mucho mas productivo es
acceder
>   cada tanto a la página web y ver quienes han ingresado al foro y
qué
>   temas se encuentran en discusión. Por ejemplo, aquellos que
ingresaron
>   al foro en los últimos días no conocerán planteos efectuados con
>   anterioridad a su incorporación, salvo que ingresen por la web.
>
>
>
>
>
>
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>   Enlaces de Yahoo! Grupos
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#62 De: "Dra Nidia Karina Cicero" <seccayt23@...>
Fecha: Jue, 27 de Abr, 2006 5:01 pm
Asunto: Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro
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Máximo:
Ahí va. No tiene sentencia del Tribunal Superior porque quedo firme en Cámara
Karina
 
----- Original Message -----
Sent: Thursday, April 27, 2006 1:13 PM
Subject: RE: [derechoadministrativo] Re: Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro

Karina,

Bienvenida al foro!

Me interesaría contar con el texto de la sentencia si me lo podés enviar.

Cariños,

Maximo

 

 

Máximo J. Fonrouge
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De: derechoadministrativo@... [mailto:derechoadministrativo@...] En nombre de Karina Cicero
Enviado el: Jueves, 27 de Abril de 2006 01:00 p.m.
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: [derechoadministrativo] Re: Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro

 

Estimados amigos:
Luego de haber leído las recomendaciones de Guido para optimizar el
uso del foro,algunos de los 59 mensajes y las sugerencias de Mario
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Legislatura a sancionar la norma que posibilite la puesta en
funcionamiento del instituto constitucional, lo que finalmente
hicieron. La sentencia no habló sobre la implementación concreta de
las comunas, sino del incumplimiento legislativo y en ese sentido,
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> Estimados amigos: también yo "tocado". No había entrado a la web
donde sí ví ahora los mensajes y comentarios recibidos. Confío la
semana que viene tener algunos minutos para responder, sobre todo, a
las inquietudes de Guido sobre los alcances de Estada y  a las de
Beltrán y su frustrado intento por obtener de la justicia lo que ésta
parece no está dispuesta a dar como sí lo hizo en los ya antológicos
casos "Gambier I" y "Gambier II".
> En cualquier caso dos pequeñisimos comentarios. Respecto a Estrada
mi interpretración en el artículo que escribí para La Ley fue que la
limitación no se ciñe exclusivamente a materias reguladas por el
derecho civil. Algo "gurka" mi posición intenté dar una
interpretación extensiva  respecto a las consecuencias que se derivan
de la falta de independencia de los entes reguladores.
> Por otro lado ante la iguamente   grave omisión de la Comisión
Mixta Revisora de Cuentas en aprobar o desechar la Cuenta de
Inversión - pese a la exigencia constitucional hace 10 años no se lo
hace - y aún cuando la situación planteada por Beltrán no es similar,
intenté avanzar en una línea argumental conforme la cual aquella
omisión podría ser interpretada como rechazo. El artículo fue
publicado en el libro que sobre el tema editó el propio Senado de la
Nación y por cierto si a alguien interesara se lo puedo hacer llegar.
> Gracias por el saludable soplo de aire fresco que nos dá este grupo.
> Mario
> ps Sería quizás interesante conocer quienes integramos este
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>   De: Guido Santiago Tawil
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>   Enviado: Jueves, 06 de Abril de 2006 06:41 p.m.
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>   Para aquellos colegas que se han incorporado al foro
recientemente les
>   recuerdo que entrando en la página web del foro y clickeando
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>   podrán observar los mensajes enviados. Allí podrán observar que
existen
>   un par de temas planteados para el debate como el de los decretos
de
>   necesidad y urgencia (introducido por Beltrán) y el alcance
actual de
>   Angel Estrada (planteado inicialmente por mí). No es el propósito
de
>   este mail inducir a nadie a debatir esos temas sino recordarles
que
>   existe una herramienta que permite ver los temas en discusión. Mi
>   experiencia personal es que si bien participar en el foro a
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#60 De: "Karina Cicero" <seccayt23@...>
Fecha: Jue, 27 de Abr, 2006 4:00 pm
Asunto: Re: Temas en debate - Modo de optimizar el uso del foro
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Constitución local. La causa se llama García Elorrio y la sentencia
es del 2004 (o fines de 2003) y en ella la Cámara ordenó a la
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Karina Cicero





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>
> Estimados amigos: también yo "tocado". No había entrado a la web
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> En cualquier caso dos pequeñisimos comentarios. Respecto a Estrada
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de la falta de independencia de los entes reguladores.
> Por otro lado ante la iguamente   grave omisión de la Comisión
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Inversión - pese a la exigencia constitucional hace 10 años no se lo
hace - y aún cuando la situación planteada por Beltrán no es similar,
intenté avanzar en una línea argumental conforme la cual aquella
omisión podría ser interpretada como rechazo. El artículo fue
publicado en el libro que sobre el tema editó el propio Senado de la
Nación y por cierto si a alguien interesara se lo puedo hacer llegar.
> Gracias por el saludable soplo de aire fresco que nos dá este grupo.
> Mario
> ps Sería quizás interesante conocer quienes integramos este
grupo... Si les parece.
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>   De: Guido Santiago Tawil
>   Para: derechoadministrativo@...
>   Enviado: Jueves, 06 de Abril de 2006 06:41 p.m.
>   Asunto: [derechoadministrativo] Temas en debate - Modo de
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>   recuerdo que entrando en la página web del foro y clickeando
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>   un par de temas planteados para el debate como el de los decretos
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>   necesidad y urgencia (introducido por Beltrán) y el alcance
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#59 De: Máximo Fonrouge <mf@...>
Fecha: Mié, 26 de Abr, 2006 11:28 pm
Asunto: RE: Re: DNU. / Cómo hacer para que el PL cumpla con la CN?
maximuslawyer
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Estimados todos,

 

Para agregar al debate, y teniendo en consideración lo manifestado por algunos distinguidos contertulios virtuales, les traigo a colación un preliminar y dos comentarios respecto de la acción entablada por el Colegio de Abogados a que hiciera referencia Beltrán.

 

El preliminar tiene que ver, nobleza obliga, con contarles a Uds. quien ha sido el inspirador y motor original de la acción finalmente instaurada por el Colegio, que no ha sido otro que el propio Beltrán, quien por comprensible modestia no lo ha puesto de manifiesto a Uds. Vale además agregar que, sobre la base de su idea y de los argumentos volcados en su acción por propio derecho que no prosperó, el Dr. J. Pablo Comadira elaboró -a pedido de Beltrán y con gentil disposición- el proyecto que dio finalmente lugar a la acción presentada, con algunas pinceladas adicionales que le efectuamos en el Colegio.

 

Dicho lo anterior, paso a los dos comentarios.

El primero tiene que ver con lo planteado en el debate en cuanto (a) a la imposibilidad de que el Poder Judicial cuente con medios para obligar al Legislativo a crear la Comisión Bicameral y (b) a que no solo se trata de crear la Comisión sino de dictar la ley que regule el trámite legislativo de aprobación de los DNU.

 

En este sentido, les transcribo el objeto de la acción instaurada para que vean que ambas cuestiones estuvieron previstas, en los siguientes términos:

 

“… venimos a entablar formal acción declarativa de certeza contra el Estado Nacional –Honorable Congreso de la Nación y Poder Ejecutivo Nacional–, con el fin de que V.S. declare: (a) la inconstitucionalidad de la omisión en que ha incurrido el Honorable Congreso de la Nación al no crear la Comisión Bicameral Permanente prevista en el artículo 99, inciso 3º) de la Constitución Nacional -y no regular, en su consecuencia, el trámite y los alcances de la intervención del Congreso frente al dictado de decretos de necesidad y urgencia-, y (b) que hasta tanto entre en vigencia la ley por la cual se constituya la citada Comisión, serán considerados inconstitucionales los decretos de necesidad y urgencia que dicte el Poder Ejecutivo Nacional.

 

El segundo comentario tiene que ver con el fallo traído a colación por Iván Budassi, para contarles que fue incorporada su cita en la acción respectiva, en el capítulo titulado: Vencimiento de toda pauta temporal razonable. Imposibilidad de ausencia de pauta temporal alguna para crear la Comisión Bicameral Permanente”.

Allí se comienza diciendo: “El Poder Legislativo ha excedido toda pauta temporal razonable –más de diez años– sin cumplir con tal encargo y sin que exista razón jurídica que lo justifique”.

Y se dice luego en los párrafos finales de este capítulo:

“…En nuestro caso, evidentemente, si se concluye que no existe ninguna clase de plazo para constituir la Comisión Bicameral Permanente, se estaría otorgando al Poder Legislativo una potestad discrecional fuera del ordenamiento jurídico. Así, no habría discrecionalidad sino autorización constitucional para la arbitrariedad. En definitiva, siguiendo este razonamiento, la Constitución Nacional sería irrazonable.

Desde luego, semejante interpretación debe ser descartada de plano.

Cabe aquí traer a colación el importante y reciente precedente de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en donde frente a una acción de amparo promovida por el Colegio de Abogados de dicha provincia y dos profesionales por su propio derecho, con el objeto de que se repare la omisión de poner en funcionamiento el fuero contencioso administrativo provincial creado por ley, se condenó a la Provincia de Buenos Aires a poner en funcionamiento dicho fuero”.

 

Si alguno de Uds. esta interesado en leer el texto completo de la demanda, con todo gusto se los envío.

 

Saludos a todos,

Maximo

 

 

Máximo J. Fonrouge
CASSAGNE Abogados
Av. E.Madero 942, piso 15° - Ed. Torre Madero
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Teléfono (54) (11) (5167-7000)
Secretaria: Marita Alvarez (54) (11) (5167-7030)
Fax: (54) (11) (5167-7050)
e-mail: mf@...
Web: www.cassagne.com.ar

Este mensaje es confidencial. Puede contener información amparada
por el secreto profesional. Si usted ha recibido este e-mail por error,
por favor comuníquese con nosotros inmediatamente vía e-mail y tenga la
amabilidad de eliminarlo de su sistema. No deberá copiar el mensaje
ni divulgar su contenido a ninguna persona.
Muchas gracias.

This message is confidential. It may also contain information that is
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-----Mensaje original-----
De: derechoadministrativo@... [mailto:derechoadministrativo@...] En nombre de Beltrán Gambier
Enviado el: Martes, 25 de Abril de 2006 01:28 p.m.
Para: derechoadministrativo@...
Asunto: [derechoadministrativo] Re: DNU. / Cómo hacer para que el PL cumpla con la CN?

 

Yo estoy totalmente de acuerdo con el fallo que trae Iván a colación.
Me parecen interesantes también los comentarios que le siguieron.
Pero haría un distingo.
Una cosa es la no creación de un fuero cuando ya hay otro que
funciona (en rigor, la SCBA con su competencia originaria) y otra,
más grave, es no disponer lo necesario para articular el sistema
previsto por el constituyente del 94 para que los DNU´s se utilicen
en el marco de un razonable equilibrio de poderes. Y mucho más grave
a la vista del abuso que de ellos hace el PEN.....
Aprovecho para dar noticia de lo que Máximo me contaba ayer sobre la
acción del Colegio de la Ciudad comentada al iniciar este "tema". La
demanda fue contestada por el Diputados, por Senadores y por el
Estado (Procuración del Tesoro). De allanamiento....nada. Cuestionan
la legitimación del CACBA. Y veremos que dicen en cuanto al fondo
del asunto.
Saludos cordiales,
Beltrán Gambier


--- En derechoadministrativo@..., "Ivan Budassi"
<i.budassi@s...> escribió:
>
> Desde ya que la solución fue heterodoxa, pero al menos creo que
dio una respuesta a una pregunta similar a la planteada por Beltrán
en el título de su correo inicial.
>
>
>
>                                   Iván Fernando Budassi
>                                   Estudio Sahores Budassi
>                                   Rondeau 472
>                                   Bahía Blanca C.P. B8000FZJ
>                                   TE-Fax: 0054-291-4523546
>                                   Argentina
>                                   E-mail: i.budassi@s...
>
>
>   ----- Original Message -----
>   From: Osvaldo Perez Sammartino
>   To: derechoadministrativo@...
>   Sent: Tuesday, April 25, 2006 10:36 AM
>   Subject: RE: [derechoadministrativo] DNU. / Cómo hacer para que
el PL cumpla con la CN?
>
>
>   Aún más intimidado que el jurista preopinante, señalo que es un
fallo muy interesante, pero más allá de la "audacia" de los jueces
que lo adptaron, la ejecución de sentencia no sólo planteaba
problemas prácticos, que de una forma u otra pueden resolverse, sino
de legitimidad democrática. ¿Debe el Poder Judicial asumir
atribuciones legislativas? Yo respondo que no, aunque comprendo que
debería haber algún mecanismo para no debilitar la "fuerza normativa
de la Constitución" (la frase, si mal no recuerdo, es de García de
Enterría).
>     -----Mensaje original-----
>     De: derechoadministrativo@...
[mailto:derechoadministrativo@...]En nombre de Ivan
Budassi
>     Enviado el: Martes, 25 de Abril de 2006 09:40 a.m.
>     Para: derechoadministrativo@...
>     Asunto: [derechoadministrativo] DNU. / Cómo hacer para que el
PL cumpla con la CN?
>
>
>     Estimados contertulios:
>
>     
>
>       Ante tanto jurista notable, uno se siente intimidado y
cuesta opinar.
>
>       A pesar de ello haré dos pequeños comentarios en torno al
tema de los DNU y la pregunta inicial de Beltrán:
>
>     
>
>     ·                   Un informe reciente de Poder Ciudadano del
que recomiendo su íntegra lectura (http://www.poderciudadano.org/?
do=news&id=86 ) da cuenta que durante los primeros dos años de
mandato del Presidente Kirchner se emitieron una cantidad record de
DNU: 67 en el primero, 73 en el segundo. El anterior pertenecía a
Menem (64).
>
>     Asimismo recurrió a los DNU en 140 oportunidades, y sólo
promovió proyectos de ley en 101 casos.
>
>     Es decir que no sólo no se los emplea para los casos de
extrema urgencia que prevé la Constitución Nacional, ni para evitar
problemas en un Congreso al que se puede considerar hostil. Según
Poder Ciudadano "La particularidad del caso argentino es que los
presidentes recurren al gobierno por decreto no como respuesta a la
debilidad de su partido/coalición en el Parlamento, sino amparados
por una mayoría afín que les garantiza que el Congreso no controlará
los decretos. Esas mismas mayorías afines al presidente de turno son
las que recurrentemente desde 1994 han obstaculizado la creación de
la Comisión Bicameral de control de las facultades legislativas del
Poder Ejecutivo." (el Congreso bajo la Lupa, 2005, pag. 85).
>
>     
>
>     
>
>     ·                    Con respecto a la acción judicial para
impulsar la creación de la Comisión Bicameral, me permito llamar la
atención sobre un fallo de la Suprema Corte de la Provincia de
Buenos Aires.
>
>     Ante la falta de implementación del fuero contencioso, que
según la manda constitucional debía comenzar a funcionar en 1997, el
Colegio de Abogados provincial, más como un acto de fe que con una
esperanza concreta de éxito, promovió un amparo para lograr su
instauración. Luego de múltiples avatares procesales y demoras de
estilo, y para sorpresa de todos, la Corten impuso a los otros
poderes un cronograma para la instauración del fuero, designación de
jueces, etc.. El caso es la causa B 64.474 "COLEGIO DE ABOGADOS DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/AMPARO"
(19/3/2003), y puede consultarse en
http://www.scba.gov.ar/home.asp , base JUBA. Paso al pie la parte
dispositiva, y recomiendo la lectura del voto del Dr. Soria.
>
>     Si bien es dable presumir lo dificultoso que hubiera resultado
la ejecución de sentencia en caso haber sido necesario, es de
destacar la audacia de la decisión y su ayuda para que a fines de
2003 el fuero contencioso administrativo finalmente comenzara a
funcionar.
>
>       Cordiales saludos
>
>     
>
>                                        Iván Budassi
>
>                                       Iván Fernando Budassi
>                                       Estudio Sahores Budassi
>                                       Rondeau 472
>                                       Bahía Blanca C.P. B8000FZJ
>                                       TE-Fax: 0054-291-4523546
>                                       Argentina
>                                       E-mail: i.budassi@s...
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#58 De: Beltrán Gambier <bgambier@...>
Fecha: Mar, 25 de Abr, 2006 4:27 pm
Asunto: Re: DNU. / Cómo hacer para que el PL cumpla con la CN?
gambier2323
Sin conexión Sin conexión
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Yo estoy totalmente de acuerdo con el fallo que trae Iván a colación.
Me parecen interesantes también los comentarios que le siguieron.
Pero haría un distingo.
Una cosa es la no creación de un fuero cuando ya hay otro que
funciona (en rigor, la SCBA con su competencia originaria) y otra,
más grave, es no disponer lo necesario para articular el sistema
previsto por el constituyente del 94 para que los DNU´s se utilicen
en el marco de un razonable equilibrio de poderes. Y mucho más grave
a la vista del abuso que de ellos hace el PEN.....
Aprovecho para dar noticia de lo que Máximo me contaba ayer sobre la
acción del Colegio de la Ciudad comentada al iniciar este "tema". La
demanda fue contestada por el Diputados, por Senadores y por el
Estado (Procuración del Tesoro). De allanamiento....nada. Cuestionan
la legitimación del CACBA. Y veremos que dicen en cuanto al fondo
del asunto.
Saludos cordiales,
Beltrán Gambier


--- En derechoadministrativo@..., "Ivan Budassi"
<i.budassi@s...> escribió:
>
> Desde ya que la solución fue heterodoxa, pero al menos creo que
dio una respuesta a una pregunta similar a la planteada por Beltrán
en el título de su correo inicial.
>
>
>
>                                   Iván Fernando Budassi
>                                   Estudio Sahores Budassi
>                                   Rondeau 472
>                                   Bahía Blanca C.P. B8000FZJ
>                                   TE-Fax: 0054-291-4523546
>                                   Argentina
>                                   E-mail: i.budassi@s...
>
>
>   ----- Original Message -----
>   From: Osvaldo Perez Sammartino
>   To: derechoadministrativo@...
>   Sent: Tuesday, April 25, 2006 10:36 AM
>   Subject: RE: [derechoadministrativo] DNU. / Cómo hacer para que
el PL cumpla con la CN?
>
>
>   Aún más intimidado que el jurista preopinante, señalo que es un
fallo muy interesante, pero más allá de la "audacia" de los jueces
que lo adptaron, la ejecución de sentencia no sólo planteaba
problemas prácticos, que de una forma u otra pueden resolverse, sino
de legitimidad democrática. ¿Debe el Poder Judicial asumir
atribuciones legislativas? Yo respondo que no, aunque comprendo que
debería haber algún mecanismo para no debilitar la "fuerza normativa
de la Constitución" (la frase, si mal no recuerdo, es de García de
Enterría).
>     -----Mensaje original-----
>     De: derechoadministrativo@...
[mailto:derechoadministrativo@...]En nombre de Ivan
Budassi
>     Enviado el: Martes, 25 de Abril de 2006 09:40 a.m.
>     Para: derechoadministrativo@...
>     Asunto: [derechoadministrativo] DNU. / Cómo hacer para que el
PL cumpla con la CN?
>
>
>     Estimados contertulios:
>
>
>
>       Ante tanto jurista notable, uno se siente intimidado y
cuesta opinar.
>
>       A pesar de ello haré dos pequeños comentarios en torno al
tema de los DNU y la pregunta inicial de Beltrán:
>
>
>
>     ·                   Un informe reciente de Poder Ciudadano del
que recomiendo su íntegra lectura (http://www.poderciudadano.org/?
do=news&id=86 ) da cuenta que durante los primeros dos años de
mandato del Presidente Kirchner se emitieron una cantidad record de
DNU: 67 en el primero, 73 en el segundo. El anterior pertenecía a
Menem (64).
>
>     Asimismo recurrió a los DNU en 140 oportunidades, y sólo
promovió proyectos de ley en 101 casos.
>
>     Es decir que no sólo no se los emplea para los casos de
extrema urgencia que prevé la Constitución Nacional, ni para evitar
problemas en un Congreso al que se puede considerar hostil. Según
Poder Ciudadano "La particularidad del caso argentino es que los
presidentes recurren al gobierno por decreto no como respuesta a la
debilidad de su partido/coalición en el Parlamento, sino amparados
por una mayoría afín que les garantiza que el Congreso no controlará
los decretos. Esas mismas mayorías afines al presidente de turno son
las que recurrentemente desde 1994 han obstaculizado la creación de
la Comisión Bicameral de control de las facultades legislativas del
Poder Ejecutivo." (el Congreso bajo la Lupa, 2005, pag. 85).
>
>
>
>
>
>     ·                    Con respecto a la acción judicial para
impulsar la creación de la Comisión Bicameral, me permito llamar la
atención sobre un fallo de la Suprema Corte de la Provincia de
Buenos Aires.
>
>     Ante la falta de implementación del fuero contencioso, que
según la manda constitucional debía comenzar a funcionar en 1997, el
Colegio de Abogados provincial, más como un acto de fe que con una
esperanza concreta de éxito, promovió un amparo para lograr su
instauración. Luego de múltiples avatares procesales y demoras de
estilo, y para sorpresa de todos, la Corten impuso a los otros
poderes un cronograma para la instauración del fuero, designación de
jueces, etc.. El caso es la causa B 64.474 "COLEGIO DE ABOGADOS DE
LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/AMPARO"
(19/3/2003), y puede consultarse en
http://www.scba.gov.ar/home.asp , base JUBA. Paso al pie la parte
dispositiva, y recomiendo la lectura del voto del Dr. Soria.
>
>     Si bien es dable presumir lo dificultoso que hubiera resultado
la ejecución de sentencia en caso haber sido necesario, es de
destacar la audacia de la decisión y su ayuda para que a fines de
2003 el fuero contencioso administrativo finalmente comenzara a
funcionar.
>
>       Cordiales saludos
>
>
>
>                                        Iván Budassi
>
>                                       Iván Fernando Budassi
>                                       Estudio Sahores Budassi
>                                       Rondeau 472
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#57 De: "agustin@..." <agustin@...>
Fecha: Mar, 25 de Abr, 2006 3:41 pm
Asunto: Re: Aunque la mona si vista de seda....
agustin.gsanz
Sin conexión Sin conexión
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Estimados todos,

Creo que resulta sumamente importante el análisis propuesto. Por los datos
aportados, todo hace prever que seguiremos presenciando la publicación de
DNUs, razón de más para analizar las posibles vías de acción.

Con todo, comparto la preocupación señalada en torno de los contornos que
debe reconocer el Poder Judicial en materias como la abordada en el
Fallo "Colegio de Abogados". Aunque, en mi caso, la preocupación no pasa
porque entienda que el Poder Judicial estaría entrometiéndose en "áreas de
reserva" del Poder Ejecutivo o del Legislativo. Creo que, en ese sentido, el
fallo no hizo más que exigir lo que correspondía: el cumplimiento de la
Constitución y las leyes.

Pero me pregunto si el principal problema no radica, en cambio, en la
ineficacia de la eventual condena. Es decir, no creo posible -por fuera del
limitado efecto que puedan tener las astreintes o una denuncia por
incumplimiento de los deberes de funcionario público- que un fallo de Corte
pueda lograr efectivamente que un Presidente elija a alguien en el tiempo que
la Corte crea razonable para ocupar un cargo, o que se dicte una ley en los
tiempos establecidos en la Constitución (tal el caso de las leyes exigidas
por la Reforma del 94 o el establecimiento del juicio por jurados todavía
pendiente).

Entiendo que es desesperante vivir en un país que emite normas -incluso las
fundamentales- que están destinadas al fracaso (así ocurre a mi criterio con
la coparticipación), o que emite aquellas otras que, siendo razonables,
chocan con la voluntad inconmovible de preservar los espacios de privilegio
exentos de control de los restantes poderes. Lo vemos con las leyes no
dictadas en contra de la manda constitucional pero también con el impuesto a
las Ganancias que no se aplica a los jueces.

Pero me pregunto si no sería tal vez un error sumado a otro el suponer que
los jueces pueden lograr en última instancia poner en movimiento mecanismos
que requieren una manifestación positiva de los demás poderes, en aquello que
les resulta de incumbencia propia (nombrar un juez concreto, crear una
comisión de determinadas características, etc.). Es que, en tal caso, podría
enfrentarse el Poder Judicial a la disyuntiva entre decir lo que es correcto,
aun a riesgo de quedar desautorizados por la inacción; o fallar con
suficientes pliegues como para que no se desate el conflicto entre poderes.
Es lo mismo que le ocurrió a Marshall al redactar "Marbury v. Madison", como
bien señalan Gelli y cia. en "Constitución y Poder Político".

En definitiva, creo que dependemos de los hombres y no tanto de los sistemas.
Hemos demostrado que podemos hacer fracasar prácticamente cualquier sistema y
que estamos dispuestos a incumplir hasta la Constitución y los Tratados
internacionales. ¿Por qué nos detendríamos ante un fallo? Creo que
necesitamos mejores legisladores, mejores presidentes y mejores jueces pero,
fundamentalmente, mejores ciudadanos. Mientras tanto, entiendo -con pesimismo-
que se podrán lograr pequeñas victorias que no alcanzarán a satisfacer la
necesidad de un rumbo institucional más sólido.

Saludos cordiales,

Agustín A. M. García Sanz
agustin@...

---------- Original Message -----------
From: Beltrán Gambier <bgambier@...>
To: derechoadministrativo@...
Sent: Tue, 25 Apr 2006 14:16:22 -0000
Subject: [derechoadministrativo] Aunque la mona si vista de seda....

> El sábado estaba en mi despacho con ganas de escribir y envié un e
>  mail con el mismo título utilizado ahora. No sé si apreté mal una
>  tecla o fui víctima de la censura, pero mi mensaje no apareció.
>  Lo reescribo ahora sin la gracia (si es que la tuvo) del primer
>  intento.
>  Comentaba que el decano del Colegio de Arquitectos de Madrid,
>  Ricardo Aroca, se quejó públicamente, hace unos días, sobre la
>  elección a dedo del arquitecto británico Norman Foster para el
>  diseño de la Ciudad Judicial de la Comunidad de Madrid en la que se
>  construirán los distintos edificios de esta jurisdicción. Si bien
> es  cierto que Foster tendrá que seguir las ideas de arquitectos
> locales
>  (que ganaron el respectivo concurso internacional de ideas), Aroca
> se queja del argumento dado por los funcionarios: que la corporación
>  que gestiona este tema se rige por el derecho privado y es ajena a
> ciertas pautas legales que rigen para toda la Administración. Añade
> finalmente el decano: el 100 % de las acciones de esa corporación
> pertenencen a la Comunidad de Madrid.  Nos suena esto, ¿no? Decía,
> también, que espero ansioso leer los fundamentos de la medida
> cautelar que el Tribunal Supremo acaba de dictar paralizando la
> controvertida OPA de Gas Natural sobre Endesa. Cordiales saludos,
>  Beltrán Gambier
>
>
>
>
>
>
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